La Francisco de Vitoria votará si impugna a Marchena tras el recurso fallido contra Lesmes en 2014
El Tribunal Supremo desestimó en abril de 2014 un recurso presentado por la Asociación Judicial Francisco de Vitoria AJFV contra el nombramiento del presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Lesmes, y de los vocales de procedencia judicial del órgano de gobierno de los jueces. Este miércoles dicha asociación decidirá si impugna el reciente nombramiento de su sustituto al frente del Poder Judicial, Manuel Marchena, por los mismos motivos.
La asociación presentó el citado recurso contra Lesmes para que el Alto Tribunal se pronunciara sobre la supuesta «ilegitimidad de tales nombramientos» y la «inconstitucionalidad» del procedimiento de elección de los vocales establecido en la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Finalmente, el recurso fue resuelto el 16 de diciembre de 2014 por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo, a la que pertenecía precisamente Lesmes hasta su nombramiento, desestimando las pretensiones de la Asociación Judicial Francisco de Vitoria. Así lo decidieron los magistrados José Manuel Sieira Míguez (presidente), Jorge Rodríguez Zapata Pérez, Rafael Fernández Montalvo, Segundo Menéndez Pérez, Octavio Juan Herrero Pina y Pedro José Yagüe Gil (ponente).
A pesar de dicha resolución, la asociación, que celebra a partir de hoy su XXXIII Asamblea General, llevará a votación la presentación de un recurso contra el «polémico nombramiento» del magistrado del Tribunal Supremo Manuel Marchena como presidente del CGPJ y del Alto Tribunal.
Según ha informado la asociación en un comunicado, se aprovechará también para «de forma urgente» someter a votación si recurrir el «polémico nombramiento del nuevo presidente del Consejo General del Poder Judicial, Manuel Marchena, por considerar que la forma en que se ha llevado a cabo incumple el artículo 586 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ)».
Este lunes se daba a conocer el pacto alcanzado por el PP y el PSOE para proponer al todavía presidente de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, que hasta el momento encabezaba el tribunal encargado de juzgar a los líderes independentistas procesados por los delitos de rebelión, malversación de caudales públicos y desobediencia, como máximo representante del Poder Judicial.
Tras conocerse esta filtración, desde la AJFV se afirmaba que este acuerdo era «un procedimiento ilegal» porque en la Ley Orgánica del Poder Judicial se establecía que son los vocales quienes designan al presidente. La asociación votará para decidir si vuelve a impugnar el nombramiento de Marchena, a pesar de que el Supremo ya desestimó la impugnación de Lesmes por los mismos motivos.
La Ley orgánica del Poder Judicial
El artículo 586 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) establece que para ser elegido Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, «será necesario ser miembro de la carrera judicial con la categoría de Magistrado del Tribunal Supremo y reunir las condiciones exigidas para ser Presidente de Sala del mismo, o bien ser un jurista de reconocida competencia con más de veinticinco años de antigüedad en el ejercicio de su profesión».
«En la sesión constitutiva del Consejo General del Poder Judicial, que será presidida por el vocal de más edad», añade, «deberán presentarse y hacerse públicas las diferentes candidaturas, sin que cada Vocal pueda proponer más de un nombre».
«La elección tendrá lugar en una sesión a celebrar entre tres y siete días más tarde, siendo elegido quien en votación nominal obtenga el apoyo de la mayoría de tres quintos de los miembros del Pleno; y, si en una primera votación ninguno de los candidatos resultare elegido, se procederá inmediatamente a una segunda votación exclusivamente entre los dos candidatos más votados en aquélla, resultando elegido quien obtenga mayor número de votos» apunta el citado artículo.
Además, el Presidente del Tribunal Supremo «será nombrado por el Rey mediante Real Decreto refrendado por el Presidente del Gobierno y prestará juramento o promesa ante el Rey y tomará posesión de su cargo ante el Pleno de dicho Alto Tribunal».
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