Palma recurre la orden del Gobierno de Sánchez de retirar el monumento de Sa Feixina y alerta de posible prevaricación
Advierte de posible prevaricación al obviar su protección patrimonial avalada por una sentencia firme
Pide la suspensión inmediata de la resolución al considerar que su ejecución provocaría daños irreversibles
El Ayuntamiento de Palma, que lidera el alcalde del PP Jaime Martínez, ha presentado un recurso de alzada contra la resolución emitida el 26 de marzo de 2026 por la Secretaría de Estado de Memoria Democrática, en la que se acordaba incluir el monumento de Sa Feixina en el catálogo estatal de símbolos contrarios a la memoria democrática y se ordenaba su retirada.
Según explica el Consistorio en un comunicado, esta decisión del Gobierno central entra en conflicto directo con sentencias judiciales firmes y podría constituir supuestos de prevaricación y desviación de poder, al haberse adoptado al margen del marco legal vigente y de lo ya resuelto por los tribunales.
En el recurso se recuerda que el monolito fue modificado en 2010 —cuando la socialista Aina Calvo era alcaldesa de Palma— para adaptarse a la normativa de memoria histórica, suprimiendo cualquier elemento de exaltación franquista y dotándolo de una reinterpretación acorde con valores democráticos.
Más adelante, una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Palma en 2020, ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB) en 2021, lo reconoció como bien catalogado del patrimonio histórico de las Islas.
En este contexto, el Ayuntamiento destaca que está acreditada la protección legal del monumento y que los elementos contrarios a la memoria democrática ya fueron eliminados, por lo que considera que la resolución estatal vulnera la normativa aplicable.
El recurso señala que, habiendo sido declarado por los tribunales como un inmueble con valores históricos, arquitectónicos y artísticos, existe la obligación de no promover su destrucción o traslado, dado el riesgo evidente para su integridad.
Asimismo, advierte que la resolución no puede ignorar los efectos de las decisiones judiciales aportadas y que, tras su notificación expresa, debería ser anulada, ya que mantenerla supondría confirmar una actuación contraria al ordenamiento jurídico.
El Ayuntamiento insiste en que el monumento cuenta con protección patrimonial y que su retirada o desplazamiento implicaría una pérdida irreparable para el patrimonio arquitectónico de Palma, además de vulnerar de forma clara el principio de separación de poderes.
Asimismo, recuerda que, en el pleno municipal en el que se aprobó la inclusión de Sa Feixina en el catálogo local de protección —en cumplimiento de la sentencia del TSJB—, ya constaba documentación relativa a la resolución estatal ahora impugnada.
En ese mismo pleno, el grupo socialista mostró dicha documentación, lo que, según el recurso, podría indicar que existía un conocimiento previo tanto de la situación jurídica del monumento como de la actuación del Gobierno central. El recurso añade que la decisión estatal podría contradecir la propia Ley de Memoria Democrática, que contempla excepciones a la retirada cuando concurren valores artísticos o patrimoniales protegidos, como este caso.
El Ayuntamiento de Palma ha incorporado al recurso todas las resoluciones judiciales firmes que respaldan la protección del monumento, lo que implica que la Administración del Estado dispone de un conocimiento completo y formal de la situación.
El documento también destaca que diversas entidades, como ARCA, la Real Academia de la Historia, la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando y el ICOMOS —organismo consultivo de la UNESCO—, han defendido el valor histórico, artístico y arquitectónico del monolito de Sa Feixina, así como su conservación como bien protegido.
Por todo ello, el equipo de gobierno municipal ha solicitado la suspensión cautelar de la ejecución de la resolución estatal, al considerar que su aplicación podría causar daños irreversibles, reafirmando así su compromiso con la defensa del patrimonio de Palma y el respeto al ordenamiento jurídico.
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