Aeropuerto

Intentan saber si un perro es considerado maleta o mascota cuando viaja en avión

Un juzgado de Madrid pregunta a Europa si un perro debe ser considerado equipaje facturado o no tras la pérdida de la mascota por la compañía aérea

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Antonio Quilis Sanz
  • Antonio Quilis Sanz
  • Periodista especializado en información medioambiental desde hace más de 20 años y ahora responsable de OKGREEN en OKDIARIO. Antiguo director de El Mundo Ecológico y colaborador en temas de medioambiente, ecología y sostenibilidad en Cadena Ser.

¿Debe de ser considerado como una maleta un perro o una mascota cuando viaja en avión? El cambio de conciencia en la sociedad acerca del bienestar animal y del valor emocional que tiene una mascota para sus dueños ha entrado como objeto de discusión en un juzgado de Madrid.

Es el caso de una consulta prejudicial que el juzgado ha elevado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en la que se pregunta si una mascota, en este caso un perro, debe de ser considerado como un equipaje facturado en un vuelo.

Esta cuestión al tribunal europeo ha saltado cuando el Juzgado de lo Mercantil número 4 de Madrid busca resolver el incidente de una mujer que viajaba en avión con su perro o mascota almacenado con el resto del equipaje.

El extravío de Mona

La mascota viajaba en la bodega del avión, dentro de un transportín apropiado, ya que su tamaño y peso no cumplía las normas de la compañía aérea para que estuviera en cabina durante el vuelo.

Sin embargo, el animal salió del transportín y escapó del avión, extraviándose por las inmediaciones del aeropuerto, lo que ocasionó una demanda por pérdida de su animal de compañía, una perrita de nombre Mona, durante el embarque de su vuelo con origen Buenos Aires y destino Madrid.

La compañía aérea extravió por dos veces a la perra, la primera de ella ante los ojos de su propia dueña, y la segunda de manera definitiva, según relata el digital Economist & Jurist.

Cómo se compensa una pérdida

El fondo de la cuestión estriba en qué tipo de compensación debe establecerse para el dueño si en un viaje aéreo una mascota se pierde o sufre daños.

En este caso, la dueña reclama a la compañía una recompensa a la aerolínea de 5.000 euros por perder a su perro, que nunca fue encontrado, frente a los 1.575 euros que establece el Convenio de Montreal de 1999.

Según el digital, «el Convenio no tiene establecido un régimen particular para el transporte de animales, y más particularmente de animales de compañía. Hasta ahora, se ha venido considerando a los animales como «equipaje», regulándose la responsabilidad del transportista por lo previsto en los artículos 17.2, 22.2 y 22.5″.

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¿Mascota o maleta?

El Convenio de Montreal, firmado por la Comunidad Europea, establece que la aerolínea es la responsable del daño causado en caso de destrucción, pérdida o avería de equipaje.

En este sentido, el juzgado lanza la siguiente pregunta basándose en las normativas internacionales y europeas: «¿Debe interpretarse en el sentido de que excluye de su aplicación bajo la denominación de equipaje, facturado o no, a las mascotas y animales de compañía?».

Todo el debate gira en torno al cambio de concienciación que se está produciendo en la sociedad y de las modificaciones que se están acometiendo en las legislaciones de distintos países.

Los animales no son cosas

De este modo, en la mayoría de los Estados miembros de la Unión Europea, los animales son considerados explícitamente por las leyes como cosas, de modo que pueden ser objeto del derecho de propiedad, tal y como refleja el portal Ética Animal.

«En algunos países europeos, como Alemania, Austria, Suiza, Francia, Portugal y la República Checa, se ha creado una tercera categoría jurídica distinta de la de persona y de la de cosa para aplicarla a los animales no humanos», describe la web.

La página profundiza y explica que en «los códigos civiles de Alemania, Austria, Suiza y la República Checa se establece que los animales no son cosas».

Seres sintientes

En estos lugares no se ha producido un cambio material del estatuto jurídico de los animales no humanos, sino que tan solo ha tenido lugar un mero cambio formal, ya que los animales siguen siendo objeto del derecho de propiedad. Por lo demás, esta fórmula no aclara cuál es la verdadera naturaleza de los animales, sino que se limita a señalar que no son cosas.

Además, se explica que en algunos países como Francia y Portugal han incorporado disposiciones en su Código Civil que reconocen a los animales como seres sintientes, y prevén expresamente la promulgación de leyes especiales que velen por su protección.

Seres vivos sensibles

En Francia se estableció que los animales son seres vivos dotados de sensibilidad. Por su parte, en Portugal se utilizó una fórmula similar, declarando que los animales son seres vivos sensibles, señala la web.

Tras el incidente, la demanda y la consulta del juzgado madrileño para saber si un perro debe de ser considerado maleta o mascota, ha llegado al tribunal europeo que ya registró esta cuestión el pasado 22 de marzo, y queda a la espera de su resolución.