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La DGT avisa: esto es lo que debes saber si quieres vender un coche tras un divorcio o una herencia

Conoce al detalle los trámites por los que debes pasar en estas situaciones.

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La venta de coche por herencia o donación precisa de una serie de trámites.

Existen algunas situaciones que son complejas y que en muchos casos hay que vivirlas en la vida. En esta ocasión queremos hablar de las donaciones de vehículos a amigos y familiares, herencias y también en los casos de divorcios y separaciones, que tienen sus particularidades.

Lo que debemos tener en cuenta es que aunque es un trámite, las modificaciones en el campo de la titularidad de un coche que pueda provenir de una donación, herencia y demás, debe tener una serie de características en concreto que deben ser valoradas y conocidas.

Donaciones de vehículos

Cuando se realiza una donación es un caso en concreto en el que se produce una venta sin coste alguno. Puede ser interesante revisar los consejos que se pueden dar a la hora de adquirir o vender un vehículo.

Para hacer el cambio de titularidad de un coche que provenga de una donación es necesario hacer lo siguiente:

  1. Firma de un documento o del contrato de una donación.
  2. Abonar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones
  3. Realizar la transferencia en la Dirección General de Tráfico.
  • Antes de que vayas a circular con el vehículo debes estar más seguro que tiene la Inspección Técnica de Vehículos vigente y que se contrata a un seguro.
  • Cuando el vehículo que acaba de adquirir la ITV caducada, no vas a poder circular con él, por lo que de cara a realizar una revisión que corresponda, vas a tener que llevarlo a la estación de la Inspección Técnica de Vehículos que elijas, montando en una grúa u otra clase de medio de transporte que cuente con la debida autorización.

Herencias

Si el vehículo proviene de una herencia recibida porque haya fallecido el titular, va a ser necesario lo siguiente para poder cambiar la titularidad del vehículo:

  1. Obtener el documento que acredite la herencia en cuestión.
  2. Abonar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones
  3. Hacer la Transferencia del vehículo en la DGT

Antes de que circules con tu coche, deberás asegurarte de que tendrá la ITV siempre vigente y tendrás que contratar un seguro.

Cuando el coche que acabas de adquirir tenga la ITV ya caducada, no vas a poder circular con él mismo, por lo que si quieres hacer la revisión que corresponde vas a tener que proceder a llevarlo a la estación ITV elegida para montar en una grúa o en cualquier otro medio autorizado para el transporte.

La separación, el divorcio o la ruptura del vínculo con el titular del vehículo

Fruto de que se produzca este tipo de situaciones, es posible que el acuerdo al que se llegue pueda ser de acuerdo mutuo o mediante resolución judicial, la cual pueda incluir alguno de los vehículos que tenga la pareja.

  1. Obtener el documento acreditativo del acuerdo de ruptura
  2. Abonar el Impuesto de Transmisiones
  3. Realizar la transferencia del vehículo en la DGT

Para hacer el cambio de titularidad del coche por separación, divorcio o ruptura:

  • Antes de que circules con el coche, deberás estar seguro de que tiene la ITV vigente y contrata un seguro.
  • Cuando el coche que acabes de adquirir tenga la ITV caducada, no vas a poder circular con él mismo, por lo que si quieres hacer la revisión que corresponda vas a tener que llevarlo a la estación ITV elegida para montarlo en una grúa o otro medio que tenga autorización para transportarlo.

Custodio provisional

Cuando sea un vehículo cuyo titular haya fallecido, y todavía no tenga adjudicado a alguien de manera definitiva, es posible el hecho de informar un custodio provisional hasta que se llegue a liquidar la herencia y pueda adjudicarse de forma definitiva el vehículo en cuestión.

  1. Declaración responsable del Custodio provisional.
  2. Solicitud de anotación del Custodio provisional
  3. Realiza la transferencia del vehículo en la DGT.

Un tema que suele ser objeto de diferencias en algunos casos

Estamos ante situaciones que algunas de ellas se conocen con antelación, pero que hay otras que son sobrevenidas y donde el margen de actuación suele ser breve.

Incluso, siendo honestos, muchas veces, aunque se sepa que un familiar, por ejemplo, esté cercano de fallecer, luego no se suelen preparar este tipo de temas y cuando toca gestionar el papeleo pilla casi de sorpresa.

Para evitar todo esto, no estaría de más tener todo esto que os hemos comentado listo o al menos «barruntado», para poder proceder a este tipo de trámites sin que suponga tanta sorpresa.

Así que ya sabes, lo que debes de intentar es tener más o menos conocidas estas posibles situaciones, porque es posible que antes o después te toque estar inmerso en alguna de ellas y debas de hacer las pertinentes gestiones.

Desde aquí te deseamos suerte con ello y que sea todo lo más rápido que sea posible, ya que sabemos que todavía sigue siendo bastante engorroso tener que afrontar esta serie de trámites.

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