Tu boda en el punto de mira de Hacienda: el aviso para los recién casados que lo puede arruinar todo
Lo que debemos tener en cuenta frente a Hacienda, con respecto a los regalos de boda
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Un momento de ilusión y alegría puede verse afectado por la preocupación, en este caso fiscal. En los últimos años, la emoción por casarse, puede venir acompañada de un precio cada vez más alto. En 2025, organizar una boda puede costar tanto como dar la entrada para un piso, con un gasto medio que roza los 25.000 euros. Y aunque muchas parejas se las apañan con los regalos que reciben o tiran de ahorros, lo que quizá no saben es que esa generosidad de familiares y amigos puede tener consecuencias fiscales inesperadas. Toma nota, porque este es el aviso de Hacienda hacia los recién casados.
Aunque parezca exagerado, las bodas han empezado a estar bajo el radar de la Agencia Tributaria. ¿El motivo? Que todos esos regalos, especialmente los que se dan en forma de dinero, se consideran legalmente una donación. Y como tal, deben declararse. No hacerlo puede acarrear multas que, en un momento tan delicado como el inicio de una vida en común, podrían ser una carga innecesaria. Por eso, más allá de elegir el menú perfecto o encontrar el vestido ideal, los novios deben tener en cuenta este detalle que, aunque nada romántico, puede evitarles muchos problemas, si tenemos en cuenta que implica el cumplir con las obligaciones fiscales. Veamos qué implica para los recién casados, esta norma de Hacienda, cómo debemos actuar y dónde están los límites.
Tu boda en el punto de mira de Hacienda: el aviso para los recién casados
Organizar una boda hoy en día es un proyecto que requiere planificación, recursos y, sobre todo, dinero. Entre el banquete, el traje del novio, el vestido de la novia, el maquillaje, el fotógrafo, la decoración y otros detalles, casarse cuesta en España una media de 24.618 euros. Esto se traduce en unos 212 euros por invitado, según los últimos datos recogidos por portales especializados. Para afrontar este gasto, muchas parejas recurren a los regalos monetarios que reciben durante el evento: cerca de la mitad lo hace así, mientras que otras optan por echar mano de sus ahorros o incluso pedir un préstamo.
Sin embargo, lo que muchos desconocen es que esos regalos no son simplemente una ayuda entre seres queridos. Desde el punto de vista fiscal, se trata de una donación, y por tanto, están sujetos al Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Esto incluye tanto el dinero en metálico como cualquier otro tipo de obsequio (un reloj de lujo, una vajilla o incluso unas vacaciones pagadas). Y es aquí donde entra en juego la vigilancia de Hacienda hacia los recién casados y lo que reciben, especialmente cuando las cifras no son menores.
Regalos en metálico o transferencias: ¿cómo detecta Hacienda estas operaciones?
Hoy en día es muy habitual que los novios faciliten una cuenta bancaria para que los invitados puedan hacer una transferencia directa como regalo de bodas. Esta práctica, cómoda y moderna, también facilita que Hacienda pueda rastrear fácilmente los ingresos. La Agencia Tributaria trabaja de manera conjunta con los bancos, que están obligados a informar sobre ciertos movimientos: ingresos en efectivo superiores a 1.000 euros, transferencias por encima de 3.000 euros o ingresos que se hagan con billetes de 500.
Esto significa que si un invitado entrega un sobre con dinero que después se ingresa en el banco, o si hace una transferencia generosa, podría activar las alarmas. Aunque muchas veces los regalos no alcanzan esos límites, no se trata tanto del importe puntual como del rastro que dejan las operaciones. En resumen: si los novios reciben un conjunto de ingresos que, en total, superan ciertas cifras, y no hay una justificación clara de su origen, podrían verse obligados a explicarlo o a tributar por ello.
Qué hacer para evitar problemas: declarar los regalos correctamente
La solución, por extraño que parezca, es bastante sencilla: declarar los regalos de boda como lo que son, una donación. Para ello, es necesario presentar el modelo 651 en la delegación de Hacienda correspondiente. Este documento debe incluir tanto el valor del regalo como la relación entre el donante (la persona que regala) y el donatario (el receptor). En función del parentesco y la comunidad autónoma en la que se celebre la boda, es posible beneficiarse de reducciones importantes o incluso de exenciones completas del impuesto.
Además, el plazo para presentar esta autoliquidación es de seis meses desde la recepción del regalo. Esto aplica tanto a transferencias como a dinero en efectivo o a bienes materiales. Y es importante saber que declarar no implica necesariamente tener que pagar grandes cantidades, ya que las leyes autonómicas pueden jugar a favor del contribuyente. Sin embargo, no hacerlo sí puede salir caro, no sólo por la sanción económica, sino también por el estrés y los problemas que puede acarrear una inspección fiscal.
Las consecuencias por no declarar los regalos de boda
No declarar adecuadamente los regalos de boda puede suponer sanciones que van desde un 50% hasta un 150% del importe no declarado. Si la cantidad no declarada es inferior a 3.000 euros, la multa será del 50%. Pero si supera esa cifra o si se detecta que ha habido algún intento de ocultación o fraude, las consecuencias son más graves. En los casos más extremos, la sanción puede alcanzar hasta el 150% de la cantidad original.
Esto incluye también los regalos en especie, es decir, aquellos que no son dinero, pero tienen un valor económico. Un electrodoméstico, una obra de arte o incluso un coche deben valorarse y, si superan los límites establecidos por la ley, también tributar. Además, influye el régimen económico del matrimonio: si es gananciales o separación de bienes, y también si quien hace el regalo es un familiar directo o no. Todos estos factores determinan cuánto se debe pagar o si se puede evitar hacerlo.
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