Sergi Torrens, experto en herencias, lanza una advertencia: «En una donación sabemos lo que vamos a pagar, pero en una herencia no lo sabremos hasta el día que llegue»
El experto explica la diferencia entre donar en vida o heredar y cuándo es más recomendable hacer una cosa o la otra
Una notaria experta en herencias lo confirma: para que no se considere donación, debes «incluir a los hijos como titulares en una cuenta bancaria»
La Ley de Sucesiones lo confirma: los viudos no tendrán derecho a heredar ningún bien aunque haya un testamento que lo avale
Donar una vivienda a los hijos puede parecer una buena forma de dejar resuelto el reparto del patrimonio familiar. Muchos padres prefieren hacerlo mientras viven, ya que piensan que de este modo podrán evitar el temido Impuesto de Donaciones y Sucesiones. Sin embargo, antes de tomar esta decisión se deben de tener en cuenta que considera Hacienda al respecto y es que dependiendo de la situación, puede que con la donación acabemos pagando de más. Y es precisamente esto lo que ha querido abordar un experto en herencias.
Sergi Torrens ha explicado mediante su canal de YouTube las consecuencias de hacer una donación o de una herencia mediante un ejemplo que deja poco margen a las dudas. Un matrimonio que decida donar a su hijo un piso adquirido hace décadas podría afrontar una factura fiscal superior a los 60.000 euros. Ahora bien, hay una excepción para los mayores de 65 años que puede reducir considerablemente esa cantidad. Torrens también recuerda que esperar a la herencia tiene un inconveniente: los impuestos que se pagan actualmente no tienen por qué mantenerse cuando llegue el fallecimiento.
Sergi Torrens advierte del coste de donar una vivienda a los hijos
Para explicar lo que puede ocurrir, Torrens plantea el caso de un matrimonio que compró un piso en los años ochenta por el equivalente a 90.000 euros. Actualmente, la vivienda está valorada en 300.000 euros y sus propietarios quieren entregársela a su hijo. Hasta aquí parece una operación sencilla, pero la situación cambia cuando se calculan los impuestos. Según el ejemplo del experto, la diferencia de valor de 210.000 euros puede dar lugar a una factura fiscal conjunta de 64.680 euros, una cantidad que supera el 20% del valor actual del inmueble.
El principal problema aparece en la declaración de la renta de los padres. Aunque regalen el piso y no reciban dinero, Hacienda puede considerar que han obtenido una ganancia patrimonial por el aumento de valor de la vivienda. A ese impuesto se añaden el de Donaciones, que corresponde al hijo, y la plusvalía municipal cuando resulte exigible. Las cantidades del ejemplo son orientativas, ya que para calcular el importe real también deben tenerse en cuenta los valores fiscales, los gastos y las circunstancias de cada operación.
Por qué heredar una vivienda puede resultar más barato
Cuando el piso se transmite después del fallecimiento de sus propietarios, la situación es diferente. La legislación española establece que la ganancia patrimonial que pudiera corresponder al fallecido no tributa en su IRPF. Es lo que habitualmente se conoce como la «plusvalía del muerto», una expresión utilizada para referirse a esta particularidad fiscal. Por tanto, los herederos no tienen que afrontar ese impuesto por la revalorización acumulada mientras la vivienda perteneció a la persona fallecida.
Eso no significa que recibir una herencia esté libre de gastos. Los hijos deben liquidar el mencionado Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y, cuando corresponda, la plusvalía municipal. Además, el importe dependerá de la comunidad autónoma en la que deba tributar la herencia. Existen territorios con importantes bonificaciones para los familiares directos, mientras que en otros las condiciones son diferentes. Por eso, antes de decidir qué opción interesa más, conviene calcular cuánto costaría cada operación según la normativa aplicable.
La excepción que beneficia a los propietarios mayores de 65 años
Hay una circunstancia que puede cambiar por completo el resultado de una donación. Los mayores de 65 años pueden transmitir su vivienda habitual sin pagar IRPF por la ganancia patrimonial, siempre que cumplan los requisitos establecidos por Hacienda. En el ejemplo que expone Torrens, esta exención permitiría evitar los 47.580 euros que atribuye a dicho impuesto, aunque seguirían existiendo otras obligaciones fiscales relacionadas con la transmisión del inmueble.
Para disfrutar de esta ventaja, la propiedad debe haber sido la residencia habitual del donante durante al menos tres años continuados, salvo las excepciones previstas legalmente. También puede aplicarse cuando la vivienda haya tenido esa consideración en algún momento de los dos años anteriores a su transmisión. No basta, por tanto, con haber cumplido 65 años: es necesario comprobar que se reúnen las condiciones exigidas. El hijo, por su parte, seguirá teniendo que atender los impuestos que le correspondan por recibir la propiedad.
La advertencia de Torrens sobre esperar a una herencia
Pese a las ventajas fiscales que puede presentar una herencia, Torrens llama la atención sobre algo que resulta imposible conocer con antelación: cuánto habrá que pagar cuando llegue el momento. «En una donación sabemos lo que vamos a pagar, pero en una herencia no lo sabremos hasta el día que llegue», señala el experto. Su advertencia tiene que ver con los posibles cambios legislativos, especialmente en un impuesto cuyas bonificaciones dependen en buena medida de las comunidades autónomas.
Una donación permite conocer las condiciones fiscales vigentes antes de realizar la operación. En cambio, aquellos que quieran mantener la vivienda para dejarla en herencia deben contar con que las normas pueden cambiar. De ahí que no exista una respuesta válida para todas las familias. La edad de los propietarios, el tiempo que llevan viviendo en el inmueble y hasta la comunidad autónoma en la que se vive son factores que pueden hacer que una decisión aparentemente ventajosa termine saliendo mucho más cara de lo previsto.
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