Estos son los autónomos que pueden beneficiarse de pagar una cuota reducida de 60 euros
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Los autónomos pueden acogerse a la Tarifa Plana, que permite a algunos trabajadores por cuenta propia pagar durante un tiempo una cuota reducida de tan sólo 60 euros mensuales y si cotizan por una base superior a la mínima se aplicaría una reducción del 80%. Esto puede suponer un descuento de más 220 euros al mes y casi 2.800 euros anuales en el pago de sus obligaciones con la Seguridad Social. Pero, ¿qué autónomos pueden acceder a esta bonificación?
Trabajadores que se den de alta o que no hubieran estado en el RETA los 2 años anteriores
El primer supuesto es también el más general ya que puede afectar a cualquier autónomo que se acabe de dar de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), con la única condición de que no haya estado de alta en los dos años previos, que se ampliará a tres años si se benefició de la bonificación en su anterior periodo de alta.
Para todos aquellos autónomos que opten por la base mínima de cotización pagarán una cuota única mensual reducida de 60 euros mensuales por la cuota de contingencias comunes y contingencias profesionales, durante los 12 meses siguientes a la fecha de efectos del alta. Sin embargo, para los que opten por una base de cotización superior a la mínima que les corresponda se hará una reducción mensual equivalente al 80% de la cuota, durante los 12 meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta.
Con posterioridad al periodo inicial de 12 meses previsto en los dos supuestos anteriores, y con independencia de la base de cotización elegida, podrán aplicarse sobre la cuota por contingencias comunes, y por un período máximo de hasta 12 meses, hasta completar un periodo máximo de 24 meses tras la fecha de efectos del alta.
Nuevos autónomos en municipios de menos de 5.000 habitantes
En los supuestos que el trabajador por cuenta propia o autónomo resida y desarrolle su actividad en un municipio en cuyo padrón municipal actualizado al inicio de la actividad consten menos de 5.000 habitantes, finalizado el periodo inicial de 12 meses de aplicación de los beneficios en la cotización establecidos en los apartados anteriores, tendrá derecho durante los 12 meses siguientes a estos mismos incentivos.
En estos casos no serán de aplicación la reducción de la cuota para los 12 meses posteriores al periodo inicial. Para beneficiarse de estas medidas durante los 12 meses siguientes al periodo inicial, el trabajador por cuenta propia o autónomo, deberá:
- Estar empadronado en un municipio de menos de 5.000 habitantes, según los datos oficiales del padrón en vigor en el momento del alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos que causa el derecho al incentivo contemplado en este artículo.
- Estar dado de alta en el Censo de Obligados Tributarios de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o de las Haciendas Forales, correspondiendo el lugar de desarrollo de la actividad declarada a un municipio cuyo padrón municipal sea inferior a 5.000 habitantes.
- Mantener el alta en la actividad autónoma o por cuenta propia en el antedicho municipio en los dos años siguientes al alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos que causa el derecho al incentivo contemplado en este artículo; así como permanecer empadronado en el mismo municipio en los cuatro años siguientes a dicha alta.
Nuevos trabajadores menores de 30 años o mujeres menores de 35 años
Un autónomo que tenga menos de 30 años -o menos de 35 si es autónoma-, y causen alta inicial o no hubieran estado de alta en los 2 años inmediatamente anteriores en el RETA, además de las reducciones y bonificaciones previstas con carácter general, podrá disponer de una bonificación adicional equivalente al 30% sobre la cuota por contingencias comunes, durante los 12 meses siguientes a la finalización del periodo de bonificación previsto con carácter general. En este supuesto la duración máxima de las reducciones y bonificaciones será de 36 meses.
Discapacidad igual o superior al 33%, víctimas de violencia de género y víctimas de terrorismo
Los nuevos autónomos con una discapacidad del 33% o más, y las víctimas de violencia de género o terrorismo tendrán también una cuota única reducida de 60 euros mensuales por la cuota de contingencias comunes contingencias profesionales, durante los 12 meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta.
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