Podemos quiere que los altos cargos cobren 3 años más del Estado tras su destitución
El partido de Pablo Iglesias propone ampliar a 5 años el plazo en el cual rige el régimen de incompatibilidades de los altos cargos para incorporarse a la actividad privada.
Podemos propone que los altos cargos del Gobierno y la administración cobren tres años más de indemnización tras su cese. La normativa actual sitúa este periodo en dos años, tiempo durante el cual rige el régimen de incompatibilidades para incorporarse a la actividad privada.
Así consta en una de las últimas propuestas registradas por el partido de Pablo Iglesias en el Congreso, y cuya tramitación quedó interrumpida tras la disolución anticipada de las Cortes.
Se trata de la Proposición de Ley ‘de prevención de los intereses privados en el sector público, de protección del Estado frente a la corrupción y contra las puertas giratorias’. Una iniciativa en la que la formación detalla sus medidas para, entre otros, vigilar la corrupción en el sistema público y que modifica la ley del Alto Cargo, de 2015.
En concreto, el artículo 6 de la normativa actual regula la «compensación tras el cese» de los altos cargos, estableciendo que «quienes, de acuerdo con la normativa que sea de aplicación, tengan reconocido tal derecho, percibirán una compensación económica mensual, durante un período máximo de dos años».
Podrán recibir dicha prestación los miembros del Gobierno, secretarios de Estado, Fiscal General del Estado, organismos reguladores, así como el jefe y secretario general de la Casa del Rey y la pensión es incompatible con cualquier tipo de remuneración pública o privada. En cuantía, equivale al 80 por ciento de la retribución anual que recibían cuando ocupaban sus cargos.
Plazo de incompatibilidades
La formación morada propone ampliar el plazo de incompatibilidades hasta los cinco años, lo que lleva aparejado que la indemnización se prolongue en ese tiempo. Es decir, tres años más que los actuales.
Podemos precisa también, en la modificación de dicho artículo, que «quienes ostenten la condición de alto cargo cesarán por varios motivos: expiración del período de nombramiento, a petición propia o por separación acordada por el Consejo de Ministros, previa incoación del correspondiente procedimiento por la Entidad de Protección del Estado frente a la Corrupción», un nuevo organismo supervisor que, en su plan, controlará las prácticas ilícitas en el sector público. También, cuando se declare «incapacidad permanente para el ejercicio de su función, incompatibilidad sobrevenida o condena por delito doloso».
El partido modifica asimismo el artículo 15 de la Ley vigente, relativo a las ‘limitaciones al ejercicio de actividades privadas con posterioridad al cese’. Así, el punto 1 de la normativa actual determina que «los altos cargos, durante los dos años siguientes a la fecha de su cese, no podrán prestar servicios en entidades privadas que hayan resultado afectadas por decisiones en las que hayan participado. La prohibición se extiende tanto a las entidades privadas afectadas como a las que pertenezcan al mismo grupo societario».
Podemos propone el siguiente redactado: «Los altos cargos, durante los cinco años siguientes a la fecha de su cese, no podrán prestar servicios, ni directamente ni a través de terceros, para entidades privadas que hayan resultado afectadas por decisiones en las que hayan participado o en cualquier entidad que opere o participen en el mercado de valores».
Además, según la propuesta de Iglesias, los altos cargos «no podrán volver a ocupar dichos puestos», igualmente por un periodo de cinco años, «si las empresas privadas a las que pretenden reincorporarse realizan actividades en el mercado de valores».
No incurrirán en incompatibilidad, como ahora, si la actividad que van a desempeñar en dichas empresas «lo son en puestos de trabajo que no estén directamente relacionados con las competencias del cargo público ocupado ni puedan adoptar decisiones que afectan a éste».
La iniciativa podemita obliga a los altos cargos a informar a la Entidad de Protección del Estado frente a la Corrupción, su nuevo supervisor estatal, durante cinco años, de las actividades que vayan a realizar. En la actualidad, deben hacerlo también, pero durante dos años y ante la Oficina de conflictos de Intereses, donde deben presentar una declaración de actividades con carácter previo a su inicio.
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