¿Qué coches sin etiqueta ambiental podrán circular libremente por Madrid sin temor a ser multados?
Coches sin etiqueta ambiental en Madrid: cuáles y quiénes podrán circular sin multa y cuándo es oficial
Tres años de prórrogas: el historial de moratorias de Almeida sobre los vehículos sin etiqueta ambiental
Los coches sin etiqueta ambiental empadronados en Madrid se han convertido en el centro de un debate que ha durado ya tres años y que llegará a su punto de inflexión este mes.
El Pleno municipal de marzo aprobará una enmienda a la Ordenanza de Movilidad Sostenible que permitirá a estos vehículos circular libremente por todo el término municipal sin fecha de caducidad, siempre que la capital continúe cumpliendo con la directiva europea de calidad del aire. A continuación, te explicamos qué coches son los afectados, quiénes podrán beneficiarse y en qué condiciones lo harán.
¿Qué vehículos carecen de etiqueta?
Bajo la denominación «clasificación ambiental A» se agrupan los vehículos más antiguos del parque móvil, aquellos que la DGT considera más contaminantes y a los que no asigna ningún distintivo ambiental de los denominados como habituales (ECO, C, B).
Se trata de los turismos y furgonetas de gasolina matriculados antes de enero de 2001, los turismos y furgonetas diésel registrados antes de 2006 y las motocicletas con matrícula anterior a 2003. Estos son los coches sin etiqueta ambiental que han protagonizado la polémica en Madrid durante los últimos años.

En febrero pasado circularon por la capital una media de 1.045.898 vehículos únicos al día. De ese total, únicamente 11.309 correspondían a vehículos con clasificación A, lo que representa el 1,08% del parque móvil circulante. A pesar de lo reducido del porcentaje, la incertidumbre normativa ha generado una presión constante sobre sus propietarios desde que la Ordenanza de Movilidad Sostenible empezó a aplicarse de forma progresiva.
Quiénes podrán circular
La autorización que aprobará el Pleno de Madrid este mes afectará en primer lugar a los titulares de coches sin etiqueta ambiental que estén empadronados en la capital o que tributen el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) en el municipio. Podrán transitar por todo el término municipal y aparcar en las zonas del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) del barrio que les corresponda.
La nueva disposición también recoge otras excepciones ya existentes que se mantienen. Los vehículos históricos podrán circular sin etiqueta por la Zona de Bajas Emisiones hasta un máximo de 96 días al año. Los titulares de la tarjeta de movilidad reducida conservan su autorización permanente.

Los autónomos —o sociedades unipersonales— de 59 años o más con al menos el 50% de su flota compuesta por vehículos tipo A de más de 3,5 toneladas también tendrán acceso.
Igualmente, quienes deban trasladar a familiares a centros hospitalarios para tratamientos por enfermedad grave podrán solicitarlo por registro. Y aquellos que hayan comprado un coche nuevo de bajas emisiones pero no lo hayan recibido aún por motivos de fabricación gozarán de acceso temporal mientras dure la espera.
La condición que lo revoca todo
La autorización no es incondicional. Si alguna de las 24 estaciones de la red de calidad del aire madrileña rebasase los valores límite de dióxido de nitrógeno fijados por la Unión Europea, el periodo transitorio quedaría extinguido de forma automática y volverían las restricciones.
La buena noticia es que Madrid lleva cuatro años consecutivos —desde 2022— cumpliendo con la directiva europea, y los datos de enero y febrero de 2026 son los mejores de la serie histórica: ninguna estación ha superado los 33 microgramos por metro cúbico de NO₂.
Tres años de prórrogas
La historia de los coches sin etiqueta ambiental en Madrid es también la historia de una moratoria que se ha ido renovando bajo presión ciudadana. Las restricciones de la Ordenanza de Movilidad Sostenible —aprobada en septiembre de 2021— preveían que, a partir de 2024, los vehículos con clasificación A no empadronados en la capital no pudieran circular por las zonas de bajas emisiones.

A finales de 2023 se produjeron protestas de conductores que denunciaban la medida como una «multa a los pobres», argumentando que los vehículos más antiguos pertenecen mayoritariamente a trabajadores con menos recursos para renovar su parque móvil.
2024, el año de la primera prórroga
En diciembre de 2024, el concejal delegado de Movilidad, Borja Carabante, anunció la primera prórroga formal: los vehículos con clasificación A empadronados en Madrid podrían circular durante todo 2025 sin ser multados, aunque sí recibirían avisos informativos por carta.
El consistorio justificó la medida en razones de interés general y en la necesidad de conciliar la calidad del aire con la actividad económica. En diciembre de 2025 llegó la segunda prórroga, que extendió la autorización hasta el 31 de diciembre de 2026, sin garantías más allá de esa fecha.
El fin de la incertidumbre
La enmienda a la Ordenanza de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid que su Pleno aprobará en marzo de 2026 pone fin al ciclo de prórrogas anuales y convierte la autorización en indefinida, condicionada únicamente al cumplimiento de los estándares de calidad del aire.
Para los propietarios de coches sin etiqueta ambiental empadronados en Madrid, esto supone el fin de la angustia de no saber cada diciembre si podrán seguir usando su vehículo. El Grupo Municipal Popular, impulsor de la enmienda, defiende que los datos avalan la medida y que el modelo Madrid 360 ha demostrado ser compatible con la movilidad de los ciudadanos con menos recursos para renovar su vehículo.

La multa si no se cumple
Para los coches sin etiqueta ambiental no empadronados en el municipio o que no encajen en ninguna de las excepciones vigentes, la normativa es clara. El acceso no autorizado a la Zona de Bajas Emisiones de Madrid —que abarca los 21 distritos del municipio, incluida la M-30, considerada vía urbana— está sancionado con una multa de 200 euros, reducible a 100 euros por pronto pago.
La infracción está tipificada como grave desde el 21 de marzo de 2022, cuando el Gobierno central modificó la Ley de Tráfico para elevarla desde la categoría leve, que antes suponía tan solo 90 euros de sanción.
Guía rápida para circular sin etiqueta ambiental por Madrid
Te damos la lista de los vehículos sin etiqueta ambiental que podrán circular por Madrid sin riesgo de multa según la nueva normativa:
- Vehículos con clasificación ambiental «A» empadronados en Madrid o que tributen el IVTM en el municipio.
- Vehículos históricos, con un límite máximo de 96 días al año dentro de la ZBE.
- Vehículos de titulares con tarjeta de movilidad reducida, registrados en el sistema de gestión de accesos de la ZBE.
- Autónomos o sociedades unipersonales de 59 años o más cuya flota sea al menos en un 50% vehículos A de más de 3,5 toneladas.
- Titulares que deban trasladar a familiares a centros hospitalarios para tratamiento de enfermedad grave que impida usar otro medio de transporte (previa solicitud por registro).
- Propietarios que hayan comprado un vehículo nuevo de bajas emisiones pero no lo hayan recibido aún por motivos de fabricación (acceso temporal hasta la entrega).
- Vehículos de emergencias y Fuerzas Armadas, sin restricción.
