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Economía
Derechos laborales

En 1980 el Estatuto de los Trabajadores fijó en 45 días la indemnización por despido improcedente: 46 años después pocos empleados saben que siguen teniendo derecho a ella

  • Manuel Morera
  • Periodista y fundador del pódcast V9, el programa de F1 más escuchado de España. Universidad de Valencia y Radio 3. Anteriormente en ElDesmarque, Levante TV y Las Provincias.

En España hay oficios, como el de panadero, durísimos, pero eso no es sinónimo de que no tengan derechos laborales. Por ejemplo, ¿sabes cómo cobrar el máximo en caso de que te despidan? Si contrato es anterior al 12 de febrero de 2012 estás de enhorabuena.

Este es el único supuesto donde se mantiene, con carácter general, el cálculo de 45 días de salario por año de servicio: la reforma laboral no borró ese periodo.

De hecho, lcifra figuraba ya en el artículo 56.1.a del Estatuto de los Trabajadores de 1980. Aquella norma establecía una indemnización de «cuarenta y cinco días de salario por año de servicio», con un máximo de 42 mensualidades, cuando correspondía indemnizar por un despido improcedente.

Qué trabajadores conservan el cálculo de 45 días en caso de despido, según el Estatuto de los Trabajadores

La respuesta está en la disposición transitoria undécima del Estatuto de los Trabajadores vigente, cuyo apartado segundo regula los contratos formalizados antes del 12 de febrero de 2012.

Para ellos establece dos tramos: 45 días de salario por año de servicio anterior a esa fecha y 33 días por el posterior. Los periodos inferiores al año se prorratean por meses.

Con un ejemplo lo vas a entender mucho mejor. Supongamos que una persona acumula exactamente tres años de servicio antes de la reforma y catorce después. El primer tramo suma 135 días de salario; el segundo, 462. El resultado son 597 días de salario, antes de comprobar los límites aplicables.

Calcular esos mismos diecisiete años exclusivamente a 33 días daría 561 días de salario. En este supuesto, olvidar el tramo anterior a la reforma recortaría la indemnización en 36 días de salario.

Cuál es el límite de días que te pueden indemnizar si te despiden de tu empleo

La misma disposición fija un máximo general de 720 días de salario para el resultado del cálculo combinado. Pero introduce una excepción decisiva para quienes ya acumulaban mucha antigüedad en febrero de 2012.

Recuerda que si el tramo anterior supera por sí solo esos 720 días, esa cifra superior pasa a ser el límite, sin rebasar nunca las 42 mensualidades.

Por ejemplo, veinte años completos anteriores a la reforma generarían 900 días de salario. En ese supuesto, el límite sería de 900 días. El tiempo trabajado después no permitiría seguir aumentando la indemnización hasta alcanzar las 42 mensualidades.

Por eso no te basta con conocer los años totales de antigüedad. También debes averiguar cuánto tiempo se había trabajado cuando cambió la norma.

Qué dice hoy el Estatuto de los Trabajadores sobre el despido improcedente

El artículo 56.1 del Estatuto vigente establece la regla general de 33 días de salario por año, hasta 24 mensualidades. Además, cuando el despido se declara improcedente, corresponde normalmente al empresario elegir entre readmitir o indemnizar.

Esto tiene una excepción: si se trata de un representante legal de los trabajadores o delegado sindical, la elección corresponde al trabajador.

Para revisar una indemnización de un contrato antiguo hay que leer ese artículo junto con la disposición transitoria undécima.

Y es que los antiguos contratos de fomento de la contratación indefinida mantienen sus reglas específicas para las extinciones por causas objetivas. Es decir, la fecha es fundamental, pero la modalidad contractual también debe comprobarse.