Coches oficiales

La DGT te quiere multar por esto que haces todos los días en el coche: la infracción que no conocías

Descubre cómo debes circular de manera adecuada y evitar multas.

fallo de la DGT:
La DGT cometió un fallo que es posible solucionarlo.

Hay formas de actuar al volante que los conductores son conscientes de ello, pero que casi ninguno las cumple. Como dice el Reglamento General de Circulación, cuando se conduce por la autovía, hay que hacerlo por el carril de la derecha, salvo cuando haya que adelantar a otro vehículo, momento en el que habrá que situarse en la vía de la izquierda hasta que lo sobrepasemos.

Otra de las excepciones que prevé el ordenamiento se produce cuando las propias circunstancias del tráfico o la vía lo aconsejen, como cuándo estamos en un atasco y los carriles se encuentran colapsados.

Aunque es una norma que es muy conocida, lo cierto es que suele ser de la que más omiten los pilotos, puesto que tienen la costumbre de usar indistintamente uno u otro carril para hacer el trayecto por la autovía.

Entre las razones que perpetuaron esta mala práctica, está el problema existente en su fiscalización y, por lo tanto, que se interpongan las sanciones.

Hace unos meses la cuenta oficial de la Dirección General de Tráfico recordó que se prohíbe «circular por el carril izquierdo y/o central sin necesidad», puesto que se «reduce la capacidad de la vía y propicia unas maniobras peligrosas»como sucede con los adelantamientos por la derecha.

En la propia publicación, lo que decía la DGT era que la manera correcta era usando «el carril derecho» y también insistió en el que el límite de velocidad es el mismo en la totalidad de carriles.

En el tuit de la DGT se acompañaba un vídeo en el que se veía un dron con una serie de vehículos que usan el carril izquierdo y el central de la autovía para poder circular.

¿Qué multa hay por circular por el carril incorrecto?

Multas, DGT,
Multas por infringir las normas de tráfico.

Circular injustificadamente por los carriles derecho e izquierdo se tipifica en el Reglamento General de Circulación como una infracción grave y la sanción ascenderá hasta los 200€ de multa.

¿Qué nuevas medidas se quieren implantar para 2025?

Vamos con ellas:

1) Prohibición de adelantar cuando hay hielo y nieve en la vía

En el artículo 31 del RGC se habla del uso de los carriles, fuera de poblado, en las calzadas que tienen más de un carril en el mismo sentido de la marcha.

Si hace mal tiempo, cuando veas que aparece el hielo o la nieve en la carretera, se añadirá otro punto que va a indicar que está prohibido el adelantamiento para todos los vehículos, y permanecer circulando en el carril derecho para que sea más fácil el trabajo de los vehículos de emergencia y quitanieves.

Conducir cuando hay hielo o nieve

Con estos cambios lo que queremos es hacer más fácil el trabajo de los servicios de mantenimiento de la vía y que las condiciones para circular que sean buenas, aunque haya malas condiciones meteorológicas, como nos explican en la DGT.

Un pasillo para emergencias cuando hay atascos

En el mismo artículo 31 se añadirá un apartado en concreto donde se va a concretar que los conductores de las autovías y autopistas que se encuentren detenidos o vayan despacio debido a una retención tienen que ceder el paso a los coches de emergencias al abrirse hacia los lados de las carreteras.

Cuando estés en una vía de dos carriles en un mismo sentido, los del derecho deberán estar a la derecha y los del izquierdo a su izquierda.

Si te encuentras en una vía de tres, los que están en el carril izquierdo a la izquierda y los del central y derecho a la derecha.

Hay que guiarse por el sentido común y facilitar los accesos dependiendo de la dirección por la que venga el coche de emergencias. El principal objetivo es que se cree un pasillo para poder pasar rápidamente.

Las normas actuales lo que ocurre es que no concretan el procedimiento que deben llevar los conductores, puesto que solo establecen la prioridad de los vehículos de emergencias cuando se encuentran con una urgencia.

Las motos pueden circular por el arcén sin superar los 30 km/h en atascos

El artículo 36 del RGC, habla del uso de los arcenes que deben hacer los conductores, donde contará con un punto añadido en el que se va a permitir a las motos la circulación por el arcén de la derecha en toda clase de vías donde haya retenciones de circulación con dos condiciones:

  • No ir a más de 30 km/h.
  • El respeto de la prioridad de los vehículos que estarán obligados a la circulación por el arcén, entre los que la DGT tiene especial atención  a las bicicletas.

Las ambulancias y las grúas deben ir por el arcén

Lo mismo que el punto que hemos mencionado anteriormente, se autorizará a los vehículos prioritarios y de auxilio en las vías públicas a la circulación por el arcén, siempre que se encuentren en una urgencia, cumpliendo dos condiciones:

  • Usar señales luminosas.
  • No ir a más de 30 km/h (salvo los vehículos prioritarios).

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