Es oficial: el cambio de la DGT que va a afectar a miles de conductores mayores de 65 años
En España, la renovación del permiso de conducir no se basa en la edad del titular, sino en su estado físico y mental. Así, una persona de 80 o incluso 90 años puede seguir conduciendo siempre que supere las evaluaciones médicas correspondientes. Lo que sí ocurre es que, a partir de ciertas edades, los requisitos se vuelven más estrictos. En este contexto, la DGT ha acortado los plazos de vigencia del carnet a partir de los 65 años.
Con el paso de los años, algunas capacidades físicas y sensoriales fundamentales para la conducción pueden verse afectadas, especialmente la visión, los reflejos y la audición. Entre ellas, la visión desempeña un papel clave, ya que el envejecimiento suele reducir la capacidad para percibir correctamente los objetos en condiciones de poca iluminación. De hecho, se estima que una persona de 60 años puede necesitar entre tres y diez veces más luz que una de 20 para ver con claridad.
Nuevas normas para los conductores mayores de 65 años
Uno de los cambios más significativos afecta a los conductores mayores de 65 años. A partir de esa, la vigencia del permiso de conducir se reduce, por lo que la renovación debe realizarse cada cinco años en lugar de cada diez. Esta medida tiene como objetivo reforzar el seguimiento de las condiciones de los conductores mediante controles médicos y psicotécnicos más frecuentes, garantizando que mantienen las capacidades físicas, visuales y cognitivas necesarias para conducir con seguridad.
Cabe señalar que los mayores de 70 años están exentas de pagar la tasa de renovación del permiso de conducir, aunque siguen obligadas a realizar y pagar el reconocimiento médico necesario para completar el trámite. Por otro lado, los permisos profesionales destinados a la conducción de camiones y autobuses cuentan con periodos de vigencia más cortos. En el caso de las categorías C, C1, D, D1 y sus autorizaciones asociadas, la renovación debe realizarse con una mayor frecuencia una vez alcanzada determinada edad, pasando a ser obligatoria cada tres años.
Enfermedades
Según informa el Real Automóvil Club de España (RACE), existen diversas patologías que pueden influir en la renovación del permiso de conducir.
Entre las enfermedades neurológicas figuran el accidente isquémico transitorio, que puede permitir renovaciones de hasta un año con informe favorable; la epilepsia, cuya vigencia puede oscilar entre uno y diez años; y las crisis o pérdidas de conciencia, que impiden renovar el permiso si se han producido durante el último año.
Las enfermedades respiratorias también son objeto de evaluación. La apnea del sueño puede permitir una vigencia máxima de tres años siempre que exista un informe médico favorable, mientras que la disnea permanente en reposo o ante esfuerzos leves suele considerarse incompatible con la conducción.
En el ámbito de la salud cardiovascular se incluyen las arritmias, el infarto agudo de miocardio y los portadores de prótesis valvulares, situaciones que exigen un periodo mínimo de recuperación de seis meses antes de valorar la aptitud para conducir.
Por su parte, las enfermedades vasculares contemplan casos como el aneurisma de grandes vasos, que puede permitir renovaciones de entre uno y diez años si no existe riesgo y se dispone de un informe favorable. En cambio, cuando el riesgo es elevado, la persona no es considerada apta.
Dentro de los trastornos endocrinos se encuentra la diabetes mellitus insulinodependiente, que puede dar lugar a renovaciones de entre uno y cinco años. El hipotiroidismo y las alteraciones de las paratiroides, por su parte, pueden autorizar periodos de vigencia de entre uno y diez años cuando están adecuadamente controlados.
Las enfermedades digestivas incluyen situaciones como la nefropatía sometida a diálisis, que permite renovar el permiso por periodos variables de entre uno y diez años según la evolución del paciente.
En cuanto a las enfermedades oncológicas, pueden autorizarse renovaciones de entre uno y cinco años siempre que no exista enfermedad activa ni tratamientos en curso. Los trastornos oncohematológicos, cuando permanecen estables, pueden dar lugar a renovaciones de hasta un año.
La normativa también presta especial atención a las enfermedades psiquiátricas. Entre ellas figuran la ansiedad, la depresión, el trastorno obsesivo compulsivo, los trastornos del sueño, el trastorno de la personalidad, el trastorno del desarrollo intelectual, el TDAH, la demencia y las dependencias al alcohol o las drogas
Por último, dentro de las enfermedades crónicas y degenerativas se encuentran patologías como el Alzheimer, el Parkinson, la esclerosis lateral amiotrófica (ELA), la artritis reumatoide, la distrofia muscular, la enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC), la osteoporosis y el temblor esencial, entre otras.
«El reconocimiento médico que se debe superar y los criterios a evaluar son los mismos para cualquier edad. Es posible es que si durante el reconocimiento médico se detecta una enfermedad o deficiencia que, si bien de momento no impide la renovación, es susceptible de agravarse, el periodo de validez del permiso será menor», explica la DGT.
