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Las autoridades forestales advierten: ni se te ocurra salir a recoger setas en Madrid con un rastrillo bajo multa de hasta 100.000€

  • Manuel Morera
  • Periodista y fundador del pódcast V9, el programa de F1 más escuchado de España. Universidad de Valencia y Radio 3. Anteriormente en ElDesmarque, Levante TV y Las Provincias.

Hay que saber elegir bien la herramienta para salir a coger setas si no quieres que te multen. Por ejemplo, en los bosques madrileños ir con un rastrillo no es tan buena idea como parece, ya que rompe los filamentos del hongo y daña el entorno.

De hecho, en las indicaciones del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama han advertido directamente del uso de rastrillos. Está prohibido tanto usarlos como simplemente llevarlos encima, y tener licencia no te autoriza a mover la tierra de cualquier manera.

Las consecuencias económicas dependen de la norma aplicable y de los daños ocasionados. La legislación forestal contempla hasta 100.000 euros de multa para las infracciones graves.

Cuándo te pueden multar con 100.000 euros por coger setas en Madrid

La Ley 43/2003, de Montes, considera infracción incumplir las disposiciones que regulan los aprovechamientos forestales, según su artículo 67.h. Para las infracciones graves, el artículo 74.b establece multas de entre 1.001 y 100.000 euros.

Sólo por usar un rastrillo (te van a multar) no te van a imponer una sanción de 100.000 euros. Para ello debes causar un daño que necesite una reparación de más de seis meses y menos de diez años, o cuyo coste de reposición alcance los umbrales económicos establecidos por la ley.

Es decir, el alcance del deterioro es decisivo, y la cuantía se gradúa atendiendo también a la culpa, la reincidencia y el beneficio obtenido.

De hecho, las ordenanzas municipales tienen sus propios tramos. Por ejemplo, en Miraflores usar rastrillos es una infracción grave en el artículo 11, pero el artículo 12 fija para esa categoría multas de 101 a 1.000 euros. No debe confundirse esa clasificación municipal con la de la ley estatal.

Por qué está prohibido coger setas con rastrillo en los bosques madrileños

La seta que recogemos es la parte visible de un organismo que puede extenderse por el suelo. Debajo permanece el micelio, una red de filamentos que el rastrillo puede romper al arrastrar hojas, tierra y restos vegetales.

El perjuicio tampoco se limita a las especies comestibles, ya que los hongos participan en la descomposición de la materia orgánica y, en muchos casos, mantienen relaciones con las plantas que facilitan el intercambio de nutrientes.

Remover indiscriminadamente el suelo afecta a ese conjunto, aunque tú sólo estés buscando unos níscalos. Recuerda que el desconocimiento no te limita la sanción.

Por eso la ordenanza micológica impide usar o portar herramientas capaces de levantar indiscriminadamente el mantillo, entre ellas rastrillos, hoces, escardillos y azadas.

Qué herramientas sí que puedes llevar al campo para recoger setas

Primero de todo, antes de salir, conviene comprobar qué permiso exige el coto y qué cantidad permite recoger. En la vertiente madrileña de Guadarrama, las autorizaciones sirven únicamente para los acotados correspondientes.

Para transportar las setas, las indicaciones de todos los parques recomiendan recipientes rígidos y ventilados (como las cestas). También piden dejar intactos los ejemplares pasados, rotos o que no se vayan a recoger: siguen cumpliendo una función en el bosque.

En cuanto al utensilio para llevarte las setas, lo mejor es una navaja corta que te permita cortar el ejemplar sin barrer el terreno alrededor. Al terminar, el suelo debe conservar su estado y las portillas o cancelas que se hayan atravesado deben quedar tal como estaban.