El juez manda a juicio a Luis Rubiales por el beso a Jenni Hermoso
También juzgará a Albert Luque, Jorge Vilda y Rubén Rivera por presiones a la futbolista
El juez de la Audiencia Nacional Francisco de Jorge ha propuesto juzgar al ex presidente de la Federación Española de Futbol Luis Rubiales por el beso a la jugadora de la Selección Española Jenni Hermoso durante la entrega de premios tras la victoria en la final del mundial.
Además, ha propuesto juzgar al director deportivo de la selección masculina, Albert Luque, al ex entrenador de la selección femenina Jorge Vilda, y al ex responsable de marketing de la Federación Rubén Rivera. Estos últimos serán juzgados por las presiones posteriores a las que se sometió a la jugadora para que accediese a realizar una manifestación pública afirmando que el beso había sido consentido.
El magistrado ha dado por finalizada la fase de instrucción y ordena el inicio de la fase de procedimiento abreviado. Las diligencias que se han practicado llevan a la conclusión al juez de que el beso del ex presidente a la futbolista «no fue consentido y fue una iniciativa unilateral y sorpresiva» por parte de Rubiales.
El juez De Jorge ha valorado que el beso que se produjo «afecta a la esfera de la intimidad reservada a las relaciones sexuales, en particular en el contexto de dos personas adultas».
⚖️ El juez propone juzgar al expresidente de la Federación Española de Fútbol por el beso a una jugadora de la selección
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— Poder Judicial (@PoderJudicialEs) January 25, 2024
Luis Rubiales podría ser juzgado por agresión sexual cuya horquilla de penas oscila entre 1 y 4 años de cárcel además de 18 a 24 meses de multa. En el caso de los tres cargos de la Federación a los que se sentará en el banquillo por presuntas coacciones, podrían enfrentarse a penas de entre 6 meses y 3 años de cárcel.
El magistrado instructor ha matizado que su función se limita a apreciar si «existen indicios suficientes de la comisión de los hechos narrados en su auto y que esos hechos son relevantes penalmente, siendo por ello perfectamente sostenible una acusación», puede leerse en el documento emitido por el gabinete de prensa de este juzgado.
El auto no precisa los tipos penales concretos, sólo revisa que las posibles penas más graves no superarían el rango de sanciones que pueden imponerse en un procedimiento abreviado, que es con el que se juzgará a Rubiales y al resto de acusados.
Juzgados por presiones
El auto también se refiere a los otros tres investigados, Albert Luque, Jorge Vilda y Rubén Rivera. El juez ha concluido que se puede existir una acción concertada de los tres, y acordada con Luis Rubiales. De Jorge ha indicado que podrían haber pactado maniobrar «para doblegar la voluntad de Jennifer Hermoso Fuentes y conseguir que accediera a grabar un vídeo en el que dijese que el beso había sido consentido».
Como indica el magistrado, esos presuntos delitos podrían producirse aun cuando finalmente el órgano que juzgue a Luis Rubiales llegue a considerar que cometió un delito leve. En todo caso, el comunicado insiste en que el magistrado «no prejuzga».
El juez considera que Jennifer Hermoso se encontraba «desconcertada y sorprendida» después del beso que tuvo lugar en Sídney el pasado 20 de agosto de 2023, durante la ceremonia de entrega de premios tras el mundial. Tras el inesperado acto, el magistrado detalla que Hermoso «no tuvo tiempo de reaccionar» y posteriormente «trató de restarle importancia en un primer momento y continuar celebrando el histórico triunfo de la selección», como cuenta el comunicado de la Audiencia Nacional.
Sin embargo, cuando va avanzando el tiempo y se reduce la euforia del triunfo, el malestar va abriéndose paso junto al «sentimiento de haber sido ofendida» por el beso. Esa sensación negativa fue creciendo, a ojos del juez instructor, conforme van sucediéndose «las presiones de Rubiales y de su círculo próximo», que, supuestamente, le solicitan que realice una manifestación pública al respecto del beso.
La resolución del juez ha acordado que se dé traslado a la Fiscalía y a las acusaciones que se han personado para que soliciten en el plazo de diez días la apertura de juicio oral, formulando escrito de acusación o en su caso, el sobreseimiento de la causa.
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