Adiós a llevar tu moto en un remolque: la DGT está multando por no llevar este elemento obligatorio
Cuando se engancha un remolque al coche para, por ejemplo, transportar una moto, es necesario cumplir con una serie de obligaciones, tal y como determina el Reglamento General de Circulación (RGC). Una de las más relevantes es llevar un extintor, según se se recoge en el Anexo XII del Reglamento General de Vehículos: «Los vehículos de motor y los conjuntos de vehículos en circulación deben llevar los siguientes accesorios, repuestos y herramientas: … y los conjuntos de vehículos no especiales, deberán llevar, además de la dotación que se establece en el apartado 1 a) y b), un equipo homologado de extinción de incendios, adecuado y en condiciones de uso». Respecto a la rueda de repuesto del remolque, aunque recomendable, no es obligatorio llevarla.
Normas para vehículos con remolque
«Circular con un remolque enganchado requiere cierta práctica y ser cuidadoso al volante. Porque hacia delante todo es relativamente fácil, pero la conducción puede complicarse cuando hay que hacer ciertas maniobras «tirando» de un remolque, especialmente si es pesado o voluminoso, o ambos. Es fundamental adaptar la conducción a las condiciones del remolque que arrastremos: las características del vehículo tractor, las dimensiones y el peso del remolque, la velocidad de circulación o las condiciones atmosféricas son factores a considerar, pues afectan directamente a la estabilidad y la seguridad en la circulación del conjunto», detalla la DGT.
Lo que se necesita para conducir con remolque comienza por la bola de enganche, que puede ser fija o retráctil. La fija suele costar alrededor de 400 euros, mientras que la retráctil puede alcanzar aproximadamente los 600 euros. También es obligatoria la cadena de seguridad, que debe colocarse al enganchar el remolque para garantizar que permanezca unido al vehículo en caso de fallo del enganche principal.
Otro elemento clave es el cable de luces, que se conecta al enchufe instalado junto a la bola del coche. Gracias a él, el remolque dispone de iluminación completa, incluyendo luces de freno, posición, cruce, marcha atrás, intermitentes y antiniebla, además de los catadióptricos obligatorios.
En cuanto a la ITV, los remolques ligeros no pasan inspección de forma independiente, aunque deben estar reflejados en la ITV del vehículo. Tras la instalación, es necesario legalizarla en un plazo aproximado de 15 días para que conste en la tarjeta ITV del coche, ya que, de lo contrario, puede conllevar sanción. Los remolques pesados y semirremolques sí deben pasar su propia ITV.
Respecto al seguro, en el caso de remolques ligeros es obligatorio informar a la aseguradora, al igual que la instalación de la bola de enganche. En cambio, los remolques pesados requieren un seguro independiente.
La matrícula también varía según el tipo de remolque. En los ligeros se coloca una copia de la matrícula del coche en la parte trasera del remolque, mientras que los pesados llevan matrícula propia de color rojo con la letra «R», además de la del vehículo tractor. Sólo es necesario instalar retrovisores adicionales si el remolque limita el campo de visión del conductor.
Por último, es imprescindible contar con la documentación del remolque, que incluye la ficha técnica, el documento de instalación de la bola de enganche y, en el caso de remolques pesados, el permiso de circulación.
En autopistas y autovías, la velocidad máxima permitida es de 90 km/h. En carreteras convencionales, el límite baja a 80 km/h. En zonas urbanas, dependerá del tipo de vía, situándose normalmente entre 30 y 50 km/h.
Carnet de conducir
- Carnet B: permite llevar un remolque que no supere los 750 kg de MMA, es decir, un remolque ligero. Por ejemplo, si se transporta una moto en remolque con un turismo.
- Carnet B + autorización B-96: es necesario cuando el remolque tiene una MMA superior a 750 kg, el vehículo no excede los 3.500 kg y el conjunto no supera los 4.250 kg. Por ejemplo, en el caso de transportar un remolque con un caballo junto a un coche.
- Carnet B + E: se requiere si se arrastra un remolque de hasta 3.500 kg, siempre que el vehículo tractor no supere los 3.500 kg. Éste sería el caso de un turismo que remolca una caravana de grandes dimensiones.
Normativa
El artículo 14 del Reglamento General de Circulación establece que «la carga transportada en un vehículo, así como los accesorios que se utilicen para su acondicionamiento o protección, deben estar dispuestos y, si fuera necesario, sujetos de tal forma que no puedan: a) arrastrar, caer total o parcialmente o desplazarse de manera peligrosa; b) comprometer la estabilidad del vehículo; c) producir ruido, polvo u otras molestias que puedan ser evitadas; d) ocultar los dispositivos de alumbrado o de señalización luminosa, las placas o distintivos obligatorios y las advertencias manuales de sus conductores. 2. El transporte de materias que produzcan polvo o puedan caer se efectuará siempre cubriéndolas total y eficazmente. 3. El transporte de cargas molestas, nocivas, insalubres o peligrosas, así como las que entrañen especialidades en su acondicionamiento o estiba, se atendrá, además, a las normas específicas que regulan la materia».
