Andalucía
Granada

El TSJA ratifica la pena de prisión al ex alcalde socialista de Zújar por prevaricación y malversación

Su primera teniente de alcalde, absuelta

Encargaron un informe pericial pagado con dinero público que luego hicieron desaparecer porque sólo les beneficiaba a ellos

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena de un año y medio de cárcel al ex alcalde de Zújar (Granada) Juan José Pérez (PSOE) por un delito de prevaricación en concurso con otro de malversación tras el encargo de una pericial sobre unos mensajes publicados en Facebook hacia la que fue su primera teniente de alcalde, Rosario Moreno (PP), que queda absuelta pese a haber sido condenada inicialmente por estos hechos por la Audiencia Provincial de Granada. Ambos ostentaron sus respectivos cargos de 2015 a 2019.

El caso deriva de la denuncia formulada por el Ayuntamiento de Zújar, gobernado desde 2019 por los independientes de Gente de Zújar, tras la desaparición de un informe encargado a una mercantil para que investigara «una serie de publicaciones, mensajes e informaciones en las redes sociales» sobre personal municipal en el ejercicio de sus funciones públicas.

Concretamente, los hechos se remontan al 2 de agosto de 2018, cuando Pérez y su primera teniente de alcalde se pusieron «de acuerdo» para encargar esta pericial para investigar los mensajes publicados en Facebook por la mujer del actual alcalde, Salvador Moreno (Gente de Zújar), sobre la popular Rosario Moreno, al hilo de unos permisos que solicitaban para la terraza de un bar. Tres meses después se dispuso para dichos informes un pago por un importe de 3.410 euros que se saldó con fondos municipales.

La primera teniente de alcalde recibió «personalmente» estos informes periciales que «sólo a ellos beneficiaban», según explicó la Audiencia. Luego «no dejó constancia de su existencia y recepción en el Ayuntamiento, utilizándolos en su único y exclusivo beneficio personal, para interponer una querella» por un delito de calumnia.

La sentencia del TSJA, fechada el pasado 9 de enero y contra la que cabe recurso ante el Tribunal Supremo, desestima el recurso de Pérez, que alegaba error en la valoración de la prueba. La Sala de lo Civil y Penal señala una actuación conforme a «intereses distintos y ajenos a los fines públicos» en el encargo de la pericial.

Por ello, el TSJA confirma la comisión del ilícito de prevaricación en el caso de Pérez -que además ha de hacer frente al pago de una multa de 1.260 euros y queda inhabilitado para cargo o empleo público por tres años-, lo que «lleva necesariamente a apreciar» la malversación de caudales públicos.

Por otra parte, el alto tribunal andaluz estima el recurso de Moreno al descartar «inducción» para delinquir ni «cooperación necesaria», ya que «no coadyuvó a la producción del delito con acto alguno determinante y esencial para el mismo ni para su resultado». La Audiencia la condenó inicialmente al pago de una multa de 1.440 euros y a tres años y medio de inhabilitación especial para cargo o empleo público.

La Fiscalía pedía un año y medio de prisión y 14 años y medio de inhabilitación para ambos por presuntos delitos de malversación de caudales públicos y prevaricación en la contratación con fondos públicos. Ambos defendieron en la Audiencia de Granada la legalidad de su actuación en este caso durante el juicio celebrado en la Sección Primera en diciembre de 2023.