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Josep Santacana espera su tercer hijo mientras su divorcio con Sánchez Vicario sigue en el limbo

osep Santacana, el todavía marido de Arantxa Sánchez Vicario está esperando la llegada de su tercer hijo

El empresario mantiene una relación sentimental con una mujer cuya indentidad no ha trascendido

Santacana ya es padre de de Arantxa y Leo, los dos vástagos que tuvo con Vicario

Josep Santacana, bebé Josep Santacana, Sánchez Vicario
Josep Santacana, por las calles de Barcelona. (Foto: Gtres)
Marta Menéndez
  • Marta Menéndez
  • Televisión, Moda y Corazón. Graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad de Lleida. Antes, redactora y locutora de informativos en la 'Cadena SER' y redactora de Cultura y nuevas tendencias en 'El Independiente'.
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Josep Santacana, el todavía marido de Arantxa Sánchez Vicario está esperando la llegada de su tercer hijo fruto de su actual relación sentimental con una mujer cuya vida se mantiene alejada del foco mediático si bien se conoce que respondería al nombre de Raquel. El catalán, cabe destacar, ya es padre de Arantxa y Leo, de quince y doce años, respectivamente, los dos vástagos que tuvo con Vicario.

La noticia sido confirmada hace escasas horas por el programa Juntos del canal de televisión español de ámbito autonómico que emite en la Comunidad de Madrid; y llega en pleno proceso judicial entre Josep Santacana y Arantxa Sánchez Vicario por su divorcio, así como por sus problemas en relación a temas económicos. Aunque se separaron en 2018, legalmente, la ex tenista y el empresario siguen casados. En 2019, parecía que ambos habían formalizado el divorcio en España, pero Arantxa Sánchez Vicario solicitó que el proceso se trasladara a Estados Unidos, donde reside con sus hijos y es obligatorio que las partes muestren sus finanzas y todos los registros relacionados con ingresos y gastos.

Josep Santacana, bebé Josep Santacana, Sánchez Vicario

Josep Santacana y su actual pareja, en Barcelona. (Foto: Gtres)

En este sentido, el próximo 20 de junio se espera que Santacana presente todos sus documentos financieros ante el juez. La ya ex pareja comenzó su relación en 2007 y tan solo un año después se dio el Sí, quiero en una ceremonia celebrada en el emblemático castillo Perelada, el que fue centro del condado de Perelada en Gerona. En 2009 nació su primera hija, Arantxa, y, en 2011, Leo. La custodia de los hijos en común de Sánchez Vicario y Santacana se resolvió en un proceso diferente, aunque la manutención también fue disputada de acuerdo a los documentos judiciales a los que ha tenido acceso el medio antes citado. 

El otro proceso de Sánchez Vicario y Josep Santacana

La paternidad de Josep Santacana, más allá de lo anterior, llega apenas unos meses después de que un juzgado de Barcelona condenara a la ex pareja a prisión y a una multa por el presunto alzamiento de bienes contra el Banco de Luxemburgo. El caso, cabe recordar, tiene su origen en 2009. Sánchez Vicario fue condenada por el Tribunal Supremo a pagar una multa de 5,2 millones de euros después de declarar tener su lugar de residencia en Andorra. Hacienda la multó tras considerar que su afirmación no era cierta y pidió un aval para pagar la multa, que nunca llego a abonarse. Según reza el acto de acusación, la tenista actuó «bajo las consignas» de su ex marido y juntos, «idearon un plan consistente en descapitalizar su numeroso patrimonio, frustrando de este modo el cobro de dicha cantidad».

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Josep Santacana, por las calles de Barcelona. (Foto: Gtres)

En la resolución, la juez del Juzgado de lo Penal número 25 de la Ciudad Condal condenó a la ex tenista a dos años de prisión y una cuantiosa multa, mientras que la condena para Josep Santacana fue de 3 años y 3 meses de prisión y otra sanción económica.

La pena del empresaro es mayor que la de la tenista por el Juzgado estableció que «resulta sobradamente acreditado que fue la persona que gestionó el patrimonio de su mujer desde que en noviembre de 2009 se hiciera con el control del mismo, y que ideó y llevó a cabo las operaciones de despatrimonialización que comportaron la imposibilidad de pagar la deuda contraída con la querellante».

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