Rodrigo de Santos, condenado a dos años de cárcel por abuso sexual a un preso
La Audiencia Provincial de Madrid condena al ex concejal 'popular' por abusar sexualmente de un preso cuando colaboraba a través de la ONG Fundación Padre Garralde, donde colaboraba desde 2004 como asesor jurídico
La Sala le absuelve de los delitos contra la libertad e indemnidad sexual y agresión sexual de los que también estaba acusado tras las denuncias de dos reclusos
De Santos ya fue condenado en 2010 por la Audiencia Provincial de Palma por un delito de abuso sexual con acceso carnal a menor, a una pena de 5 años
La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado al exconcejal del PP Rodrigo de Santos a dos años de cárcel por un delito de abuso sexual a un preso en el marco de la colaboración que prestaba a través de la ONG Fundación Padre Garralde, donde colaboraba desde 2004 como asesor jurídico.
Así consta en una sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que la Sala absuelve al exedil de Urbanismo de Palma de los delitos contra la libertad e indemnidad sexual y agresión sexual de los que también estaba acusado tras las denuncias presentadas por dos reclusos.
En el juicio, el expolítico del PP manifestó que «jamás» mantuvo relaciones sexuales con presos de la ONG Padre Garralda-Horizontes Abiertos, en Vallecas, y aludió a «prejuicios» contra él por sus antecedentes penales.
De Santos ya fue condenado en 2010 por la Audiencia Provincial de Palma por un delito de abuso sexual con acceso carnal a menor, a la pena de 5 años de prisión y prohibición de aproximación y comunicación por tiempo de 8 años.
En este nuevo asunto, la Fiscalía de Madrid solicitaba 20 años de prisión para el exdirigente popular, a quien acusaba de un presunto delito continuado de agresión sexual y otro delito de agresión sexual.
Según el fiscal, los hechos tuvieron lugar entre febrero y julio de 2017, cuando el acusado «prevaliéndose de su condición» de coordinador en la fundación agredió a dos presos.
La Sala le condena, asimismo, a la prohibición de aproximarse a una distancia de 500 metros de Mohamed Y. M. y de comunicarse con él a través de cualquier medio durante un periodo de cinco años a cumplir simultáneamente con la pena de prisión.
Las magistradas absuelven al acusado de los delitos contra la libertad e indemnidad sexual y agresión sexual al no haber quedado probado que De Santos obligara a Luis José S. M. a mantener con relaciones sexuales no consentidas amenazando «con retirarle el aval de la fundación ante Instituciones Penitenciarias o con regresarle a su país de origen, ni que en fecha indeterminada arrastrara a José Luis a un aseo y realizara actos de contenido sexual no consentido, también bajo amenaza».
En contra, las magistradas sí han considerado probado que el acusado, el día 8 de noviembre de 2016, en uno de los permisos concedidos a Mohammed Y. M. le llevó a su domicilio, en la localidad de Alcobendas, donde, cuando ambos estaban sentados en el sofá, abusó sexualmente de él.
En vía de responsabilidad civil, el condenado deberá abonar 3.000 euros en concepto de daño moral a Mohammed Y. M. Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJ de Madrid.
Trabajó en la ONG desde 2015
En su escrito de acusación, el fiscal relataba que el exdirigente del PP trabajó en la ONG desde 2015 y a partir de octubre de 2016 desempeñó estuvo al frente del programa de reinserción social de preso, avalando a los internos que carecían de arraigo familiar ante Instituciones Penitenciarias.
De este modo, se les alojaba en las viviendas que poseía esta Fundación en Vallecas, «proporcionándoles un lugar donde poder residir durante los permisos penitenciarios e incluso una vez que les era concedida la libertad condicional y la libertad definitiva, haciéndose responsable de los internos ante la Junta de Tratamiento del Centro penitenciario».
El fiscal relata que, entre los meses de febrero y julio de 2017, un preso estuvo residiendo durante los permisos penitenciarios por encontrarse en el segundo y tercer grado penitenciario en dichas casas de acogida situadas Madrid.
«Durante este periodo de tiempo el procesado, prevaliéndose de su condición de coordinador del citado programa y bajo la amenaza de retirarle el aval por parte de la Fundación, imprescindible para poder disfrutar de los permisos penitenciarios, le obligó en siete ocasiones a mantener relaciones sexuales», consta en el escrito.
El Ministerio Público sitúa otro de los casos de agresión sexual a mediados de febrero de 2017, cuando el procesado, prevaliéndose de su condición de coordinador del programa, invitó a otro preso en permiso a pasar la noche a su casa de Alcobendas, acudiendo éste coaccionado, por miedo a que le retiraran los permisos. Durante la noche, encontrándose dormido la víctima, el procesado se introdujo en su cama, realizándole tocamientos.
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