Economía
Jornada laboral

Ni tarjeta ni fichaje digital: la nueva modalidad de registro laboral que es ilegal

El control de horarios en el ámbito laboral ha evolucionado a lo largo de los años. Desde las tradicionales hojas de asistencia hasta los actuales sistemas digitales que ya han implementado muchas empresas y que van a ser obligatorios a partir de ahora, son muchas herramientas para hacer el registro laboral empleados. Sin embargo, no todas las opciones son válidas dentro del marco legal, y el uso de tecnologías avanzadas puede entrar en conflicto con las normativas de protección de datos. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha dejado claro que ciertos métodos no cumplen con los requisitos de privacidad y seguridad exigidos por la ley.

En este contexto, la polémica ha estallado en el Ayuntamiento de Parla, donde se ha intentado instaurar un sistema de fichaje biométrico basado en la identificación mediante la palma de la mano. Esta decisión ha generado una ola de protestas por parte de los trabajadores municipales y los sindicatos, quienes consideran que la medida vulnera sus derechos y carece de respaldo legal. La controversia ha puesto sobre la mesa un debate crucial: ¿hasta qué punto las empresas pueden exigir a sus empleados el uso de datos biométricos para el registro laboral? El uso de sistemas biométricos, como el reconocimiento facial, la huella dactilar o la lectura de la palma de la mano, supone un avance en términos de seguridad, pero también un desafío en materia de privacidad. La AEPD ha determinado que estos datos son extremadamente sensibles y, por lo tanto, requieren un nivel de protección alto. En el caso de Parla, los empleados han manifestado su rechazo ante la imposición de este sistema, argumentando que existen alternativas menos invasivas para el control de presencia. La cuestión legal es clave en este conflicto, ya que la normativa actual no contempla la obligatoriedad de este tipo de métodos en el ámbito laboral.

El sistema biométrico para el registro laboral en el Ayuntamiento de Parla

El Ayuntamiento de Parla, gobernado por el PSOE, ha intentado introducir un nuevo sistema de registro laboral basado en el reconocimiento biométrico de la palma de la mano. Según la información disponible, este método genera una secuencia alfanumérica encriptada que se almacena en una tarjeta inteligente. La intención del consistorio es que los empleados municipales utilicen esta tarjeta para fichar su entrada y salida del trabajo. Sin embargo, la medida ha sido recibida con una fuerte oposición por parte de los trabajadores y los sindicatos.

La preocupación principal radica en la recolección de datos biométricos sin el consentimiento explícito de los empleados. Según la AEPD, los datos biométricos se consideran información especialmente protegida, y su tratamiento debe estar respaldado por una base legal clara. En este caso, el Ayuntamiento argumenta que no tendrá acceso directo a los datos de los empleados, ya que estos quedarán almacenados en las tarjetas individuales. A pesar de ello, los sindicatos han decidido llevar el caso a los servicios jurídicos para determinar la legalidad del sistema.

El rechazo de los trabajadores y la postura de los sindicatos

Desde el momento en que se anunció la implementación del sistema, los empleados municipales de Parla han expresado su rechazo. Consideran que el fichaje biométrico supone una intromisión innecesaria en su privacidad y que existen alternativas menos invasivas. Además, temen que el Ayuntamiento pueda utilizar esta medida como una forma de control excesivo sobre la plantilla.

Los sindicatos, encabezados por Comisiones Obreras (CCOO), han tomado cartas en el asunto y han remitido la documentación del caso a sus servicios jurídicos. Según CCOO, la normativa vigente no permite la utilización de datos biométricos para el control horario sin una justificación legal específica. En este sentido, han advertido que el Ayuntamiento podría enfrentarse a sanciones si insiste en aplicar esta medida.

La posición de la AEPD sobre el uso de datos biométricos

En noviembre de 2023, la Agencia Española de Protección de Datos publicó una guía sobre el uso de datos biométricos en el ámbito laboral. En este documento, la AEPD establece que los empleadores deben optar por métodos de fichaje que no impliquen la recopilación de datos biométricos. La razón principal es que estos datos han pasado de considerarse información de bajo riesgo a ser clasificados como datos sensibles, similares a los datos de salud. Como resultado, su tratamiento requiere un nivel de protección mucho mayor.

Uno de los puntos clave que destaca la AEPD es que el consentimiento de los trabajadores no es suficiente para justificar el uso de sistemas biométricos. En el ámbito laboral, la relación entre el empleador y el empleado puede generar una presión implícita que impida que el consentimiento sea completamente libre. Por ello, la legislación española no contempla el uso obligatorio de este tipo de tecnologías sin un marco normativo que lo respalde.

Las consecuencias legales para las empresas que incumplan la normativa

El incumplimiento de las normativas de protección de datos puede acarrear sanciones económicas importantes para las empresas e instituciones públicas. La AEPD tiene la facultad de imponer multas en función de la gravedad de la infracción, y en el caso del uso indebido de datos biométricos, las sanciones pueden ser especialmente elevadas. Además del impacto económico, las empresas que vulneren la normativa pueden enfrentarse a demandas por parte de los trabajadores, lo que supondría un grave daño reputacional.

En el caso de Parla, si el Ayuntamiento persiste en la implementación de este sistema sin contar con la base legal adecuada, podría enfrentarse a sanciones por parte de la AEPD. Por este motivo, los sindicatos insisten en la necesidad de buscar alternativas que respeten la privacidad de los empleados y se ajusten a la legislación vigente.

Alternativas legales al fichaje biométrico

Existen múltiples alternativas para el control horario de los trabajadores que cumplen con la normativa de protección de datos. Entre ellas, destacan:

El control horario mediante registro laboral es una necesidad para cualquier empresa o institución, pero debe realizarse dentro del marco legal y respetando los derechos de los empleados. En este sentido, las organizaciones deben buscar alternativas que garanticen tanto la seguridad de la información como el cumplimiento de la normativa de protección de datos. La batalla legal en Parla podría sentar un precedente importante en la regulación de los sistemas de fichaje biométrico en España.