Andalucía

Andalucía suma ya 68 rebajas de pena a delincuentes sexuales y violadores gracias a la Ley Montero

Andalucía, Ceuta y Melilla suman ya un total de 68 reducciones de penas y al menos dos excarcelaciones gracias a la Ley Montero. Son casi siete decenas de agresores sexuales y violadores que o bien están en la calle o más cerca de salir de prisión gracias a la ley del ‘sólo sí es sí’ llevada a cabo por el Ministerio de Igualdad de Irene Montero.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), según los datos registrados en las distintas audiencias provinciales andaluzas y en la Sala Civil y Penal del alto Tribunal andaluz, ha confirmado este jueves la cifra. En este sentido, cabe destacar que la mayoría de las rebajas se han dado en la Audiencia de Málaga.

En cuanto a dicha sala del TSJA, según los datos actualizados a fecha de 27 de enero, se han producido cinco rebajas de condenas dictadas por las audiencias de Granada, Cádiz, Córdoba, Málaga -Sección Séptima de Melilla- y Almería; y se ha mantenido en dos casos -Málaga y Melilla-.

Por provincias, en Almería se han producido dos rebajas de condenas, según los datos registrados a 26 de enero; en un caso de seis a cuatro años de prisión y en el otro de diez años y un día a nueve años y un día de cárcel. En total en las dos secciones se han revisado 25 penas por dicha ley.

En Cádiz, los datos están actualizados a 14 diciembre y hay contabilizadas nueve rebajas de condenas. En dicha Audiencia, se están realizando revisiones de oficio y hasta mediados de ese mes en las secciones de la capital gaditana había cuatro sentencias rebajadas, según el TSJA.

En la Sección Octava, -Jerez de la Frontera-, se están revisando de oficio todas las ejecutorias penales en las que se ha condenado por delitos contra la libertad sexual, comenzando por aquellas causas en las que hay preso cumpliendo condena. La previsión es que se revisen entre 40 y 50, y por el momento se ha reducido la condena en cinco casos.

En Córdoba se han registrado hasta el 25 de enero 15 rebajas, de las que una ha supuesto la excarcelación. Hasta esa fecha se habían revisado 50 ejecutorias. En Granada son nueve rebajas de condenas a fecha de 30 de enero, siete en una sección y dos en otra; mientras que a 27 de enero, en Huelva se habían registrado seis rebajas, tras revisarse al menos 60 sentencias.

En Jaén, según los datos de este jueves, 2 de febrero, se han producido tres rebajas. En la Sección Tercera ha habido cinco peticiones, de las que dos han salido adelante -en una dos años y en otra, dos años y medio-; en dos no se han modificado las penas y una está pendiente de resolver. En la Sección Segunda se han revisado cuatro y en una de ellas ha habido rebaja, mientras que dos están pendientes de alegaciones.

En la Audiencia de Sevilla se han producido tres rebajas de condenas a fecha de 27 de enero. Así, según el TSJA, en la Sección Tercera se están revisando de oficio alrededor de 30 sentencias, de las que una se ha rebajado, mientras que en la Sección Cuarta se ha rebajado la pena en dos causas; pero faltan los datos de otras dos secciones.

En Málaga, por último, se registran a fecha de 31 de enero un total de 18 rebajas -la que más en Andalucía-, de las que una es una excarcelación. Así, en la Sección Primera se han reducido nueve condenas, en la Segunda tres; en la tercera y séptima no ha habido reducción de penas; mientras que en la Octava ha habido dos y en la Novena, cuatro.

Málaga

En cuanto a la excarcelación en Málaga, esta se ha producido al revisar la Sección Primera la condena de seis años de prisión que impuso a un hombre en marzo de 2015 por un delito de agresión sexual con acceso carnal contra su sobrina de 14 años. Se apreció la circunstancia que atenúa la pena de dilaciones indebidas -los hechos fueron en 2009 y el juicio se celebró cinco años y medio después-.

La defensa ha pedido esta revisión por aplicación de la ley, contando con la oposición de la Fiscalía, y la Sala señala en un auto, y adelantado por Diario ‘SUR’, que por la reforma actual y, teniendo en cuenta la aplicación de la circunstancia que ya se aplicó, la pena se situaría ahora en tres años y medio de prisión.

El penado ingresó en prisión a cumplir la pena en julio de 2017, acordando el Tribunal que se practique una nueva liquidación de condena y que se le ponga «inmediatamente en libertad» si no estuviera retenido por otra causa.