Una sentencia de la Audiencia Nacional ratifica que el recurso del Levante estaría dentro del plazo
El Levante se agarra a un precedente jurídico baloncestístico de la Audiencia Nacional entre la Asociación de Baloncestistas Profesionales (ABP) y el Comité Español de Disciplina Deportiva para seguir adelante con la denuncia contra el Barcelona pese a estar fuera de plazo marcado por el Reglamento de la RFEF
El Levante ya ha presentado la denuncia ante la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) por alineación indebida del Barcelona en el encuentro de ida de octavos de final de la Copa del Rey en el que introdujeron en el once a Chumi Brandariz, canterano de La Masía de 19 años que esa semana estaba sancionado por acumulación de tarjetas amarilla con el Barça B en Segunda B. Los levantinistas tienen un precedente de jurídico de peso para pensar en que su apelación salga adelante.
Lo aseguraba Quico Catalán antes del envite de vuelta en el Camp Nou que el Barcelona acabaría resolviendo con facilidad pero con un mar de incertidumbre (3-0). El Levante iría adelante con la denuncia pese a que se ampara en el artículo 56.3 del Código Disciplinario y éste estima que el plazo máximo de reclamaciones son de 48 horas, por tanto, fuera de tiempo. Pero existe un precedente baloncestístico, desvelado por besoccer.com, al que se agarra el club granota para ir adelante con la interpelación ante la RFEF.
Entre 2007 y 2008, se dio un precedente jurídico dictado por la Audiencia Nacional en el baloncesto. Existe una sentencia tras un procedimiento contencioso entre la Asociación de Baloncestistas Profesionales (ABP) y el Comité Español de Disciplina Deportiva en el que se denunció a equipos como Real Madrid, Estudiantes y Pamesa por alineación indebida, ya que no cumplían con el mínimo establecido de jugadores españoles por equipo.
«No significa ni se impide que superado ese plazo de 48 horas puedan efectuarse reclamaciones, denuncias o quejas derivadas de irregularidades de los encuentros celebrados que no se han recogido como incidencias en las actas de los encuentros como es la alineación indebida de jugadores en cuanto al número exigible de jugadores españoles y de jugadores extranjeros», falló en favor de la ABP la Audiencia Nacional que estableció que existe un plazo de hasta tres años para este tipo de denuncias.
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