La SGAE no reclamará el pago de derechos de autor a las Comisiones Falleras
Antes de la celebración de las Fallas 2017, la polémica estaba servida entre los miembros de las comisiones falleras, la SGAE y mediando Pere Fuset de la Junta Central Fallera. La SGAE exigía el cobro por la música de las verbenas, gasto que no había pagado hasta ahora. La Interagrupación de fallas por ejemplo hablaba de indignación por este cobro. Pere Fuset escuchando a los falleros ha negociado con la SGAE. Este año no tendrán que pagar las comisiones, los asume la Junta Central Fallera.
La SGAE no reclamará el pago de derechos de autor a las Comisiones Falleras
Se trata de los derechos de autor por músicas como ‘Paquito el Chocolatero’ u otras piezas que siempre suenan en las verbenas. Aunque a la SGAE la ley le asiste, hasta el momento las comisiones falleras no pagaban por usar esta música en verbenas gratuitas, o en caso de hacerlo era de forma voluntaria. La Junta Central Fallera siempre ha pagado por el uso de esta música en exaltaciones falleras, en pasacalles o en obras de teatro falleras.
Sin embargo en el tema del pago por el uso en las verbenas la SGAE este año reclamaba (años anteriores la SGAE reclamaba este pago) y todo indicaba tendrían que ser las comisiones falleras quienes ‘se rascaran el bolsillo’. Ante las múltiples quejas del mundo fallero, el máximo representante que es el Presidente de la Junta Central Fallera: Pere Fuset, ha logrado un acuerdo.
Este año las comisiones no tendrán que pagar nada. Según el acuerdo logrado con la SGAE, por los derechos de autor. Esto será posible gracias a que la JCF asumirá el gasto, acordándose un convenio de pagos relativos a este concepto. La SGAE renuncia a reclamar los derechos de autor de las verbenas de los últimos cinco año. A cambio habrá un pago suplementario de 20.000 euros más que pagará la JCF. Este dinero saldrá del la partida ‘presupuesto participativo’
Pere Fuset, el Presidente de la JCF ha explicado:
Que se ha conseguido un firme compromiso por parte de la SGAE a renunciar a cualquier tipo de reclamaciones relacionadas con actividades musicales gratuítas realizadas durante los últimos cinco años. Plazo legal en que las agencias de gestión de derechos pueden realizar sus reclamaciones amparándose en la Ley de Propiedad intelectual.
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