Conducir DGT

La multa de 200 euros que te puede poner la DGT este invierno si no llevas este equipamiento en el coche

DGT invierno

El Real Decreto 465/2025, de 10 de junio, introdujo una actualización del Reglamento General de Circulación mediante la aprobación de un nuevo catálogo oficial de señales de tráfico, que entró en vigor el 1 de julio de 2025. Según recoge el texto publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), entre las nuevas señales circunstanciales se incluyen dos relacionadas con la conducción durante el invierno: una que establece la obligación de utilizar cadenas o neumáticos de invierno y otra que exige el uso de neumáticos de invierno.

Esta normativa presenta una diferencia importante respecto al sistema que se aplica en otros países, como Alemania. En el país germano, la obligación de llevar neumáticos de invierno depende de las condiciones meteorológicas y del estado de la carretera, independientemente del tipo de vía. En España, por el contrario, la obligatoriedad sólo se aplica cuando la DGT coloca alguna de estas señales, algo habitual en determinados tramos de montaña.

¿Cuándo son obligatorios los neumáticos de invierno?

Cuando una señal obliga a circular con cadenas o neumáticos de invierno, el conductor puede elegir entre ambas opciones. La DGT considera que los neumáticos con el distintivo alpino 3PMSF, representado por una montaña con un copo de nieve, son equivalentes a los neumáticos de invierno, aunque también admite el certificado M+S en situaciones menos exigentes.

«El neumático de invierno aumenta el control del vehículo y la movilidad gracias a sus características especiales en cuanto a los compuestos de su goma y la escultura de la banda de rodadura. Ofrece mejor capacidad para iniciar el movimiento de un vehículo (tracción), mantener la trayectoria (adherencia) o detener el movimiento (frenada) que un neumático estándar no sólo con asfalto seco y temperaturas bajas, sino cuando estamos frente a una carretera húmeda, cuando llueve o cuando en la calzada hay hielo o nieve», asegura José Luis Rodríguez, director general de Afane.

Respecto a las cadenas, existen diferentes tipos para circular con nieve. Las metálicas ofrecen un buen agarre y tienen un precio más económico, aunque resultan más difíciles de colocar y generan más ruido. Por su parte, las textiles destacan por su facilidad de montaje y comodidad, pero son menos resistentes cuando se circula sobre asfalto sin nieve.

Las cadenas mixtas o compuestas ofrecen un equilibrio entre agarre y facilidad de instalación, aunque su precio es más elevado, por lo que resultan interesantes para quienes circulan habitualmente por zonas frías. Por último, las cadenas tipo araña son muy fáciles de colocar una vez instaladas sus fijaciones, pero ocupan más espacio y tienen un coste superior. Son una alternativa para vehículos con poco espacio entre la rueda y los componentes del paso de rueda.

Circular sin cadenas o sin neumáticos de invierno cuando su uso es obligatorio puede suponer una multa de hasta 200 euros, sin retirada de puntos del permiso. Además, los agentes de tráfico pueden inmovilizar el vehículo o impedir que continúe circulando hasta que las condiciones de la carretera permitan hacerlo con seguridad.

Código de colores

La DGT utiliza un código de cuatro colores para informar sobre el estado de las carreteras cuando nieva: verde, amarillo, rojo y negro. Cada nivel indica el grado de dificultad para circular y establece distintas restricciones y recomendaciones para los conductores. El verde señala que empieza a nevar y permite circular, aunque con precaución y una velocidad máxima de 100 km/h en autopistas y autovías y de 80 km/h en el resto de vías. El amarillo indica que la nieve empieza a cubrir parcialmente la calzada, por lo que se debe extremar la precaución y no superar los 60 km/h.

Cuando la carretera alcanza el nivel rojo, la calzada está cubierta de nieve y solo pueden circular los vehículos que llevan cadenas o neumáticos adecuados, con una velocidad máxima de 30 km/h. Por último, el nivel negro indica que la vía está intransitable y prohíbe la circulación. En este caso, los conductores deben detenerse en un lugar seguro.

Actualización del Reglamento General de Circulación

Desde el 1 de octubre de 2026, en autopistas y autovías, está prohibido adelantar cuando la circulación se ve dificultada por la nieve. En estas circunstancias, los conductores dejan libre el carril izquierdo para facilitar el paso de los vehículos de emergencia y las quitanieves.

Si se produce una retención y los vehículos circulan muy despacio o permanecen detenidos, deben apartarse para habilitar un carril de emergencia que permita avanzar a los servicios prioritarios. En las vías de dos carriles, los vehículos se desplazan hacia ambos lados y dejan libre el espacio central. En las de tres carriles, los que circulan por el izquierdo se orillan a la izquierda, mientras que los del central y derecho lo hacen hacia la derecha.

Por otro lado, los conductores que adelantan a vehículos inmovilizados por un accidente, una avería, trabajos de auxilio, mantenimiento o regulación del tráfico deben mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros. Además, tienen que reducir la velocidad al menos 20 km/h por debajo del límite máximo permitido en ese tramo.

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