La Ley de Amnistía absuelve a los agitadores del 1-O pero no ampara a 4 policías que usaron bolas de goma
La Audiencia Provincial procesa a los policías acusados pero amnistía al agitador que perdió un ojo
La aplicación de la Ley de Amnistía ha generado una situación paradójica en uno de los casos más sonados del 1-O: mientras absuelve a manifestantes que participaron en actos de protesta durante el referéndum ilegal, deja sin protección a cuatro agentes de la Policía Nacional que intervinieron para impedirlo.
Tal como refleja una resolución judicial consultada por OKDIARIO, la Audiencia Provincial de Barcelona ha dictado un auto que aplica parcialmente la controvertida norma, estableciendo una clara diferencia entre las actuaciones de los manifestantes y las de los policías cuando estas derivaron en lesiones graves.
La decisión judicial ordena el sobreseimiento libre de la causa contra Roger Español, el manifestante que perdió un ojo tras recibir el impacto de una pelota de goma y que estaba procesado por un delito de atentado a la autoridad.
Según consta en los documentos judiciales, Español habría participado activamente en las protestas, llegando incluso a lanzar vallas metálicas contra la línea policial momentos antes de resultar herido.
Sin embargo, el mismo tribunal ha decidido continuar el procedimiento contra cuatro agentes del Cuerpo Nacional de Policía por las lesiones causadas a Español. La Audiencia considera que estos hechos están excluidos de la aplicación de la amnistía por tratarse de «actos dolosos contra las personas que hubieran producido un resultado de pérdida o inutilidad de un órgano o sentido».
Consultado Antonio Suárez Valdés, abogado de los agentes absueltos, muestra su satisfacción por la absolución de sus patrocinados y la preocupación por la apertura del juicio oral con respecto al resto de los policías. Considera que la Ley de Amnistía está hecha a medida de los independentistas y en contra los policías.
Esta decisión judicial contradice frontalmente la posición de la Fiscalía Provincial de Barcelona, que había solicitado en enero la aplicación de la amnistía para todos los implicados. El Ministerio Público argumentaba que el disparo que causó la lesión «representaría, a lo sumo, una acción atribuible a título de imprudencia» y no un acto doloso, respaldándose en informes periciales que constataban que el disparo fue dirigido al suelo y no directamente contra el manifestante.
«No cabe más que estimar que la amnistía no sólo beneficia a todos aquéllos que participaron en el proceso independentista a su favor sino también a aquéllos que intentaron impedir la continuación del proceso en el marco de actuaciones policiales», señala el auto judicial, que sin embargo establece un límite claro cuando se producen lesiones graves.
Fuentes judiciales lamentan que «es la materialización de la tradición de Pedro Sánchez a la Policía y la Guardia Civil que ha servido de moneda de cambio con los independentistas». «Los golpistas todos a la calle libres y los policías a juicio y a afrontar indemnizaciones millonarias por cumplir con su trabajo», afean al Ejecutivo de PSOE y Sumar.
La defensa de los agentes insisten en que existen pruebas periciales que demuestran que el disparo se efectuó contra el suelo, con las dos ventanas de reducción de potencia abiertas, y que el impacto en el ojo de Español fue resultado de un rebote accidental y no de una acción intencionada.
El caso se centra en los hechos ocurridos en la calle Sardeña de Barcelona durante el repliegue de las fuerzas policiales que habían intervenido en el CEIP Ramon Llull para impedir el referéndum independentista. Según la investigación, el agente disparó desde una distancia de aproximadamente 14 metros en un contexto en el que centenares de manifestantes bloqueaban el paso de los vehículos policiales.
La resolución sí ha amparado a otros tres agentes únicamente por los delitos relacionados con el uso de defensas policiales durante la intervención, al considerar que estos hechos no superan «el umbral mínimo de gravedad» exigido por la ley para ser excluidos de la amnistía.
Roger Español, convertido por los independentistas en símbolo de la supuesta represión policial del 1-O. Ahora disfruta de la aplicación de la Ley de Amnistía para sus cargos pero no para los policías que trataron de frenarle.
Los juristas consultados coinciden en que la clave reside en determinar si las actuaciones policiales fueron proporcionadas y, sobre todo, si existió o no intencionalidad en las lesiones causadas. La Ley de Amnistía está recurrida en el Tribunal Constitucional y en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que podrían considerarla ilegal en los próximos meses.
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