El Supremo teme que no podrá sentar a Ponsatí en el banquillo porque la amnistía de Sánchez se adelantará
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Magistrados del Tribunal Supremo prevén que no les dará tiempo a juzgar a la eurodiputada de Junts Clara Ponsatí por un delito de desobediencia porque, explican, antes entrará en vigor la ley de la amnistía. Y es que todavía hay varios trámites pendientes como presentar alegaciones, abrir juicio oral, entregar escritos de acusación y fijar la fecha de la vista, para entonces, concluyen, «el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ya habrá diseñado y aprobado una ley que extinga el delito cometido en el procés».
La Fiscalía del Tribunal Supremo solicitó a la Sala de lo Penal hace una semana que abra juicio oral para que Ponsatí sea condenada por un delito de desobediencia, tal y como adelantó OKDIARIO. El Ministerio Público envió al Alto Tribunal dicha petición para continuar con el proceso después de que el instructor, Pablo Llarena, dictase el pasado julio un auto de conclusión de sumario contra la ex consejera catalana por los delitos cometidos durante la celebración del referéndum ilegal del 1 de octubre.
Llarena puso fin a las pesquisas, al considerar que ya no precisaba ninguna indagación más, cuando Ponsatí fue detenida el 24 de julio después de que ella misma anunciara en sus redes sociales que se encontraba en Barcelona, a pesar de la orden de busca y captura nacional que pesaba en su contra.
El magistrado acordó que fuera el Juzgado de Guardia de Barcelona quien la tomara declaración para comunicarle su procesamiento por desobediencia y poder continuar así el procedimiento penal en su contra.
La ex consejera se acogió a su derecho a no declarar, tras lo cual quedo libre, tal y como había dispuesto el instructor del procés, aunque con la imposición de designar domicilio en España para recibir notificaciones judiciales.
Segunda detención
Se trata de la segunda vez que Ponsatí es detenida en Barcelona por orden del Supremo. Ya lo fue el 28 de marzo y entonces fue puesta en libertad con la obligación de que acudiera a declarar ante Llarena el 24 de abril, pero se ausentó alegando, primero, que tenía trabajo en la Eurocámara y, segundo, que estaba amparada por su inmunidad como eurodiputada.
Tras este plantón, el instructor volvió a dictar orden de busca y captura nacional contra Ponsatí con el único objetivo de que pueda comunicarle su procesamiento por un delito de desobediencia y continuar así el procedimiento penal en su contra, que hasta el pasado marzo estaba paralizado por encontrarse prófuga en Bruselas.
Llarena resolvió que había faltado a su cita con el Supremo «injustificadamente», al considerar que se podían haber buscado fórmulas para que compareciera incluso desde Estrasburgo; mientras que la segunda cuestión planteada por Ponsatí la contestó el Tribunal General de la UE (TGUE) el pasado 5 de julio al levantar la inmunidad que retenían cautelarmente la ex consejera, el también ex consejero Toni Comín y el ex presidente catalán Carles Puigdemont.
De esta forma, el TGUE despejó el camino para que Llarena, previa petición de los fiscales del procés, pueda reactivar las euroórdenes contra Puigdemont y Comín. No obstante, en el caso de Ponsatí ya no es posible porque ha quedado procesada por un delito sin cárcel tras la reforma del Código Penal, mediante la cual Sánchez derogó el delito de sedición y modificó la malversación.
Cuestión de inconstitucionalidad
Es cierto que la futura ley de la amnistía puede tardar en aplicarse a los condenados y procesados por el referéndum ilegal. Tal y como publicó este periódico, la Fiscalía del Supremo solicitará al tribunal y al instructor del 1-O, Pablo Llarena, que eleven una cuestión de inconstitucionalidad ante la Corte de Garantías antes de aplicar la futura ley en la que ya trabaja el Gobierno.
Este recurso sí paralizará la aplicación de la amnistía y los prófugos como Carles Puigdemont o Clara Ponsatí así como los condenados por el procés con penas de inhabilitación pendientes –Oriol Junqueras, Jordi Turull, Raül Romeva y Dolors Bassa– no se beneficiarán de dicha ley hasta el Tribunal Constitucional, presidido por Cándido Conde-Pumpido, se pronuncie. Pero sus causas no continuarán su curso, sino que quedarán en stand by, por lo que material es imposible que dé tiempo a que los huidos lleguen a sentarse en el banquillo de los acusados.
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