El Gobierno deniega la incapacidad permanente a un agente de viajes con fibromialgia crónica, pero mantiene ayudas para inmigrantes
Las políticas del Gobierno socialista de apoyo y ayudas sociales a personas migrantes vuelven a alimentar el debate sobre las prioridades del gasto público
Un agente de viajes de 54 años de Menorca que padece fibromialgia y poliartralgias ha visto cómo la Justicia avalaba la negativa a reconocerle una incapacidad permanente. El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha respaldado la decisión adoptada anteriormente por un juzgado de lo Social de Menorca, que consideró que las lesiones y limitaciones del trabajador no alcanzaban el grado suficiente para justificar el reconocimiento de una prestación por incapacidad permanente.
La resolución supone un nuevo revés para este trabajador, que sostiene que su enfermedad ha afectado de forma muy negativa a su trayectoria profesional y que necesita un tratamiento sintomático y paliativo para hacer frente a una patología crónica y fluctuante.
Sin embargo, para los tribunales, la existencia de una enfermedad crónica como la fibromialgia no implica automáticamente el derecho a recibir una pensión por incapacidad permanente. La Sala no pone en duda que el trabajador padezca fibromialgia. Tampoco cuestiona el carácter crónico de su enfermedad. La clave del caso está en las consecuencias laborales de esa patología.
El tribunal considera que las limitaciones del agente de viajes no tienen, según la valoración realizada durante el procedimiento, la intensidad y permanencia necesarias para impedirle desarrollar su profesión de manera definitiva. El argumento central resulta especialmente significativo: durante los momentos de mayor gravedad, el trabajador puede recurrir a periodos de incapacidad temporal.
Es decir, la Justicia entiende que los episodios más graves pueden justificar bajas laborales temporales, pero no necesariamente el reconocimiento de una incapacidad permanente. Ese fue precisamente el razonamiento utilizado por el juzgado de lo Social de Menorca para rechazar inicialmente la demanda y que ahora ha sido confirmado por el Tribunal Superior de Justicia de Baleares.
El caso vuelve a poner sobre la mesa la situación de miles de personas que conviven con enfermedades crónicas, dolor persistente y patologías cuyos síntomas no siempre son visibles. Dolor, fatiga, dificultades físicas y periodos de empeoramiento forman parte de una realidad que puede afectar profundamente a la vida personal y profesional de quienes padecen estas enfermedades. Sin embargo, acreditar la existencia de una enfermedad no es suficiente para obtener una pensión de incapacidad permanente.
Por otra parte, este caso coincide con un intenso debate político y social sobre las ayudas públicas, el gasto social y las políticas de apoyo a personas migrantes impulsadas por las diferentes administraciones.
«Se gastan todo el dinero en ayudas y paguitas para los de fuera y luego viene un trabajador menorquín con una enfermedad grave crónica y le deniegan sus derechos», apuntan fuentes jurídicas consultadas por OKBALEARES. Las políticas de atención e integración destinadas a personas migrantes en situación de vulnerabilidad continúan generando controversia política, especialmente entre quienes reclaman una mayor protección para los trabajadores que han cotizado durante años y que encuentran dificultades para acceder a determinadas prestaciones.
La comparación entre ambas situaciones está alimentando el debate sobre las prioridades del gasto público, las ayudas sociales y el modelo de protección social en España. Mientras un trabajador de 54 años con una enfermedad crónica deberá seguir defendiendo que sus limitaciones le impiden trabajar de forma permanente, las políticas públicas destinadas a distintos colectivos vulnerables continúan siendo objeto de discusión y confrontación política.
El caso ha vuelto a generar una pregunta incómoda: «¿Está preparado el sistema para proteger adecuadamente a los trabajadores que padecen enfermedades crónicas, fluctuantes y difíciles de valorar?», sostienen las mismas fuentes jurídicas.
La sentencia del TSJIB todavía no es firme. Contra la resolución cabe presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, por lo que la batalla judicial aún podría continuar. El agente de viajes dispone, por tanto, de una última oportunidad para intentar cambiar una decisión que, hasta ahora, ha sido respaldada por la Justicia.
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