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Desde este 2025, algunos vehículos están exentos de pasar la Inspección Técnica de Vehículos, más conocida como la ITV. Esta medida, impulsada por la Dirección General de Tráfico (DGT), tiene como objetivo reconocer y preservar los vehículos históricos como parte del legado cultural y automovilístico del país. La decisión no ha sido tomada a la ligera, sino que se basa en el reconocimiento de que estos vehículos antiguos, por su antigüedad, estado de conservación y uso esporádico, no suponen un riesgo real para la seguridad vial.
Además, la medida también busca estimular el interés por restaurar y conservar coches y motocicletas clásicas, que en muchos casos se encuentran en manos de coleccionistas o aficionados con una profunda pasión por el motor. La exención de la ITV, sin embargo, no significa que estos vehículos puedan circular libremente como cualquier otro. Existen ciertas limitaciones, como la restricción a eventos especiales, exhibiciones, rallys de clásicos o concentraciones. Para utilizar el coche en otro tipo de trayectos se requieren permisos específicos.
Coches exentos de pasar la ITV en 2025
Desde este año, aquellos vehículos matriculados antes del 1 de enero de 1950 no están obligados a acudir a las estaciones de ITV. Esto incluye tanto automóviles como ciclomotores, siempre que cumplan con los requisitos para ser considerados históricos. Esta medida se enmarca dentro de una serie de iniciativas orientadas a mejorar el trato legislativo hacia los vehículos antiguos y a facilitar su conservación.
Pero, ¿qué se considera un vehículo histórico exactamente? Según la propia DGT, se trata de aquellos coches o motocicletas que tienen al menos 30 años desde su primera matriculación o fabricación, y que además se mantienen en su estado original, sin modificaciones relevantes en su motor, chasis, frenos, carrocería o sistemas de suspensión. Estos vehículos no solo son antiguos, sino que representan una parte importante de la historia y la cultura del automóvil.
Uno de los aspectos más llamativos de esta reforma es que no todos los vehículos históricos quedan exentos de pasar la ITV. Dependiendo de la antigüedad, las obligaciones cambian: los vehículos de entre 30 y 39 años deberán pasar la inspección cada dos años; entre 40 y 44 años, cada tres años; y aquellos con 45 o más años, cada cuatro. Sin embargo, los que cumplan más de 60 años (es decir, matriculados antes de 1965), y estén registrados como históricos, quedarán completamente exentos.
Esto representa un cambio importante para los más de 40.000 vehículos históricos que se estima circulan por España. Muchos de estos coches han sido cuidadosamente restaurados y mantenidos por sus propietarios, quienes verán en esta nueva normativa un reconocimiento a su esfuerzo y una reducción de las cargas administrativas y económicas. También se espera que este cambio incentive a otros propietarios a iniciar el proceso de catalogación de sus coches como históricos.
En el contexto internacional, España se alinea con otros países europeos que ya han dado pasos similares. Portugal, por ejemplo, ha eliminado recientemente la ITV para motocicletas, argumentando que su impacto en la siniestralidad es muy bajo y que sus propietarios suelen ser cuidadosos en su mantenimiento. Francia, por otro lado, ha decidido mantener las inspecciones obligatorias, mostrando una postura más conservadora.
La Federación Española de Vehículos Antiguos ha celebrado esta decisión, ya que durante años han criticado el proceso de catalogación de vehículos históricos en España por ser excesivamente complejo, lento y costoso. La nueva normativa pretende simplificar estos trámites y facilitar que más conductores puedan registrar sus coches antiguos bajo esta denominación.
Requisitos de la DGT
Para que un vehículo pueda ser catalogado como histórico, uno de los requisitos principales es la antigüedad. En este sentido, debe haber transcurrido un mínimo de 30 años desde su primera matriculación o desde su fabricación.
Además, el vehículo debe encontrarse en un estado original, lo que implica que no haya sufrido modificaciones significativas en componentes esenciales como el motor, los frenos, la dirección, la suspensión o la carrocería. La conservación de su configuración inicial es clave para mantener su autenticidad y ser considerado apto para esta clasificación.
Otro criterio que permite declarar un vehículo como histórico es su interés especial. Esto incluye aquellos vehículos que estén registrados en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español, que hayan sido declarados bienes de interés cultural o que estén vinculados a hechos históricos relevantes. También se contempla esta consideración si el vehículo perteneció a una personalidad destacada o tuvo una participación notable en la historia.
Cabe destacar que esta medida no supone un riesgo para la seguridad vial. Como ya se mencionó, los vehículos históricos no se utilizan a diario y están sometidos a un uso muy limitado, lo que reduce considerablemente la posibilidad de accidentes. En resumen, la decisión de eximir de la ITV a los vehículos históricos de más de 60 años es un paso significativo hacia una legislación más equilibrada y sensible al valor cultural del automóvil.