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Las multas en los semáforos con cámara ¿son ilegales?

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Gran polémica la que se está desatando en Madrid con el asunto de las multas con semáforos dotados de cámara para que nadie se los salte. Ya son varias las denuncias que han sido revocadas por parte de la justicia ante las irregularidades evidentes que éstas presentaban. Te contamos los dos últimos casos, uno en Rivas Vaciamadrid y otro en pleno centro de la capital española. Si estás afectado por un caso similar, sigue leyendo. Y si no, también, ¡que nunca se sabe!

El caso de Rivas Vaciamadrid

El Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid sancionó con 200 euros y 4 puntos del carnet de conducir a un conductor por saltarse un semáforo en fase roja, acción que está considerada como falta grave, y que fue recogida por una cámara fija de grabación.

La citada cámara, registró un video a través del cual se trataba de evidenciar la infracción. Sin embargo, los tribunales han aceptado el recurso del ciudadano afectado dejando sin efecto la sanción, ya que la Administración no ha sido capaz de acreditar que la cámara había sido sometida al control metrológico obligatorio, algo totalmente necesario para considerar válida la prueba. El juez en cuestión afirma además que sin este control se suprime el Principio de Presunción de Inocencia.

De esta forma se obtiene un importante precedente por el cual muchos de los que sean multados por este motivo podrán optar por recurrir la sanción correspondiente, teniendo muchas más posibilidades de que ésta sea revocada que hasta ahora. Y ojo porque no es el único caso de estas características que se ha dado en los últimos tiempos. Pasa de página y verás…

Las multas de este tipo, ilegales en Madrid

Multa 1Tal y como demandaba AEA -Automovilistas Asociados Europeos- el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha admitido el recurso desde el cual se declaran las multas de las infracciones en los semáforos con cámara de fotos ilegales.

Uno de estos semáforos, situado en la Avenida de Filipinas número 18, multó a un conductor que fue sancionado, como en el caso del de Rivas Vaciamadrid, con 200 euros y 4 puntos de carnet. Sin embargo, la justicia ha determinado que esa sanción no es válida y la ha revocado. ¿El motivo? La fotografía obtenida por la cámara determinaba claramente que el semáforo se encontraba aún en fase ámbar cuando el vehículo pasó por debajo del mismo. De esta manera se entiende que el organismo competente ha distorsionado los datos que aparecen en la fotografía para sancionar al conductor.

No obstante, el Ayuntamiento de Madrid, que además ha tenido que correr con los gastos del juicio, ha interpuesto un recurso basándose en que la fotografía no es lo suficientemente nítida, pudiéndose interpretar que la luz del semáforo era roja en el momento que se sacó la instantánea. Pero, si la fotografía no es nítida, ¿cómo pretenden ustedes sancionar a partir de ella? Ver para creer.

A raíz de estos casos, AEA ha solicitado una amnistía para todos aquellos que hayan sido sancionados por este tipo de cámaras situadas en varios puntos de la capital de España, alegando que el funcionamiento de las mismas es irregular en muchos casos.

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