La condición del SEPE que nadie tiene en cuenta y que puede salir muy cara si cobras este subsidio
El SEPE puede suspender y proceder a la extinción de un subsidio de desempleo si no se cumplen con la condiciones
El Servicio Público de Empleo Estatal cubre a alrededor de dos millones de las 2,4 millones de personas que se encuentran en situación de desempleo en España. Para poder ser beneficiario de una de las ayudas que ofrece el SEPE, hay que cumplir una serie de condiciones y obligaciones, ya que, en caso contrario, desde la Administración se guardan el derecho a proceder a la suspensión e incluso extinción del subsidio. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre los casos en los que el SEPE puede extinguir un subsidio.
El SEPE cubre a la mayoría de los 2,4 millones de españoles con un gran número de ayudas. La principal es la prestación por desempleo, pero también hay otras como el subsidio de agotamiento de la prestación contributiva, el subsidio de cotizaciones insuficientes, el subsidio de personas emigrantes retornadas, una ayuda que se ofrece a las víctimas de violencia sexual o el famoso subsidio para mayores de 52 años que entrega 480 euros al mes a las personas que están cerca de la jubilación.
Las personas que están fuera del mercado laboral y que cumplan con los requisitos para ser beneficiarias de estos subsidios tienen que cumplir con unas obligaciones. El SEPE se guarda el derecho a proceder a la suspensión o incluso extinción del subsidio cumpliendo con lo establecido en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. Esta norma ha ido sufriendo modificaciones en los últimos años y el último cambio tiene que ver con la regla de los tres avisos.
El SEPE y la suspensión de un subsidio
La regla de los tres avisos del SEPE comienza con una primera infracción de la pérdida de tres meses del subsidio, sigue con medio año sin ayuda en caso de haber una segunda infracción y la tercera falta supondrá definitivamente la pérdida del subsidio. A través de sus canales oficiales, el SEPE informa que los casos en los que puede proceder a la primera suspensión de una de las ayudas que ofrece a los desempleados españoles.
«Cuando incumplas la obligación de presentar, en los plazos establecidos, los documentos que te sean requeridos por el SEPE, siempre que los mismos puedan afectar a la conservación de tu derecho a las prestaciones», avisa sobre las situaciones en las que suspenderá un subsidio en caso de no presentar la documentación que se requiera.
Otro de los motivos de suspensión tiene que ver con el famoso acuerdo de actividad, que se tiene que cumplir por imperativo del SEPE. «Durante los periodos en los que, de acuerdo con la comunicación del Servicio Público de Empleo competente, incumplas o suspendas el acuerdo de actividad», dice.
El acuerdo de actividad lo define como «el pacto o acuerdo escrito entre los servicios públicos de empleo y la persona trabajadora que demanda esos servicios, en el que se establecen los derechos y obligaciones de ambas partes para incrementar la empleabilidad de esta última, teniendo en cuenta, en su caso, las necesidades de los colectivos prioritarios».
«Los incumplimientos del acuerdo de actividad serán valorados por el respectivo Servicio Público de Empleo que, en su caso, iniciará procedimiento sancionador, correspondiendo al Servicio Público de Empleo Estatal la ejecución de las resoluciones sancionadoras comunicadas a la persona trabajadora», informa.
Extinción de un subsidio del SEPE
El SEPE también puede proceder a la extinción de un subsidio de forma definitiva en el caso de que los beneficiarios no cumplan con ciertas obligaciones. Por ejemplo, retirará la ayuda en caso de «traslado de residencia o estancia en el extranjero, salvo en los supuestos que sean causa de suspensión».
El SEPE también retirará el subsidio cuando se realice un «trabajo por cuenta ajena de duración igual o superior a doce meses, sin perjuicio del derecho de opción». Desde la Administración también informan a través de sus canales oficiales que se extinguirá el subsidio por la «imposición de sanción de extinción por reincidencia en infracciones leves o graves, o por la comisión de una infracción grave o muy grave de las sancionadas con la extinción del derecho.
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