Economía
HASTA 4.000 EUROS

Cantidad confirmada por Hacienda: el dineral que van a cobrar los mutualistas este mes

Hacienda tiene que devolver hasta 4.000 euros a un grupo de mutualistas

Los mutualistas que sigue esperando la devolución de Hacienda por lo cotizado de más años atrás tendrán buenas noticias en las próximas semanas. La Agencia Tributaria se pondrá al día antes de final de año con los jubilados que cotizaron en mutualidades antiguas y se vieron perjudicados por un error de la Administración. Las devoluciones llegan hasta los 4.000 euros y la pueden solicitar a través de un canal habilitado por la Agencia Tributaria para poder cumplir con los millones de personas que en su día se vieron beneficiadas por una sentencia del Tribunal Supremo.

Casi cinco millones de mutualistas que años atrás cotizaron por un error de la Agencia Tributaria han sido beneficiados de la sentencia 707/2023 del Tribunal Supremo en el que obligó a Hacienda a devolver la cotización completa a las personas que tributaron al 100% antes del 1 de enero de 1967 y un 25% a los que lo hicieron entre 1967 y 1978. Estos debían haberlo hecho al 75% y lo hicieron de forma completa, al 100%. Así que durante estas personas tienen derecho a reclamar los ejercicios de renta entre 2019 y 2023, que son los que aún no han prescrito.

Esta sentencia del Alto Tribunal llegó después de una denuncia interpuesta por un trabajador de la Mutua Laboral de la Banca, que reclamó el derecho a aplicar un reducción del 25% en el IRPF entre 1967 y 1978. Además de fallar a favor del mutualista de este sector, el Supremo también dio la razón a los que en su día cotizaron por mutualidades en diferentes sectores como puede ser la construcción, eléctricas, siderurgia o pesca. No tienen derecho a reclamar los que  cotizaron en el régimen de las Clases Pasivas del estado, los autónomos y las aportaciones a mutualidades de viudedad y de pensiones no contributivas.

Varias personas durante una manifestación de abogados afectados por la mutualidad. (EP)

La deuda de Hacienda con los mutualistas

Así que se calcula que pueden ser alrededor de cinco millones de personas las afectadas por un error de la Agencia Tributaria. Coincidiendo con el inicio de la compaña de la renta 2023, desde la Administración abrieron un canal para que los afectados pudieran realizar la reclamación sólo teniendo que habilitar un formulario habilitado en la sede electrónica. Sumidos en el mes de octubre, Hacienda ya se ha puesto al día con millones de afectados y aún tiene que ajustar cuentas con cientos de miles de mutualistas.

Hay que tener en cuenta que esta devolución de la Agencia Tributaria sigue canales parecidos a los de la declaración de la renta, por lo que desde la Administración se ponen seis meses de plazo para proceder a la devolución, que puede ser incluso de 3.000 y 4.000 euros por lo cotizado de más en su día. Los que lleguen a final de año sin haber recibido el pago y tengan que esperar más allá del 1 de enero, deben saber que Hacienda tendrá que devolver el dinero con unos pequeños intereses de demora que suelen rondar el 4%. Para solicitar estos intereses los beneficiarios tendrán que presentar un escrito de solicitud de devolución de autoliquidación.

¿Cómo reclamar el dinero a Hacienda?

Tras la sentencia histórica del Tribunal Supremo, la Agencia Tributaria se apresuró a abrir un canal para facilitar a todos los posibles beneficiarios la devolución de la cantidad cotizada de más en su día. «Mutualistas: solicitudes de devolución», es el título del apartado en el que puedes encontrar toda la información referente a disposición transitoria segunda de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

«La AEAT está trabajando de forma coordinada con la Seguridad Social, y otros organismos, al objeto de atender las solicitudes de devolución para mutualistas (D T 2ª LIRPF) a la mayor brevedad posible y con los menores inconvenientes para los ciudadanos», especifica en el canal en el que también deja claro que los afectados no tendrán que añadir más información que los datos personales al identificarse y el número de cuenta al que tiene que ir el ingreso.

«Por tanto, no será necesario adjuntar a la solicitud ningún tipo de documentación, puesto que, en general, la AEAT ya contará con la información precisa para la resolución de la solicitud. No obstante, en el caso de que no sea posible resolver una solicitud concreta con la información disponible se podrá requerir de los interesados a posteriori la aportación de la documentación que resulte necesaria», indica en relación a un formulario que «se podrá utilizar para solicitar todas las devoluciones correspondientes al período 2020-2023».