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Tu carnet de conducir está en peligro: el aviso de la DGT sobre el mal uso del parasol que casi nadie sabe

  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

Como conductores, solemos pensar que las multas están asociadas a infracciones evidentes como sobrepasar los límites de velocidad, hablar por el móvil mientras conducimos o saltarse un semáforo en rojo. Sin embargo, existen situaciones aparentemente inofensivas que también conllevan sanciones de la DGT, aunque muchos las realicen sin ser conscientes del riesgo. Una de ellas tiene que ver con un elemento tan común y cotidiano como el parasol del vehículo.

Este accesorio está pensado para reducir los deslumbramientos provocados por el sol, pero también incorpora un espejo que, mal utilizado, puede convertirse en un foco de distracción. ¿Quién no se ha mirado alguna vez en el espejo del parasol mientras espera en un semáforo? Aunque parezca un gesto completamente inofensivo, lo cierto es que puede conllevar una multa económica importante y la pérdida de puntos del carnet de conducir.

El parasol: posible causa de sanción

En todos los vehículos encontramos un parasol en la parte superior del parabrisas, tanto para el conductor como para el copiloto. Su función principal es bloquear la luz directa del sol, especialmente en ciertas horas del día donde los deslumbramientos pueden comprometer seriamente la visibilidad. A menudo, este accesorio incluye un pequeño espejo  que, si se utiliza en determinadas circunstancias puede tener consecuencias legales. Y lo más preocupante es que muchas personas lo hacen sin saber que están cometiendo una infracción. Esto ocurre, por ejemplo, cuando una persona aprovecha un semáforo en rojo para retocarse el maquillaje.

Según la DGT, cualquier acción que implique desviar la atención mientras está al volante puede ser motivo de sanción, incluso si el coche está detenido. Esto incluye conductas como consultar el teléfono móvil, manipular la pantalla del sistema multimedia o utilizar el espejo del parasol con fines ajenos a la conducción.

La ley es clara al respecto: el conductor debe mantener en todo momento su atención en la carretera y estar preparado para reaccionar ante cualquier imprevisto, aunque se encuentre parado en un semáforo. Por tanto, utilizar esos segundos para otras actividades se puede considerar una distracción grave.

¿Qué consecuencias tiene esta infracción?

La Guardia Civil y otros cuerpos de seguridad vial han advertido en varias ocasiones sobre este tipo de comportamientos, que pueden parecer insignificantes pero suponen un riesgo real. En este caso, la multa es de 200 euros y supone la retirada de dos puntos del carnet de conducir.

Y no solo se aplica si estás maquillándote en movimiento. Basta con que el coche esté detenido en la vía pública, en marcha o no, para que se considere sancionable. La clave está en que el conductor esté al mando del vehículo, es decir, sentado al volante, con el motor encendido o esperando reanudar la marcha. Incluso en una gasolinera, un peaje o parado en doble fila, las normas de circulación siguen siendo aplicables.

Imagínate esta situación: vas conduciendo, te detienes ante un semáforo en rojo, sacas el parasol, abres el espejo y aprovechas esos segundos para maquillarte. Seguramente no pienses que estás haciendo nada grave. Pero, a ojos de la DGT, acabas de cometer una infracción.

El razonamiento detrás de esta normativa es sencillo: puede surgir cualquier situación inesperada en cuestión de segundos. Un peatón puede cruzar fuera del paso, un vehículo de emergencias puede requerir maniobras rápidas o el semáforo puede cambiar a verde antes de lo previsto. En todos esos casos, si el conductor está pendiente del espejo en vez de la vía, aumenta el riesgo de accidente.

¿Y si el que se mira en el espejo es el copiloto?

Aunque la mayor parte de las infracciones recaen sobre el conductor, los acompañantes también pueden ser responsables de determinadas conductas que pongan en riesgo la seguridad. Si el copiloto baja el parasol y lo utiliza de forma que obstaculice la visibilidad del conductor, éste también puede ser sancionado.

En definitiva, el uso indebido del espejo del parasol en el coche es un claro ejemplo de cómo una acción aparentemente trivial puede convertirse en una infracción seria. La normativa vial no solo regula los movimientos en carretera, sino también el comportamiento del conductor mientras se encuentra al volante, incluso si el coche no está en movimiento.

Además de ésta, existen otras conductas que pueden parecer inocentes pero que también están tipificadas como infracciones según el Reglamento General de Circulación. Por ejemplo, usar el claxon sin causa justificada, como no ser una emergencia o un aviso de adelantamiento, supone una multa de 80 euros.

Circular por el carril central o izquierdo sin motivo cuando el derecho está libre también es sancionable, y puede conllevar una multa de hasta 200 euros. Tampoco se salvan los gestos aparentemente inofensivos: discutir con alguien dentro del vehículo, besarse con el acompañante o morderse las uñas al volante son comportamientos que pueden distraer y también suponen una sanción de 80 euros.