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Qué significa la señal de tráfico roja con una raya negra en el centro (R-200): muchos conductores no lo saben

Señal R-200
Señal R-200.

La R-200 es una señal de tráfico de forma circular, con borde rojo y una franja negra horizontal en el centro. Según la DGT, un 54% de los aspirantes suele confundirla en el examen, ya que creen que indica «circulación prohibida» o el inicio o fin de un peaje. Sin embargo, su verdadero significado es distinto y no está relacionado con esas interpretaciones habituales.

En realidad, esta señal indica «obligación de detenerse sin excepción antes de continuar la marcha». Es decir, no se refiere a si se puede o no circular por una vía concreta, sino que exige parar obligatoriamente en el punto señalado. Tal y como explica la DGT en su web, «indica que debemos detenernos en una aduana, un puesto de peaje o un control policial, según lo que se especifique en la propia señal o en un panel complementario». El incumplimiento de esta norma puede conllevar una sanción de hasta 200 euros.

Significado de la señal R-200

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Esta señal obliga a los conductores a detener completamente el vehículo antes de reanudar la marcha. No significa que esté prohibido el paso, sino que es necesario efectuar una parada obligatoria en el punto indicado. Por este motivo, es habitual encontrarla en puestos de aduana, peajes, accesos controlados, controles policiales fijos, zonas fronterizas o áreas de seguridad, así como en recintos portuarios o en cualquier lugar donde sea necesario esperar a que se autorice el paso mediante una barrera o un sistema de control.

También puede aparecer frente a edificios o espacios vigilados donde sea necesario verificar el acceso de los vehículos antes de permitir la entrada. Por eso, tanto estudiantes como conductores con experiencia pueden confundirla con un peaje o incluso con una prohibición de circular en determinadas zonas. Es importante tener claro que, aunque esta señal obliga a detener el vehículo, se puede continuar la marcha una vez finalizado el control indicado por la propia señal o por el panel complementario que la acompañe.

Ignorar esta señal se puede una infracción de tráfico. La normativa establece que el conductor está obligado a detener completamente el vehículo cuando se encuentre ante esta indicación, por lo que continuar la marcha sin realizar la parada puede acarrear una sanción de hasta 200 euros.

Nuevas señales

El nuevo Reglamento General de Circulación trae consigo nuevas señales, que pronto iremos viendo en calles y carreteras. Esta «actualización» de la señalización cumple varios fines. El primero es «adecuar aspectos de la señalización, en especial algunos de mayor antigüedad, a cambios en el ámbito de la movilidad, en especial en lo relacionado a modificaciones en cuanto a tecnología de los vehículos y otros aspectos de forma que siga manteniendo el máximo nivel como sistema semiótico garantizando la adecuada comprensión por parte de todos los usuarios para garantizar la Seguridad Vial y los desplazamientos eficientes», explica Ana Blanco, subdirectora adjunta de Circulación en la Dirección General de Tráfico (DGT).

Asimismo, se busca mantener «la señalización como instrumento básico para la Seguridad Vial de forma que transmita fácilmente información de interés sin generar mensajes o significados confusos, siguiendo los principios de la Convención de Viena». Para ello, «se han modificado diseños, eliminado señales e introducido otras nuevas, tanto verticales como circunstanciales, así como marcas viales».

  • P-33 Visibilidad reducida: Peligro por la proximidad de un tramo en el que frecuentemente la circulación se ve dificultada por una pérdida notable de visibilidad debida a niebla, lluvia, nieve, humos, etc. (Se ha cambiado para evitar la posible confusión con, por ejemplo, posibles caídas de objetos o piedras).
  • R-120 Entrada prohibida a vehículos en función de distintivo ambienta u otros criterios ambientales. Prohibición de acceso a vehículos en función de su distintivo ambiental u otros criterios ambientales que se establezcan. Las condiciones se especificarán en un panel complementario S-860 o en un cartel en el que se incluya la señal, haciendo referencia en su caso a la clasificación de cada vehículo en función de su distintivo ambiental, según lo establecido reglamentariamente.
  • S-47 Zona de coexistencia. Indica una zona de circulación que está destinada en primer lugar a los peatones y en la que se aplican las normas especiales de circulación siguientes: la velocidad máxima de los vehículos será de 20 km/h; la circulación está compartida entre vehículos, ciclistas y peatones; los peatones tienen prioridad, pueden usar toda la zona de circulación y por tanto no se señalizan pasos peatonales; los ciclos y, en su caso, los VMP pueden circular en ambos sentidos, salvo que la autoridad competente establezca lo contrario; los vehículos pueden estacionarse únicamente en los lugares designados por señales o por marcas; los juegos y los deportes no están autorizados.

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