Caza Lobo ibérico

Los ecologistas gallegos obligan al Constitucional a pronunciarse sobre la desprotección del lobo

El TSXG lleva al Constitucional la ley que sacó al lobo del listado de especies protegidas

El TSXG suspende el contencioso contra la Xunta mientras el Constitucional estudia el caso

Frente al avance histórico del LESPRE, la Ley 1/2025 eliminó la protección del lobo sin base científica

El lobo ibérico aparece catalogado como «Vulnerable» en la Lista Roja nacional de mamíferos

lobo ibérico constitucional
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Antonio Quilis
  • Antonio Quilis
  • Periodista especializado en información medioambiental desde hace más de 20 años y ahora director de OKGREEN en OKDIARIO. Anteriormente director de El Mundo Ecológico. Colaborador en temas de medioambiente, ecología y sostenibilidad en Cadena Ser.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha elevado al Tribunal Constitucional una cuestión de inconstitucionalidad contra dos disposiciones de la Ley 1/2025, de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario. Esas disposiciones —la Disposición final decimonovena y la Disposición adicional octava— introdujeron la exclusión del lobo ibérico del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESPRE) al norte del Duero, rebajando drásticamente su nivel de protección.

La decisión llega a instancias del Fondo para la Protección del Lobo Ibérico y de Ecoloxistas en Acción, que recurrieron ante el TSXG la resolución de la Xunta de Galicia que autorizaba controles de la especie durante la temporada de caza 2025/2026. El tribunal gallego ha estimado parcialmente sus peticiones y ha acordado suspender provisionalmente las actuaciones del procedimiento contencioso-administrativo hasta que el alto tribunal se pronuncie sobre la admisión a trámite.

El TSXG ya había acordado en septiembre de 2025 la suspensión cautelar de las autorizaciones de caza de lobo. La resolución de vedas para la temporada 2025/2026 ya no incluye al lobo como especie cinegética.

La maniobra legislativa

El núcleo del auto radica en la forma en que se produjo la modificación del LESPRE. El TSXG señala que la rebaja de protección del lobo se introdujo mediante enmiendas en una ley de naturaleza completamente diferente, lo que plantea dudas sobre los requisitos de homogeneidad y congruencia exigidos en el procedimiento legislativo.

El tribunal advierte que se prescindió de los trámites administrativos reglados y de los informes técnicos preceptivos previstos para modificar el LESPRE, utilizando el rango normativo legal para eludir esos controles. En palabras de los magistrados, el legislador «ha asumido, mediante una ley, funciones que correspondían —y de hecho siguen correspondiendo— a la Administración General del Estado».

Este atajo legislativo, según el auto, repercute en las posibilidades de impugnación de las asociaciones ambientalistas que quieran cuestionar la rebaja de protección de la especie, afectando al derecho a la tutela judicial efectiva y a los derechos de participación pública reconocidos en el Convenio de Aarhus.

Tres ejes constitucionales

La cuestión elevada al Constitucional se sustenta en tres pilares. El primero es la posible vulneración del principio de interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos y de seguridad jurídica, recogido en el artículo 9.3 de la Constitución, en relación con los requisitos exigibles a las leyes singulares.

El segundo es el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva del artículo 24.1 de la Constitución, en conexión con los derechos de participación pública y acceso a la justicia en materia medioambiental. El tercero es el artículo 45 de la Constitución —el derecho a un medioambiente adecuado—, en relación con el principio de actuación conforme a la mejor evidencia científica disponible y el principio de no regresión del estándar ambiental.

Este último principio cobra especial relevancia: la rebaja del nivel de protección del lobo ibérico podría suponer una regresión ambiental sin motivación suficiente ni ponderación acreditada de los datos científicos, según recoge el auto.

Estado de conservación

La decisión del TSXG adquiere mayor peso si se considera la situación real de la especie. Según datos del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, el lobo ibérico presenta un estado de conservación desfavorable-inadecuado en las tres regiones biogeográficas donde está presente en España: la mediterránea, la atlántica y la alpina.

Precisamente por ello, su inclusión en el LESPRE había sido calificada por las organizaciones conservacionistas como un avance histórico. La Ley 1/2025 revirtió esa situación y abrió la puerta a la caza del lobo al norte del Duero, sin justificación científica alguna, según denuncian los ecologistas.

Las enmiendas que introdujeron esta modificación fueron impulsadas en el Senado mediante un acuerdo entre PP, Vox, Junts y PNV, lo que las organizaciones recurrentes califican de intento de desmantelar décadas de protección del lobo por vía de extramuros.

ojo lobo ibérico

Las ecologistas celebran el auto

Ernesto Díaz, portavoz del Fondo para la Protección del Lobo Ibérico, celebró que el TSXG «entendió que la maniobra política de incluir la desprotección del lobo en una ley sobre el desperdicio alimentario no sólo es arbitraria, sino que puede ser inconstitucional», y confió en que el Tribunal Constitucional «esté a la altura y restablezca la protección de una especie clave para nuestros ecosistemas».

Cristóbal López, portavoz de Ecoloxistas en Acción, subrayó que el auto «demuestra que la justicia empieza a poner freno a los ataques a la biodiversidad» y remarcó que «no se puede legislar contra la ciencia y contra el medioambiente». Los abogados de las organizaciones, Jaime Doreste y Sara González Merinero, destacaron que el auto «no solo cuestiona el fondo de la medida, sino el propio proceso que la hizo posible, con evidentes vicios de participación y transparencia».

González Merinero, especialista en Derecho Ambiental, señaló que la vinculación de la cuestión con el Convenio de Aarhus «abre una vía de gran calado» y advirtió de que el fallo «puede sentar las bases para futuras impugnaciones de normas que pretendan desmantelar la protección ambiental por la vía de extramuros».

Próximos pasos

El Tribunal Constitucional deberá pronunciarse ahora sobre la admisión de la cuestión. Si la admite, abrirá un procedimiento que podría anular los preceptos cuestionados de la Ley 1/2025, restituir la protección del lobo ibérico a nivel estatal y dejar sin cobertura legal las autorizaciones de caza como las de la Xunta de Galicia.

Las organizaciones ecologistas han anunciado que mantendrán su presión jurídica y social, tanto a nivel nacional como europeo, para garantizar que el lobo ibérico recupere su estatus de protección y que su gestión se base en criterios exclusivamente científicos.