El auto que explica el varapalo judicial de Rocío Carrasco en 5 claves
Look ha tenido acceso al auto de la Auencia en el que la jueza explica los razonamientos por los que se archiva la denuncia de malos tratos de Rocío Carrasco contra Antonio David.
Look ha tenido acceso al auto de la Audiencia en el que Antonio David queda exculpado del delito de malos tratos por el que Rocío Carrasco le denunció. A continuación desgranamos los puntos más destacados de la misma:
No hay indicios suficientes
«No puede considerarse que existan indicios suficientes de comisión de delito como para considerar que se proceda a la continuación del procedimiento». Palabras con las que explican que lo aportado no vale para condenar al acusado.
No hay plan organizado
Aunque, según Rocío Carrasco, las lesiones psíquicas que padece estarían provocadas por un plan organizado y premeditado por parte de Antonio David Flores, la Audiencia no comparte esta opinión. Mientras la juzgadora de primera instancia sí consideraba que los constantes procedimientos judiciales e intervenciones públicas tanto en revistas del corazón como en programas, sí eran indicios, en esta ocasión no se consideran actos de maltrato. «En absoluto pueden considerarse actos de maltrato que el denunciado haya venido interponiendo demandas en relación con la custodia de los hijos menores habidos en común, cuando lo haya considerado conveniente para defender sus intereses (…) Han sido numerosas las veces que ambas partas, y no solo el denunciado han acudido a los tribunales con demandas en relación con los hijos habidos en común, por derecho al honor por parte de la perjudicada o por pago de pensiones».
La supuesta manipulación a sus hijos
Mientras Rocío considera que Antonio David ha manipulado a sus hijos para que tengan mala relación con ella, la Audiencia dice que ese hecho no se le puede atribuir a él. «Hechos que en absoluto han resultado acreditados», dicen en el Auto.
El informe es incompleto
Por otro lado, se considera que solo se ha contado con la documentación y declaraciones de la denunciante, por lo que para la Audiencia faltan partes para analizar. «No se ha procedido a evaluar ni al investigado ni a otros miembros de la familia, lo que puede llevar a considerar que aunque el informe sea muy exhaustivo podría resultar incompleto al haberse contado únicamente para su elaboración con la versión de la perjudicada», apuntan.
Desfase de tiempo
También señalan «la tardanza en denunciar esa situación que dataría de 2011, no siendo hasta 2017 cuando se formula la denuncia que daría lugar a las presentes actuaciones».
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