¿Ha incurrido Marta Sánchez en un delito por ponerle letra al himno nacional?
Marta Sánchez todavía está digiriendo el revuelo que ha generado su última actuación en el Teatro de la Zarzuela para conmemorar sus 30 años encima de los escenarios. Para sorpresa de todos, la cantante deleitó a los asistentes poniéndole letra al himno nacional en una emotiva actuación que se ha hecho viral y sobre la que todo el mundo ha querido dar su opinión. De Mariano Rajoy a Albert Rivera y hasta la Guardia Civil han mostrado su parecer al respecto generando todo tipo de comentarios. Sin embargo, nunca llueve a gusto de todos. La viralidad de la canción también ha generado una corriente de críticas en la que destaca la iniciativa del periodista Luis Daniel Martín, que pide que la justicia actúe contra la artista reclamándole daños morales por el uso indebido del himno de España.
“Leyendo con detalle los Reales Decretos 1560/1997, de 10 de octubre, el 1543/1997, de 3 de octubre y el 2027/1998, de 18 de septiembre, Marta Sánchez podría haber incurrido en un delito al haber atacado y transformado sin autorización un símbolo nacional con una letra no autorizada ni aprobada en Cortes”, escribe el citado periodista con el que este digital se ha puesto en contacto. Además, Martín explica punto por punto cómo ha de interpretarse el himno según los citados Reales Decretos y está convencido de que Marta no ha cumplido con lo establecido y pide lo que sigue: “que la justicia actúe reclamando a la artista daños morales y el uso de un tema musical oficial sin autorización expresa de las Cortes”. Para él, no es apropiado que la artista se convierta en la intérprete de la letra del himno nacional e incluso va un paso más allá asegurando que no es conveniente que la letra de la Marcha Real haga referencias a Dios teniendo en cuenta que España es un estado aconfesional.
Marta Sánchez durante un concierto / Gtres
Así las cosas y según todos los citados argumentos, ¿ha incurrido Marta Sánchez en un delito? ¿Podría salirle caro a la artista su patriótico gesto? LOOK se ha puesto con un abogado especializado para arrojar luz a esta cuestión. Tal y como Ricardo Nogales, de Legálitas, explica a este medio, Marta puede respirar tranquila. Al menos, de momento. “La regulación del himno en el Real Decreto 1560/1997 se refiere a la ejecución en actos oficiales, pero ello no impide, por supuesto, su uso por particulares fuera de dichos actos oficiales. Cuestión distinta será el interés artístico -y en su caso comercial- que pueda tener dicha ejecución o interpretación o incluso transformación”, explica Nogales.
Pero, ¿y si Marta Sánchez grabase un disco con su propio himno y obtuviese rédito económico con él? “Marta tendría que demostrar que su letra es una obra artística en sí misma y entonces podría explotarla comercialmente”, apunta el abogado. Para el letrado no ha existido ningún uso indebido del símbolo nacional por parte de Sánchez y sugiere que la única opción que les queda a aquellos que no están de acuerdo con el gesto de la cantante es que, en caso de que la letra de Marta se aprobase con rango de ley y se incorporase este himno al dominio público del Estado, se impugnase. Nogales sentencia: “Por muy poco que pueda gustar la interpretación de la artista, queda lejos de llegar a ser una ofensa (humillar o herir el amor propio o la dignidad de alguien, o ponerlo en evidencia con palabras o con hechos) o un ultraje (injuriar, agraviar con obras o palabras)”.
En definitiva, Marta Sánchez puede seguir saboreando los halagos que aún le llegan tras haber cantado el himno nacional el pasado fin de semana y no tiene de qué preocuparse. El “rojo, amarillo, colores que brillan en mi corazón y no pido perdón” puede seguir sonando.