La DGT endurece las normas para los ciclistas: qué cambios entran en vigor y en qué casos pueden multarte hasta con 500 euros
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha incorporado nuevas normas al Reglamento General de Circulación, que están en vigor desde el pasado 1 de octubre. El principal objetivo de estas medidas es dar prioridad a los «usuarios vulnerables», entendiendo como tal a los peatones, ciclistas, motoristas y usuarios de patinetes eléctricos. Se trata de los colectivos que, en caso de sufrir un accidente de tráfico, tienen más probabilidades de sufrir lesiones graves.
Asimismo, circular con una bicicleta «trucada» para incorporar un motor eléctrico puede constituir una infracción muy grave, sancionada con una multa de 500 euros. Es precisamente lo que ha denunciado la Policía Local de Maracena (Granada), que ha impuesto una sanción a un ciclista que circulaba a más de 50 kilómetros por hora después de instalar en su bicicleta un dispositivo de fabricación casera.
Nuevas normas de la DGT para los ciclistas
En las vías interurbanas, el uso del casco es obligatorio para todos los ciclistas, sin que se mantengan las exenciones que existían hasta ahora. Además, cuando un vehículo adelante a una bicicleta, debe reducir su velocidad al menos 20 km/h por debajo del límite establecido en esa vía y respetar una distancia lateral mínima de 1,5 metros. Si la carretera cuenta con más de un carril por sentido, es obligatorio cambiar completamente de carril para realizar el adelantamiento.
Por su parte, en las vías urbanas, los ciclistas deben circular preferentemente por el centro del carril. Asimismo, los vehículos a motor tienen que mantener una distancia de seguridad mínima de cinco metros respecto a las bicicletas que circulen delante por el mismo carril. Finalmente, se permite que las bicicletas circulen en ambos sentidos por vías de un único carril cuya velocidad máxima esté limitada a 30 km/h, siempre que la señalización correspondiente lo autorice.
«En caso de utilizar bicicletas, VMP, ciclomotores o motocicletas para desarrollar una actividad profesional, será obligatorio el uso de casco y chaleco reflectante en todo momento», recuerda la DGT.
Pasos de peatones
Otra de las novedades del Reglamento General de Circulación es la prohibición de cruzar los pasos de peatones sin bajarse de la bicicleta. Aunque se trata de una práctica bastante frecuente en las ciudades, constituye una infracción grave cuya sanción asciende a 200 euros.
La normativa considera que la bicicleta es un vehículo mientras está en circulación. Por este motivo, los ciclistas no pueden comportarse como los peatones ni utilizar los espacios reservados exclusivamente para ellos. Esto implica que tampoco está permitido circular en bicicleta por las aceras, ya que están destinadas al tránsito de personas a pie.
Teniendo esto en cuenta, para cruzar los de peatones, los ciclistas deben bajarse de la bicicleta y caminar junto a ella, sujetándola por el manillar. La excepción se encuentra en aquellos lugares que dispongan de un paso específico para bicicletas, paralelo al de peatones y debidamente señalizado.
Por último, la DGT recuerda que «mientras conducimos una bici está totalmente prohibido usar el teléfono móvil. También están prohibidos los auriculares conectados a receptores o reproductores de sonido. Los auriculares limitan la capacidad auditiva y pueden provocar distracciones».
Maniobras
Para realizar un giro a la derecha, el ciclista debe colocarse lo más cerca posible del borde derecho de la calzada, reducir la velocidad y comprobar previamente que puede efectuar la maniobra sin peligro.
Para señalizar el giro, puede utilizar el brazo izquierdo doblado hacia arriba, con la palma de la mano extendida, o bien el brazo derecho en posición horizontal, con la palma orientada hacia abajo.
El giro a la izquierda se puede indicar extendiendo el brazo izquierdo en posición horizontal, con la palma de la mano hacia abajo, o doblando el brazo derecho hacia arriba, también con la palma extendida.
La forma de realizar esta maniobra depende del tipo de vía. Si se trata de una calle de sentido único, el ciclista deberá situarse lo más cerca posible del borde izquierdo de la calzada y señalizar el giro con suficiente antelación.
En las vías de doble sentido, tendrá que aproximarse a la marca longitudinal que separa ambos sentidos de circulación o, si no existe, al eje de la calzada. En ningún caso podrá invadir el espacio reservado al tráfico que circula en sentido contrario y deberá avisar de la maniobra con tiempo suficiente.
Cuando se circule por una vía interurbana que no disponga de un carril específico para girar a la izquierda, el ciclista deberá colocarse en el lado derecho, fuera de la calzada siempre que sea posible, e iniciar el giro desde esa posición, señalizándolo previamente.
Por el contrario, si la carretera cuenta con un carril habilitado para realizar este giro, deberá incorporarse a él con suficiente antelación y efectuar la maniobra cuando la señalización lo permita.
Finalmente, cuando el ciclista necesite detenerse o reducir considerablemente la velocidad, deberá advertirlo moviendo el brazo alternativamente de arriba abajo, mediante movimientos cortos y rápidos.
