Es obligatorio llevar estos documentos en el coche: si no lo haces la DGT te va a dejar sin blanca
Existen algunos documentos para conducir que es obligatorio llevar.

La DGT en sus redes sociales o página web nos recuerda de manera constante a los conductores qué normas de aplicación hay en España para el refuerzo de la seguridad en la carretera y que se eviten las multas, pudiendo ser de hasta 500 euros.
La Ley de Tráfico y Seguridad Vial lo que hace es establecer cuando conducimos un coche donde es necesario que se lleven de forma obligatoria estos tres documentos para conducir.
Respecto a este tema, podemos hablar de que el Ministerio del Interior, de cara a apoyar dichos recordatorios, en Twitter lo que hace es enumerar los diferentes documentos para conducir que deben tener siempre en el automóvil y que puede exigir en todo tipo de control.
Por todo ello, es necesario pensar en que la tecnología es de gran ayuda para que se controlen todos los papeles que habitualmente se encuentren en la guantera del coche.
En este momento es posible que se tenga todo controlado en la app de «Mi DGT», donde va a tener la misma validez a nivel legal.
La app oficial de la Dirección General de Tráfico permite que se pueda centralizar la información y las gestiones con la DGT en el teléfono.
El acceso es posible hacerlo con el certificado digital, con las credenciales cl@ve o con los datos personales y una clave que la DGT envía vía SMS al teléfono que la DGT esté asociado.
Los documentos para conducir que son fundamentales
Son tres los más importantes y no llevar uno de ellos, es posible es que suponga que alguno de ellos tenga una multa administrativa de diez euros por cada uno que no se vaya a presentar.
Permiso de conducir del conductor
En nuestro país, el carnet B del coche es el que tienen en posesión buena parte de los conductores y permite el poder conducir los vehículos a motor siguientes.
- Automóviles con una masa máxima autorizada no superior a los 3.500 kg y con como máximo 9 ocupantes, conductor incluido.
- Conjunto de vehículos acoplados compuestos por uno tractor que estará autorizado a conducir con la clase B y un remolque de MMA de hasta 750 kg y que la MMA no pase de 4.250 kg.
- Triciclos y cuatriciclos de motor. Motos de 125 cc y potencia máxima de 11 kW. Siempre debe tener como mínimo 3 años de carnet. La edad mínima para la obtención del permiso B es de 18 años, no pudiendo conducirse un motor de esta tipología hasta los 21 años con el carnet del coche.
- Contar con el permiso de conducir sin que se haya renovado o con una dirección que no coincida con la que aparezca en el DNI va a suponer una multa de 80 euros. Presentar a un agente de tráfico un carnet de conducir que no sea válido supone una multa de 500 eros y la retirada de cuatro puntos.
Permiso de circulación del vehículo
El permiso de circulación del vehículo de color verde, que tiene cuatro páginas y donde se encuentran escritos los datos técnicos del coche y del titular. Hablamos de un documento que tienen todos los coches de la U.E. en un solo modelo de permiso.
El permiso es entregado directamente al comprar el coche, puesto que es necesario que quede registrado ante de entregarlo al propietario. Para obtenerlo, es preciso rellenar el impreso y afrontar el pago de las tasas.
Llevar el permiso sin que se haya renovado o con una dirección que no vaya a coincidir con la que aparezca en el DNI, lo que va a suponer una sanción de 80 euros. Conducir sin permiso de circulación en regla va a implicar una multa por valor de 500 euros.
Tarjeta de inspección técnica del vehículo
La tarjeta que también se llama ITV es un documento que se encarga de acreditar que el coche esté homologado y es fundamental contar con ella para poder circular por las carreteras españolas.
Este tipo de tarjetas las expiden las estaciones, las cuales se encargan de recoger las características básicas del vehículo, tales como la marca, el modelo, el número de identificación o la potencia, por ejemplo.
Además de la tarjeta de inspección técnica del vehículo tiene que portar el último informe de la ITV y la pegatina es la esquina superior derecha del parabrisas.
Circular sin llevar la tarjeta de inspección técnica es una infracción leve que tiene una sanción de 60 euros. Además, no tenerla actualizada puede tener un coste hasta 500 euros y circular sin la pegatina en el parabrisas van a ser 80 euros.
Como ves, hay una serie de documentos para conducir que se deben llevar y que tienes que tener siempre presentes cuando te pongas al volante de tu automóvil.
Hay que cumplir siempre las normas legales que deja claro la DGT, de no ser así, estarás ante situación que puede llegar a suponer un problema, tenlo claro, sin duda. Deseamos que se hayan resuelto tus dudas al respecto.
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