Giro inesperado

La familia Franco se queda sin los bienes del Pazo de Meirás

Jaime y Carmen Martínez Bordiú / Gtres
Jaime y Carmen Martínez Bordiú / Gtres
  • Diana Torres
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El viernes no ha empezado de la mejor manera para la familia Franco. Durante muchos meses, los seres queridos del dictador han luchado para vaciar el Pazo de Meirás por haber sido el “hogar desde niña” de la hija del excaudillo. Una causa que no habría sido suficiente para la Justicia, que durante esta misma jornada ha optado por ceder al Estado la custodia de todos los bienes del enclave histórico que estaban judicializados, excepto las alfombras de los pasillos.

Pazo de Meirás / Gtres

Pazo de Meirás / Gtres

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha sido el encargado de hacer público un auto del Juzgado de Primera Instancia número uno de A Coruña en el que admite que “todos los elementos objeto de controversia entre las partes pertenecen al inmueble”, razón por la que no podrían ser retirados por los allegados al fallecido bajo ningún concepto. Fue hace ya cierto tiempo cuando el juzgado concedió la propiedad del inmueble al Estado, y aunque la familia de Franco recurrió la sentencia y quiso retirar los bienes contenidos en él, lo único que consiguió fue dar comienzo a una batalla legal que parece estar cada vez más cerca de ver su fin gracias a la sentencia resuelta durante este mismo día, habiendo estimado el juez la postura de administraciones que van desde la Abogacía General del Estado hasta la Xunta, pasando por la Diputación de A Coruña, el Ayuntamiento de Sada y el Ayuntamiento de A Coruña, entre otros.

La Familia Franco en el Valle de los Caídos / Gtres

La Familia Franco en el Valle de los Caídos / Gtres

Por el momento, el clan Franco no podrá retirar los bienes que permanecen dentro del Pazo de Meirás, habiéndoles dejado el Estado romper esta regla únicamente con unos objetos. Estos no son otros que las alfombras pasilleras, las cuales podrán ser recogidas por los familiares en cualquier momento ya que “se colocaron con un fin puramente funcional”, según confirma el auto mencionado previamente. Algo que no ocurre con el resto de enseres, ya que el juez considera que adquirieron la condición y naturaleza de inmuebles por incorporación y destino, ya que, muchos de ellos pueden trasladarse y son “físicamente separables sin quebranto alguno”, habiendo sido colocados allí “con una voluntad de permanencia”: “Ya sean figuras o conjuntos pétreos ( de santos y vírgenes, entre otras), se encuentran colocados a lo largo del jardín, con el fin de conseguir todo un armónico y artístico”, reza el comunicado en cuestión, de manera totalmente rotunda.

Carmen Martínez Bordiú en el Valle de los Caídos / Gtres

Carmen Martínez Bordiú en el Valle de los Caídos / Gtres

Por otro lado, el auto ha tenido mucho que decir acerca de los elementos situados en el interior del edificio. Al parecer, la puerta de acceso desde el vestíbulo y el lavabo de pie con decoración floral tienen también naturaleza de bienes inmuebles por incorporación, mientras que la escultura de San José, el altar, el alto relieve de la piedad, la virgen entronizada con el niño, la pila de agua bendita, las esculturas de bulto redondo, el confesionario de madera, la virgen orante y la escultura pétrea de bulto redondo son bienes de destino, habiendo sido cada uno de ellos analizado previamente para dar con esta resolución.

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