La textil catalana Dogi International traslada su domicilio social a Madrid
El Consejo de Administración de la textil catalana Dogi International Fabrics ha acordado este jueves en una reunión extraordinaria iniciar los trámites necesarios para trasladar su domicilio social a Madrid.
La empresa textil catalana pretende con esta medida «optimizar sus operaciones y la relación con sus inversores», según ha comunicado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).
De esta forma, la cotizada, con domicilio social actualmente en El Masnou (Barcelona), se adelanta de este modo a la celebración del pleno del Parlament de Cataluña del próximo lunes (cuya convocatoria ha sido suspendida por el Tribunal Constitucional) en el que se podría aprobar la declaración unilateral de independencia de la región tras la celebración del referéndum ilegal.
La empresa catalana presidida por Eduardo Navarro fue fundada en 1954 por la familia Domènech y tiene su principal fábrica en la localidad barcelonesa de El Masnou, donde emplea a 163 personas. Además, cuenta con otra en la ciudad de Greensboro, en Carolina del Norte (Estados Unidos) con 169 empleados, según se informa en la web corporativa.
Dogi se une así al Banco Sabadell, que ha anunciado este jueves el traslado de su sede a Alicante con el objetivo de proteger a la clientela y en garantizar la seguridad jurídica que proporciona el marco regulatorio del Banco Central Europeo (BCE).
Asimismo, CaixaBank ha convocado este viernes un consejo de administración para analizar también el posible traslado de su sede social fuera de Cataluña ante el clima de tensión generado.
Precisamente, el Gobierno estudia aprobar este viernes un decreto ley para facilitar que las empresas que quieran trasladar su domicilio social puedan realizarlo sin necesidad de que la decisión requiera la aprobación de la junta general de accionistas de la compañía, según informaron a Europa Press en fuentes conocedoras de la norma.
En concreto, la medida supondría una modificación de la disposición de la Ley de Sociedades de Capital, aprobada en 2015, que establece que «el órgano de administración será competente para cambiar el domicilio social dentro del territorio nacional», salvo disposición contraria de los estatutos.
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