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Conoce la moto que puedes conducir con el carnet B de coche: la lista de la DGT

Con el carnet de conducir B se pueden conducir determinadas motos y scooters

Te contamos todos los detalles sobre la lista de la DGT

Motos, DGT,

A principios de 2024, el Ministerio del Interior anunció una serie de medidas nuevas implantadas por la DGT para mitigar el aumento de accidentes de motoristas en calles y carreteras españolas.

Los que estén circulando en moto tienen que llevar casco integral y guantes cuando lo hagan en vías interurbanas, pero además los conductores de coche que tengan licencia B, que es la más habitual, tienen que hacer un curso obligatorio para que puedan circular en ciclomotores de ciento veinticinco centímetros cúbicos.

En la Plataforma Motera para la Seguridad Vial han lamentado que en 2023 fallecieron 299 motoristas en las carreteras, del orden de un 19% más que en 2022.

Por todo ello, creen que fue erróneo el dar carta blanca a los que tenían una antigüedad de tres años con el permiso B para que se puedan llevar motos.

¿Qué se necesita para poder conducir una moto de este tipo?

Desde hace más de 19 años, en la Dirección General de Tráfico permiten que se conduzcan motos de 125 cc a los conductores de automóvil que tengan carnet B en vigor con una antigüedad de tres años o más.

Las leyes especifican la cilindrada máxima que pueden llevar los conductores de coche es de ciento veinticinco cc. La potencia máxima es de 11 kW, que van a ser 14,96 CV. Esto hay que tenerlo claro.

La utilización de dichas motos, tanto si son en propiedad como en alquiler, va a facilitar la movilidad urbana e interurbana, pero desde 2022 el número de muertos en accidente se ha disparado un 19%.

Por todo ello, la DGT establecerá un curso obligatorio para lo conductores que deseen usar este tipo de motos.

¿En qué va a consistir el curso de la DGT para conducir motos de 125 cc?

Fernando Grande Marlaska, el ministro del Interior, no ha terminado de detallar el jueves en qué va a consistir la formación en concreto de la DGT para los conductores que deseen conducir un ciclomotor de 125, pero que quiso aclarar que no va a conllevar examen.

Actualmente, no se demanda prueba alguna, y el ministro ha explicado que actualmente se ha diseñado cómo será y de qué forma se va a materializar el curso.

Según él, para conducir una moto de hasta 125 cc debe haber un ejercicio previo de conocimiento del vehículo y también de la conducción, algo que no tiene demasiado que ver con un vehículo de cuatro ruedas.

De igual forma, quiso destacar que este tipo de medida ha sido implantada en Francia y Alemania, teniendo unos magníficos resultados.

¿Funcionará también en nuestro país? Pues esperemos que sí, aunque ya sabemos que cada país en ocasiones es un mundo y que funcione en países vecinos, no significa que vaya a ser igual en España.

El tiempo, como siempre, suele ser el que dará o quitará razones a este tipo de decisiones.

Aprovechó para explicar que entre las medidas que se implementarán por parte de la DGT para motoristas está la actualización de los contenidos de los cursos de recuperación para aquello que pierdan puntos del carnet por haber cometidos infracciones graves y se endurecerán los exámenes de circulación de moto en carretera para los que deseen obtener el carné de cualquier cilindrada.

Concretando…

Vamos a dejar un poco más claro todas las motos que es posible conducir con el carné de coche, así como scooters:

  • Motos y scooters de hasta 125 cc, que tengan una potencia de 11 kW  que no pasen de una relación entre el peso y la potencia de 0,1 kW/kg.
  • Triciclos de más de ciento 125 cc que tengan pedal de freno.
  • Motos eléctricas donde la potencia nominal no debe ser superior a 11 kW.

Ya has podido ver que existe un amplio abanico de scooters y motos que se pueden conducir con el carnet de coche sin que haya que pasar un examen.

Un panorama con el carnet de coche, donde podemos ver algunos modelos que puedes llegar a conducir:

  • Todos los scooters y motos de 125 cc, y todos los scooters triciclos que se venden, caso de los Yamaha Tricity 125/300, por ejemplo.
  • Todas las motos de tres ruedas como las Harley-Davidson Freewheeler.
  • Las motos eléctricas que dispongan de una potencia nominal de 11 kW, como las Zero DS/DSR.
  • Todos los scooters eléctricos equivalentes a 125 cc. con 11 kW o menos de potencia nominal.  Aquu hay muchos modelos, como por ejemplo el Ray Motors 7.7.

Después de todo lo que hemos comentado, ya has podido ver como estás cerquita de conducir una moto o scooters con tu carnet de coche, de forma más sencilla de lo que pensabas, ¿no?

Lo cierto es que es una vía bastante interesante para poder disfrutar de la conducción de estos vehículos de dos o tres ruedas.  Así que ya sabes, ¡A disfrutar de tu carnet B y de la posibilidad de conducir más medios de locomoción.

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