Confirmado por la Seguridad Social: se concede la pensión de viudedad a las parejas de jubilados, pero el cálculo se realiza a partir de la paga del fallecido
La Seguridad Social ha informado sobre las novedades con las pensiones de viudedad

¿Qué ocurre con la pensión de viudedad cuando fallece un hombre o mujer que tiene una pensión contributiva de jubilación? La Seguridad Social ha confirmado que el cálculo no se realiza sobre la pensión total que recibía el causante y sí sobre el 52% de su base reguladora. Este porcentaje puede aumentar a razón de la edad, por diferentes cargas familiares o por la situación de vulnerabilidad económica del beneficiario. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre las pensiones de viudedad en el caso de parejas de jubilados.
La Seguridad Social realizó el pasado mes de septiembre un gasto récord de 14.498,2 millones de euros en pensiones contributivas y 2.288,4 millones de euros fueron a parar a las 2,3 millones de pensiones de viudedad que hay vigentes en este momento en España. A fecha de hace unas semanas, la pensión media de viudedad está fijada en 976,3 euros al mes después de la subida del 2,7% del último año y todo hace indicar que pasará los 1.000 euros tras la subida prevista de alrededor de 3,5% para 2027.
La pensión de viudedad es una prestación económica que se entrega al cónyuge o la pareja de hecho de una persona fallecida y está destinada a llenar el vacío económico tras la pérdida de la otra parte de la pareja. Para ello tendrán que cumplir una serie de requisitos tanto el causante como el cónyuge que quedará como beneficiario, que tendrá que estar en situación de matrimonio, divorciado sin haberse casado otra vez o en situación de pareja de hecho al menos dos años antes del fallecimiento.
Por parte del fallecido, tiene que estar dado de alta en el momento del fallecimiento o, en caso contrario, haber cotizado un mínimo de 15 años en la Seguridad Socia. En caso de que la muerte se produzca por enfermedad o accidente profesional no se requerirá una cotización previa en la Seguridad Social y tampoco en el caso de los pensionistas que ya sean beneficiarios de una pensión contributiva de jubilación.
El cálculo de la pensión de viudedad
¿Qué ocurre con la pensión de viudedad cuando fallece un hombre o mujer que tiene una pensión contributiva de jubilación? Esta es la pregunta que se hacen muchas personas que lamentablemente han sufrido la pérdida de su cónyuge recibiendo una pensión de jubilación. Antes que nada, hay que tener en cuenta que la pensión de viudedad que quedará para la otra parte de la pareja no será la pensión total y sí el 52% de la base reguladora de esta pensión, que el beneficiario podrá compaginar con pensión siempre que no se supere el mínimo de 3.359,60 euros mensuales (o 47.034,40 euros anuales) establecido como pensión máxima para 2026.
Esta cantidad se podrá incrementar si la beneficiaria tiene más de 65 años y no percibe otra pensión del sistema de la Seguridad Social y no tiene otros ingresos por trabajo o rentas. Incluso se podrá aplicar el 70% de la base reguladora siempre que cumpla con los siguientes requisitos:
- Que el beneficiario tenga cargas familiares, como hijos o acogidos menores de 26 años o discapacitados con los que convive.
- Que la pensión de viudedad sea la única fuente de ingresos familiar.
- Que los ingresos anuales del beneficiario no superen el mínimo establecido por la Seguridad Social.
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