Hacienda podrá recaudar hasta el 15% de los beneficios en el extranjero de empresas españolas
Hacienda podrá recaudar parte de los beneficios extranjeros de las empresas españolas que operen en países con un impuesto de sociedades menor al 15% hasta alcanzar ese porcentaje. Así lo ha anunciado este martes la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, tras el Consejo de Ministros celebrado esta mañana. Así, la Agencia Tributaria tendrá la capacidad de obligar a las filiales de las compañías que operen en España a que aporten las ganancias que no han tributado en otros países.
En concreto, el Consejo de Ministros ha aprobado este martes el proyecto de Ley que transpone al marco legal nacional la directiva europea relativa a garantizar un nivel mínimo global de imposición del 15% en el impuesto sobre sociedades para los grupos de empresas multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud, con una cifra de negocios superior a los 750 millones de euros.
La ministra de Hacienda ha explicado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que esta directiva pretende evitar que las empresas desplacen beneficios a territorios de baja o nula tributación, «provocando con ello un perjuicio en los ingresos de los Estados miembro y una situación en espiral».
El objetivo de este proyecto es adaptar al marco legal español los acuerdos de fiscalidad internacional alcanzados en los foros e instituciones globales como el G20, la OCDE o la UE, para luchar contra la planificación fiscal agresiva de las multinacionales.
Hacienda absorberá los beneficios
«De lo que se trata es avanzar hacia un orden fiscal internacional más justo, a ser posible, armonizado, basado en la idea que quien más gana más debe contribuir al conjunto de la sociedad», ha subrayado la vicepresidenta primera.
Con la aprobación en el Consejo de Ministros, el texto va a iniciar su trámite parlamentario, donde la ministra espera que pueda cosechar un amplio respaldo «de todos aquellos que defienden un sistema fiscal más justo».
«Es un día, por tanto, para felicitarnos los que creemos, sobre todo en la justicia fiscal como base para el desarrollo de la justicia social y el Estado del bienestar», ha recalcado.
Según ha detallado Montero, la directiva prevé la creación de un impuesto complementario que puede adoptar tres configuraciones, siendo todas compatibles entre sí.
En primer lugar, se puede establecer un impuesto complementario nacional, que tiene como finalidad que ese 15% sea el tipo efectivo. No obstante, la ministra ha aclarado que el hecho de que España ya cuente con un tipo mínimo del 15% sobre base imponible hace «más improbable» que se aplique este mínimo de la directiva, que solo se establecería en caso de que ese porcentaje del resultado contable ajustado tenga una diferencia con el que plantea ya la legislación española.
Otra forma del tributo es el impuesto complementario primario, en donde se aplica cuando la matriz de un grupo multinacional se sitúa en España y obtenga renta de filiales situadas en el extranjero, que apliquen un tipo inferior al 15%. Y, por último, el impuesto complementario secundario, que actúa «como un sistema de cierre».
Después del periodo transitorio, Montero ha asegurado que se hará una evolución cómo se han comportado ambas figuras fiscales: la nacional ya aprobada -que se aplica sobre la base imponible- y el de la normativa europea -que se aplica a resultado contable ajustado-.
«¿Qué diferencia hay entre ambas cuestiones? Lo veremos con el transcurso de la puesta en marcha de este impuesto. Por eso, ambos están en vigor, ambos son complementarios», ha señalado Montero.
Pese a que el Gobierno aprobara en diciembre en primera vuelta el anteproyecto de Ley para trasponer la directiva europea, Bruselas abrió en el mes de enero un expediente de infracción a España por no poner en marcha las medidas necesarias para adaptar el nuevo tipo mínimo global.
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