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Economía
SENTENCIA CLAVE DEL TSJ DE ARAGÓN

Justicia lo confirma: negarse a enseñar la mochila a tu jefe tras la jornada puede ser motivo de despido

Los tribunales avalan el despido disciplinario de un empleado que rechazó un registro motivado por sospechas de sustracción

El Estatuto de los Trabajadores permite inspecciones privadas para proteger el patrimonio de la empresa bajo ciertas garantías

El Tribunal Supremo lo confirma: si te despiden estando de baja se te restará el paro hasta que te recuperes

El derecho a la intimidad del trabajador y la facultad de vigilancia del empresario han vuelto a verse las caras en los tribunales. El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha dictado una sentencia que marca un antes y un después en los controles de salida: negarse a mostrar el contenido de una mochila o bolso a un superior puede ser causa de despido procedente.

El fallo refuerza el poder de dirección de las compañías, dejando claro que la desobediencia a un protocolo de seguridad legítimo rompe la buena fe contractual y justifica la expulsión inmediata del empleado sin derecho a indemnización.

El artículo 18 del Estatuto de los Trabajadores: la base legal

La sentencia no nace de una interpretación arbitraria, sino que se apoya en el artículo 18 del Estatuto de los Trabajadores. Este texto legal permite a las empresas realizar registros sobre la persona del trabajador y sus efectos particulares (taquilla, bolsas o mochila) siempre que sea estrictamente necesario para proteger el patrimonio empresarial.

En el caso analizado, la empresa había implantado estas revisiones ante sospechas fundadas de irregularidades. El tribunal subraya que el control era «mínimamente invasivo» y se centraba exclusivamente en quienes portaban bultos al finalizar el turno. Al negarse injustificadamente a colaborar, el empleado incurrió en un incumplimiento grave de sus deberes laborales, lo que facultó a la dirección para aplicar la máxima sanción disciplinaria.