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Economía
Jubilación

Un funcionario de la Seguridad Social sobre la jubilación: “Si entendemos estos ocho números tendrás mucho más claro cuándo podrás hacerlo y qué requisitos serán necesarios”

Saber cuándo podemos jubilarnos parece alo fácil hasta que se empieza a pensar en años cotizados, edad ordinaria, base reguladora o jubilación anticipada. Las sucesivas reformas han añadido además un calendario progresivo que hace que los requisitos cambien según el año, de modo que dos trabajadores con carreras similares pueden encontrarse con edades distintas de retiro.

Alfonso Muñoz Cuenca, funcionario de la Seguridad Social y divulgador sobre pensiones, ha resumido estas reglas en ocho cifras que permiten entender mejor qué se necesita para acceder a la jubilación. «Si entendemos estos ocho números tendrás mucho más claro cuándo puedes jubilarte y qué requisitos son necesarios para tu jubilación», ha explicado.

Un funcionario de la Seguridad Social sobre la jubilación: «Si entendemos estos ocho números tendrás mucho más claro cuándo podrás hacerlo»

La primera cifra es el 15 y que es el periodo mínimo de cotización que, con carácter general, exige la Seguridad Social para poder acceder a una pensión contributiva de jubilación. No significa que con 15 años cotizados se cobre la pensión completa. Lo que marca es el mínimo necesario para generar el derecho, siempre que además se cumpla otro requisito importante.

Ahí entra en juego el segundo número: 2 años. La Seguridad Social exige que, con carácter general, al menos dos años de cotización estén comprendidos dentro de los 15 inmediatamente anteriores al momento de la jubilación. Es un detalle importante porque una persona puede haber cotizado 15 años en total y, sin embargo, llevar demasiado tiempo fuera del sistema. En ese caso, puede no reunir la denominada carencia específica exigida para acceder a la prestación.

37 años para cobrar el 100% de la base reguladora

La siguiente cifra que señala Muñoz es 37 años, aunque aquí conviene hacer una precisión. Durante 2026, el 100% de la base reguladora se alcanza con 36 años y 6 meses cotizados. A partir de 2027 serán necesarios 37 años. Esto tampoco quiere decir que la pensión final vaya a ser igual al último salario del trabajador. Una cosa es tener derecho al 100% de la base reguladora y otra el importe concreto de la pensión, que depende de las bases por las que se haya cotizado y de las reglas de cálculo aplicables. Por eso es importante no confundir los años necesarios para cobrar el 100% de la base reguladora con los exigidos para poder jubilarse a los 65.

Los años necesarios para jubilarse a los 65

Aquí aparece otra de las cifras clave: 38 años y 6 meses, que será el periodo de cotización exigido desde 2027 para poder mantener los 65 años como edad ordinaria de jubilación. Quienes no alcancen ese periodo tendrán que esperar hasta los 67. En 2026, sin embargo, el calendario todavía no ha llegado a ese punto. Este año pueden jubilarse a los 65 quienes acrediten al menos 38 años y 3 meses cotizados. Si no alcanzan esa cifra, la edad ordinaria se sitúa en 66 años y 10 meses.

Jubilación anticipada voluntaria: 35 años y hasta dos años antes

Las cuatro cifras restantes están relacionadas con la jubilación anticipada. Para acceder a la jubilación anticipada voluntaria es necesario acreditar, con carácter general, un mínimo de 35 años cotizados, además del resto de requisitos establecidos por la Seguridad Social. Esta modalidad permite adelantar el retiro un máximo de dos años respecto a la edad ordinaria que corresponda a cada trabajador.

Eso significa que no existe una única edad de jubilación anticipada voluntaria para todo el mundo. Dependerá de la edad ordinaria que corresponda en función de los años cotizados. Además, adelantar la jubilación tiene consecuencias sobre la cuantía. La pensión queda sometida a coeficientes reductores que varían en función de los meses de anticipo y del periodo total cotizado.

Jubilación anticipada involuntaria: 33 años y hasta cuatro años antes

La situación cambia cuando la jubilación anticipada se produce por un cese no voluntario en el trabajo. En este caso, el periodo mínimo de cotización baja a 33 años, aunque también deben cumplirse otros requisitos relacionados con la causa del despido o extinción del contrato y con la situación del trabajador. El margen para adelantar la jubilación es mayor. Puede llegar hasta cuatro años respecto a la edad ordinaria. Así, si a una persona le corresponde jubilarse de forma ordinaria a los 67 años y reúne todas las condiciones necesarias, podría acceder a la jubilación anticipada involuntaria a partir de los 63.

Los ocho números que resumen las reglas de jubilación

Los ocho números que utiliza Alfonso Muñoz permiten ordenar buena parte de las reglas generales del sistema: 15 años de cotización mínima, 2 años dentro de los últimos 15, 37 años para alcanzar el 100% de la base reguladora desde 2027, 38 años y 6 meses para jubilarse a los 65 desde ese mismo año, 35 años y dos de adelanto para la jubilación anticipada voluntaria y 33 años y cuatro de adelanto para la involuntaria.

Para quienes estén haciendo cálculos en 2026, conviene quedarse además con dos cifras actuales: 36 años y 6 meses para alcanzar el 100% de la base reguladora y 38 años y 3 meses para poder jubilarse a los 65.