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El alcalde de Carboneras (Almería), José Luis Amérigo (PSOE), y el concejal de Hacienda, Función Pública y Personal en el Ayuntamiento local, el también socialista Ramón Soto, han sido citados a declarar en calidad de investigados por presuntos delitos de prevaricación y malversación en las «retribuciones complementarias» al sueldo a funcionarios y personal laboral del Consistorio.
Las diligencias previas se incoaron tras la denuncia interpuesta por el portavoz municipal de Carboneras Avanza ante la posible existencia de presuntos delitos continuados de prevaricación y malversación de caudales públicos en la gestión por parte del equipo de gobierno socialista, con fondos locales derivados «sin control alguno» a sobresueldos.
Según mantiene la citada denuncia, concejal y alcalde, uno desde el año 2019 y otro desde el año 2020, habrían supuestamente dispuesto «en perjuicio» de las arcas municipales y «de manera fraudulenta» complementos de «productividad» en favor de los habilitados nacionales del ayuntamiento y «gratificaciones extraordinarias y horas extras» en favor «de determinado personal funcionarial y laboral» de la corporación.
La providencia del Juzgado del Instrucción 1 de Vera señala para el día 8 del mes próximo la comparecencia en sede judicial de ambos, según han confirmado a Europa Press fuentes judiciales. Media hora antes, a las 10:30 horas, ha sido citado el denunciante, Felipe Cayuela, quien ejerce como portavoz del grupo municipal Carboneras Avanza en la corporación local.
La juez acordó a mediados de diciembre aplazar la declaración como investigados de Amérigo y Soto ya que, el día en el que se debía producir la comparecencia, no se encontraba «disponible» para su uso la sala de vistas que dispone de sistema de grabación.
La denuncia
La denuncia que investiga el juzgado señala que estas cantidades económicas habrían supuesto «una ampliación continuada de las retribuciones económica mensuales carente de cobertura legal alguna» al estar «cuantificadas de manera no objetiva y prescindiendo del procedimiento legalmente establecido».
Asimismo, apunta que el abono era «propuesto» supuestamente por Ramón Soto mientras que la «ordenación correspondiente para el abono» la habría hecho Amérigo mediante resoluciones «dictadas -remarca- vulnerando claramente el procedimiento legalmente establecido para ello, sin pertinente cobertura jurídico-legal y sin control alguno».
Precisa, al hilo de esto, que las citadas resoluciones se habrían realizado, además, «sin especificar la retribución del especial rendimiento, la actividad extraordinaria o el interés e iniciativa» con que trabajador «concreto desempeña su trabajo».
Además, añade que se habrían dictado «sin realizar la apreciación de la productividad en función de circunstancias objetivas relacionadas directamente con el desempeño del puesto de trabajo y objetivos asignados al mismo» al tiempo que pone el foco de que «su liquidación» era «fija en su cuantía y periódica en su vencimiento en el caso de los habilitados nacionales, sin justificar en la nómina de cada mes la productividad de cada puesto».
La denuncia hace alusión a las gratificaciones extraordinarias como horas extras tanto para personal funcionarial como laboral, y subraya que también habrían sido «continuamente» propuestas para «aprobar por el concejal de Hacienda, Función Pública y Personal» y «ordenadas para abono por el alcalde» tras, presuntamente, la correspondiente solicitud del personal.
«Es evidente que en esas resoluciones mensuales no se ha valorado el trabajo desempeñado por cada uno de los beneficiarios de dicho complemento de productividad de manera individual y palmario que se han adoptado resoluciones de manera genérica para aprobar el abono de dichas productividades», traslada para aportar documentación de esa atribución de «manera igualitaria».
La denuncia traslada a la juez que instruye la causa que el supuesto hecho de que Amérigo y Soto se hubiesen «concertado» presuntamente para «obtener fondos públicos a favor de los tres habilitados nacionales y de determinados funcionarios y personal laboral de la corporación» encajaría también como supuesto delito de malversación de caudales públicos por causar «grave perjuicio para el interés público y suponer el desembolso de dinero público con ánimo de lucro y para beneficiar a tercero».
«Se han realizado abonos importantes de cantidades económicas, tanto de la productividad como de gratificaciones extraordinarias y horas extras con una ausencia de materialización y de concreción de los resultados de la actividad que se ha remunerado con fondos públicos más allá de una justificación meramente formal de estos pagos», concluye.
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