'Viva la vida'

El Supremo condena a José Antonio Avilés a indemnizar con 30.000€ a Iker Casillas por airear unos audios en televisión

"No puede confundirse el interés público con el morbo o la curiosidad desmedida y carente de límites"

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Paula M. Gonzálvez

El Tribunal Supremo ha condenado a José Antonio Avilés por vulnerar la intimidad y el derecho al honor de Iker Casillas, al que tendrá que indemnizar con el pago de 30.000 euros. La Sala de lo Civil del Alto Tribunal considera que el tertuliano incurrió en un delito al airear unos audios privados que, supuestamente, el ex futbolista del Real Madrid habría intercambiado con una mujer en el marco de su separación de Sara Carbonero.

Los hechos a los que hace referencia la sentencia del Supremo se produjeron en marzo de 2021, durante la emisión del programa Viva la vida en Telecinco, ya extinto. Las grabaciones no se emitieron, pero Avilés hizo alusión a ellas dando a entender cuál era el contenido de las mismas, razón por la que el Alto Tribunal indica que «hay maneras de transmitir sin contar». Así, subraya que cualquier sugerencia o calificativo «puede ser tan dañino para la intimidad del demandante como la reproducción del contenido del audio».

De hecho, aunque la audiencia no pudo escuchar las grabaciones, los colaboradores sí que lo hicieron y las tildaron como «mensajes durísimos», «muy reveladores» y «comprometidos». Los magistrados, además, señalan que «el contenido de una comunicación privada remitida por el demandante a una tercera persona, en circunstancias como las del presente caso, carece de interés público», independientemente del interés que pueda suscitar «la separación matrimonial de un personaje público en el ámbito de la llamada prensa del corazón». En este sentido, aclaran que «no puede confundirse el interés público con el morbo o la curiosidad desmedida y carente de límites sobre la intimidad de los personajes públicos».

El juzgado de Primera Instancia de Pozuelo de Alarcón condenó al tertuliano, pero la Audiencia Provincial de Madrid anuló la sentencia, una decisión que Casillas recurrió, haciendo, así, que el caso escalara hasta el Supremo.

Ahora, el Alto Tribunal entiende que, tal y como se informó sobre la supuesta existencia de esos audios en Viva la vida, se estableció «una consideración negativa» sobre el ex futbolista, por insinuar sobre él «una conducta moralmente reprochable del demandante en relación con cuestiones que afectan a su intimidad y que no pueden ser objeto de debate público para el escarnio».

Por todo ello, el Supremo condena a José Antonio Avilés y a la productora de Viva la vida, Cuarzo, a indemnizar al demandante y obliga a la empresa a eliminar de su web cualquier material publicado en relación a este asunto.