¿Qué retrovisores son obligatorios en un coche?
Descubre cuáles son los espejos obligatorios en los coches, camiones, autobuses y otros vehículos
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Los espejos retrovisores de un coche, posiblemente, son de los elementos más importantes de un vehículo. Estos nos ayudarán a conseguir una visión más amplia de la carretera y evitará colisiones y accidentes de tráfico con otros automóviles. Por ello, a continuación os explicaremos y detallaremos cuáles son los espejos obligatorios para cada vehículo: turismos, motocicletas, camiones, autobuses…
Qué espejos son obligatorios para cada vehículo
Espejos obligatorios en turismos
Los espejos retrovisores en los turismos son elementos obligatorios por razones de seguridad, y su normativa está regulada por la Dirección General de Tráfico y el Reglamento General de Vehículos. De acuerdo con la legislación, ¿cuál de ellos es obligatorio?
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Espejo retrovisor interior (central): es obligatorio en todos los vehículos. Debe proporcionar al conductor una visión clara de la parte trasera del vehículo.
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Espejos retrovisores exteriores: el vehículo debe disponer de al menos un espejo retrovisor exterior en el lado del conductor, es decir, en lado izquierdo en vehículos que circulan por la derecha.
📢⛈️En Madrid, mucha precaución en el acceso a la capital por la A-4, a la altura de Pinto, por balsas de agua.
⚠️Con lluvia, reduzcan la velocidad y aumenten la distancia de seguridad. pic.twitter.com/iZoz9WYlaI
— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) May 2, 2025
Espejos obligatorios en motos
Por otro lado, la obligatoriedad de los espejos en motocicletas está regulada por el Reglamento General de Vehículos, específicamente en su Anexo III del Real Decreto 2822/1998. La normativa establece que el número de retrovisores obligatorios depende de la velocidad máxima que la motocicleta pueda alcanzar.
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Velocidad máxima superior a 100 km/h: deben estar equipadas con dos espejos retrovisores, uno en el lado izquierdo y otro en el derecho.
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Velocidad máxima inferior a 100 km/h: es obligatorio llevar al menos un retrovisor, preferentemente en el lado izquierdo. El retrovisor derecho es opcional, aunque se recomienda por razones de seguridad.
- Ciclomotores: en este caso, los ciclomotores, que no superan los 45 km/h, solo están obligados a llevar el retrovisor derecho.
Espejos obligatorios en camiones y autobuses
Camiones
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Hasta 3.500 kg (3,5 toneladas): obligatorios el retrovisor exterior izquierdo y el retrovisor interior.
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Entre 3.500 kg y 7.500 kg (3,5 a 7,5 toneladas): obligatorios los retrovisores exteriores izquierdo y derecho.
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Más de 7.500 kg (7,5 toneladas): además de los retrovisores exteriores izquierdo y derecho, deben incorporar retrovisores de proximidad y gran angular para cubrir los ángulos muertos.
Autobuses
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Retrovisores exteriores izquierdo y derecho.
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Retrovisor interior que permita al conductor observar y controlar desde su asiento la apertura y cierre de las puertas.
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Los retrovisores de proximidad y gran angular son opcionales, aunque se recomiendan para mejorar la seguridad.
Otros vehículos
En los vehículos que no son coches, motos, camiones ni autobuses, como por ejemplo, vehículos agrícolas, tractores, furgonetas, remolques, o vehículos especiales, también existen regulaciones específicas sobre los espejos retrovisores, aunque varían según el tipo de vehículo.
Vehículos agrícolas (tractores y maquinaria)
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Retrovisores exteriores: es obligatorio que los vehículos agrícolas lleven al menos un espejo exterior. En algunos casos, especialmente en maquinaria más grande, pueden requerirse dos espejos retrovisores exteriores (uno en cada lado).
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Retrovisor interior: no es obligatorio en la mayoría de los casos, aunque algunos modelos pueden tenerlo para facilitar la visibilidad del conductor en ciertas maniobras.
Furgonetas y vehículos comerciales ligeros
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Retrovisores exteriores: similar a los coches, deben tener al menos un espejo exterior en el lado del conductor. Si el vehículo tiene un ancho superior a 2 metros, deben tener retrovisores exteriores a ambos lados.
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Retrovisor interior: es obligatorio en estos vehículos, como en los coches, para mejorar la visibilidad del conductor hacia la parte trasera.
Remolques y semirremolques
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Retrovisores del vehículo tractor: en el caso de un remolque o semirremolque, los espejos retrovisores del vehículo tractor deben garantizar la visibilidad hacia el remolque. Esto implica que el tractor (camión o furgoneta que tira del remolque) debe tener espejos que cubran todo el entorno, incluyendo la parte trasera del remolque.
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Espejos en el remolque: en algunos casos, dependiendo del tamaño del remolque, puede ser necesario instalar espejos adicionales en el propio remolque, sobre todo en los de gran tamaño. En general, los remolques no llevan retrovisores independientes, pero esto puede variar.
Grúas, plataformas elevadoras…
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Retrovisores según tamaño: los vehículos especiales, como grúas, plataformas elevadoras o vehículos de obras, están sujetos a normativas similares a los camiones, dependiendo de su tamaño y peso. Por lo general, deben contar con retrovisores exteriores a ambos lados y en algunos casos, retrovisores de proximidad o gran angular, especialmente si el vehículo es de gran tamaño o tiene un uso que implique maniobras en espacios reducidos.
Vehículos de tracción animal
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Aunque son menos comunes hoy en día, los vehículos de tracción animal, como, por ejemplo, carrozas, carretas… también deben cumplir ciertas normas de visibilidad. Aunque no tienen espejos retrovisores tradicionales, a veces se requiere la presencia de dispositivos que permitan la visión del conductor hacia la parte trasera para garantizar la seguridad en carreteras o caminos.