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La Constitución Española lo confirma: si hay guerra en Europa se permite el reclutamiento forzoso aunque tengamos ejército profesional

La Constitución Española indica en su artículo 30 que pasaría con los ciudadanos si hay guerra en Europa

Europa lleva viviendo meses bajo la amenaza de un Vladimir Putin que ha amenazado en varias ocasiones con actuar en caso de que fuerzas de la OTAN pisen suelo de Ucrania para frenar la invasión rusa. Como país aliado, esto quiere decir que España entraría dentro de una hipotética Tercera Guerra Mundial y esto quiere decir que muchos soldados españoles tendrían que entrar en el conflicto. ¿Se podría hacer un reclutamiento forzoso al resto de la población? La Constitución Española responde a ello en su artículo 30, donde también toca un punto importante: la objeción de conciencia.

La invasión de Rusia a Ucrania y el último conflicto en Oriente Medio entre Estados Unidos e Israel contra los ayatolás de Irán nos han dejado entrever que el mundo tiene que estar preparado ante cualquier situación bélica que esté por llegar. La rivalidad existente y real entre las potencias más importantes a nivel militar hace que el aroma a Tercera Guerra Mundial esté pululando en el ambiente y esta opción cada vez es más seria, viendo las amenazas que han llegado en los últimos meses desde Rusia, que ha incluso sacado esta palabra a colación en el caso de que las fuerzas de la OTAN se metan en sus asuntos.

«No sé con qué armas se peleará la Tercera Guerra Mundial, pero la Cuarta Guerra Mundial se peleará con palos y piedras». Esta es una frase muy popular pronunciada por un Albert Einstein cuyas teorías sirvieron para idear la bomba atómica que Estados Unidos lanzó sobre Japón en el seno de la Segunda Guerra Mundial. Eso sucedió hace 81 años y desde ese periodo de tiempo se ha avanzado tecnológicamente lo suficiente como para que una gran guerra destruya el mundo. Por ello, Donald Trump viene advirtiendo desde hace meses a los países de la OTAN que deben destinar un 5% de su PIB al gasto militar, algo que ha desoído Pedro Sánchez, costándole la relación con la principal potencia militar del mundo.

La Constitución y el reclutamiento en caso de guerra

Al hilo de un Pedro Sánchez que parece que vive sus últimos días de La Moncloa antes de que sea botado del próximo 29 de noviembre, en los últimos días se han sucedido los artículos sobre el papel de España dentro de una gran guerra y el reclutamiento forzoso que se podría hacer de la población. ¿Tendría que entrar España dentro de una guerra? Sí, porque es miembro de la OTAN. ¿Se abogaría por el reclutamiento forzoso? La Constitución Española lo confirma, pero también habla de la objeción de conciencia como derecho de todos los ciudadanos.

«Los españoles tienen el derecho y el deber de defender a España», dice el punto número 1 del artículo 30 de la Constitución Española sobre los derechos y obligaciones de los españoles en caso de que el país los necesitara ante una gran guerra.

Aun así, el artículo 30 en su punto número dos habla de la figura de la objeción de conciencia, que ampara a cualquier persona a hacer una negativa ante algo que esté en contradicción con sus convicciones éticas, morales, religiosas o filosóficas más profundas. «La ley fijará las obligaciones militares de los españoles y regulará, con las debidas garantías, la objeción de conciencia, así como las demás causas de exención del servicio militar obligatorio, pudiendo imponer, en su caso, una prestación social sustitutoria», indica este punto de la Constitución que también afirma que: «Podrá establecerse un servicio civil para el cumplimiento de fines de interés general».

«Mediante ley podrán regularse los deberes de los ciudadanos en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública», dice sobre los cambios en la ley que podrían producirse ante una gran guerra. Por su parte, la Ley de Seguridad Nacional establece que, en caso de un conflicto grave, se llevaría a cabo un planteamiento estratégico que afectaría de lleno a la sociedad civil.