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Multan a un conductor con 120.000 euros por circular a 59 km/h en una zona de 30: «Hay que aceptarlo»

120.000 euros

Un empresario finlandés ha recibido una multa de tráfico de 120.000 euros tras ser sorprendido circulando a 59 kilómetros por hora, es decir, 29 km/h por encima del límite, en una zona urbana de Mariehamn, en el archipiélago de Åland, en el mar Báltico. Según informó el diario local Nya Åland, el empresario Anders Wiklöf, millonario y propietario de un holding con más de 20 empresas, aseguró que no tiene intención de recurrir la sanción y que la abonará en su totalidad. «Si he cometido un error, lo he cometido; lo acepto y no hay nada más que añadir», declaró.

En Finlandia, la ley establece un sistema de sanciones proporcionales a los ingresos del infractor, calculadas a partir de su última declaración de la Renta. Según la legislación finlandesa, se considera grave un exceso de velocidad cuando se supera el límite en más de 20 km/h. De acuerdo con el diario Nya Åland, no es la primera vez que Wiklöf comete este tipo de infracción; en 2023 ya recibió una sanción de 121.000 euros, y en los últimos 13 años habría pagado cerca de 400.000 euros en multas de tráfico.

120.000 euros de multa por circular a 59 km/h

«Los agentes me preguntaron si quería llevar el caso al juzgado, pero ¿por qué iba a hacerlo? Si he cometido un error, lo he cometido, así que lo acepto, no hay más que decir. Eran chicos educados y simpáticos y sólo hacían su trabajo», afirmó Wiklöf. De haber superado el límite de velocidad por tan solo un kilómetro adicional, el millonario habría incurrido en una infracción de tráfico «muy grave», lo que habría implicado, además de la multa de 120.000 euros, la retirada de su permiso de conducir durante varios meses. En Finlandia, el cálculo de las multas se realiza mediante los llamados «días de multa», un sistema que combina la gravedad de la infracción con los ingresos del infractor.

Normativa de la DGT en España

Cuando circulas por una vía con límite de 20 km/h y superas la velocidad entre 21 y 40 km/h, se aplica una multa de 100 € sin pérdida de puntos, pero si el exceso alcanza entre 41 y 50 km/h, la sanción aumenta a 300 € y se pierden 2 puntos. En el caso de superar entre 51 y 60 km/h, la multa asciende a 400 € y se retiran 4 puntos, mientras que un exceso de 61 a 70 km/h conlleva una sanción de 500 € y la pérdida de 6 puntos. Si se excede más de 70 km/h, la multa se eleva a 600 €, manteniéndose la retirada de 6 puntos.

Por su parte, en vías con límite de 30 km/h, un exceso de 31 a 50 km/h genera una multa de 100 € sin puntos, aunque si se circula entre 51 y 60 km/h, la sanción sube a 300 € y se pierden 2 puntos. Superar entre 61 y 70 km/h supone 400 € y la pérdida de 4 puntos, mientras que entre 71 y 80 km/h la multa se eleva a 500 € con retirada de 6 puntos, y para excesos superiores a 80 km/h, la sanción alcanza 600 € con la misma pérdida de puntos.

En carreteras con límite de 50 km/h, los excesos de 51 a 70 km/h conllevan una multa de 100 € sin retirada de puntos, pero entre 71 y 80 km/h la sanción es de 300 € y se pierden 2 puntos. Si se circula entre 81 y 90 km/h, la multa asciende a 400 € y se pierden 4 puntos, mientras que entre 91 y 100 km/h la sanción alcanza 500 € con pérdida de 6 puntos. Para velocidades superiores a 100 km/h, la multa se eleva a 600 € y también se retiran 6 puntos.

Cuando el límite de la vía es de 60 km/h, un exceso de 61 a 90 km/h implica una multa de 100 € sin pérdida de puntos, y si se circula entre 91 y 110 km/h, la sanción sube a 300 € con retirada de 2 puntos. Superar entre 111 y 120 km/h supone 400 € y la pérdida de 4 puntos, mientras que entre 121 y 130 km/h la multa es de 500 € con retirada de 6 puntos, y para velocidades superiores a 130 km/h, la sanción alcanza 600 €, manteniéndose los 6 puntos perdidos.

En vías con límite de 90 km/h, exceder entre 91 y 120 km/h supone una multa de 100 € sin puntos, mientras que de 121 a 140 km/h la sanción es de 300 € con retirada de 2 puntos. Para excesos de 141 a 150 km/h, la multa asciende a 400 € y se pierden 4 puntos, entre 151 y 160 km/h la sanción es de 500 € con 6 puntos retirados, y si se supera 160 km/h, la multa se eleva a 600 € con los mismos 6 puntos perdidos.

Finalmente, en carreteras con límite de 120 km/h, exceder entre 121 y 150 km/h conlleva 100 € sin pérdida de puntos, mientras que entre 151 y 170 km/h la sanción sube a 300 € con retirada de 2 puntos. Superar entre 171 y 180 km/h implica 400 € y 4 puntos, entre 181 y 190 km/h la multa es de 500 € con 6 puntos perdidos, y si se circula a más de 190 km/h, la sanción alcanza 600 €, manteniéndose la retirada de 6 puntos.

Asimismo, la DGT recuerda que «es un delito conducir con exceso de velocidad superior a la establecida en 60 km/h en vías urbanas y en 80 km/h en vías interurbanas. En los tramos de autovías y autopistas interurbanas de acceso a las ciudades en que se hayan establecido límites inferiores a 100 km/h, los excesos de velocidad se sancionarán con la multa económica correspondiente al cuadro de sanciones. El resto de los efectos administrativos y penales sólo se producirá cuando superen los 100 km/h y en los términos establecidos para este límite».

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