La DGT lo confirma: éste es el sistema que todos los coches nuevos deberán llevar de serie desde julio o no podrán matricularse
El 7 de julio de 2026 entró en vigor la última fase del Reglamento (UE) 2019/2144, conocido como Reglamento General de Seguridad (GSR). Desde el 7 de julio de 2024, los nuevos vehículos que se venden en Europa deben incorporar una serie de sistemas obligatorios, entre ellos el aviso de exceso de velocidad (ISA), el detector de distracción y fatiga del conductor (DDAW), la frenada automática de emergencia (AEB), el asistente de mantenimiento de carril de emergencia (LKA), la cámara o sensor de marcha atrás, la caja negra o registrador de datos (EDR) y la interfaz para instalar un etilómetro antiarranque.
Ahora, ha finalizado el periodo de adaptación previsto por la normativa. Desde el 7 de julio de 2026, ningún vehículo puede matricularse en la Unión Europea si no incorpora todos los sistemas exigidos, incluso aquellos modelos basados en plataformas homologadas antes de 2024. Además, ésta nueva etapa incorpora dos novedades muy importantes: la luz de freno adaptativa o ESS (Emergency Stop Signal) y el registro de datos obligatorio para vehículos pesados, como camiones y autobuses.
Sistemas avanzados de asistencia a la conducción (ADAS)
El Reglamento (UE) 2019/2144 introdujo un amplio conjunto de Sistemas Avanzados de Asistencia a la Conducción (ADAS) que pasaron a ser obligatorios en Europa con el objetivo de reducir los accidentes y mejorar la seguridad en carretera. Entre las tecnologías incluidas se encontraban el asistente inteligente de velocidad (ISA), la frenada automática de emergencia (AEB), la alerta de cambio involuntario de carril, la cámara o sensor de marcha atrás y los sistemas capaces de detectar la fatiga, la distracción o la somnolencia del conductor. Estas medidas supusieron un avance hacia vehículos más seguros y preparados para prevenir errores humanos al volante.
Así, todos los coches de nueva homologación deben incorporar de serie al menos ocho sistemas: Detector de somnolencia (DDR), Asistente de velocidad inteligente (ISA), Alerta de tráfico cruzado (RCTA), Caja negra (EDR), Alerta de cambio involuntario de carril (LDW), Sistema de frenado de emergencia (ESS), Inhibidor de arranque con alcoholímetro y Alerta de uso del cinturón en todas las plazas. Por supuesto, se espera ir regulando la presencia obligatoria de otros ADAS gradualmente.
Alcoholock
Desde el 7 de julio de 2026, todos los coches que se matriculen en la Unión Europea incorporarán ya de serie la preinstalación necesaria para este sistema, diseñado para impedir que el vehículo pueda ponerse en marcha si detecta que el conductor supera la tasa de alcohol permitida.
El sistema, que consiste en una interfaz estandarizada que permite la posterior instalación del dispositivo alcoholímetro antiarranque, ya era obligatorio en todos los vehículos de nueva homologación desde julio de 2022. Ahora, pasa a ser obligatorio en todos los que se matriculen. Según la DGT, «estará ya conectado al encendido del vehículo, de forma que si el conductor no realiza el control soplando sobre su alcoholímetro, o si al hacerlo supera la tasa establecida, no será posible arrancar. Además, cuenta con un módulo de control que recoge y archiva los resultados para crear el historial de su uso».
Y añade: «los sensores de que dispone garantizan que no se pueda utilizar dispositivos o mecanismos para eludir el control. Incorporará tecnologías de reconocimiento de huellas dactilares, pupila, detección facial o fotografías digitales que se quedan guardadas en la memoria para identificar siempre al usuario e impedir el fraude».
Por ahora, eso sí, la instalación completa del alcoholímetro antiarranque no es obligatoria, sino únicamente disponer de la preinstalación necesaria para poder incorporarlo posteriormente. Es decir, los vehículos nuevos deberán estar preparados para recibir este dispositivo, pero no tendrán que llevarlo instalado de fábrica.
Alcohol al volante
«Existe la percepción de que el riesgo de accidente se asocia únicamente a niveles de consumo muy elevados, pero sus efectos negativos sobre la capacidad de conducir se observan incluso con niveles bajos de consumo. A medida que aumenta la cantidad de alcohol en el organismo, lo hace el riesgo de accidente: con una alcoholemia de 0,5 gr de etanol por litro de sangre se multiplica por dos el riesgo de sufrir un colisión, y con 0,8 gr/l el riesgo es 5 veces mayor, y continua aumentando a medida que lo hace el nivel de alcohol en sangre. No sólo aumenta el riesgo de sufrir un accidente, también lo hace el riesgo de sufrir lesiones y la probabilidad de que éstas sean mortales», alerta la DGT.
El alcohol al volante provoca una serie de alteraciones que afectan directamente a la capacidad del conductor para reaccionar, decidir y controlar el vehículo. Uno de los primeros cambios aparece en el comportamiento: la persona suele infravalorar los efectos del alcohol y puede experimentar una falsa sensación de seguridad que reduce la prudencia y aumenta las conductas impulsivas.
La toma de decisiones también se ve afectada, ya que el conductor procesa peor la información, razona con más dificultad y ejecuta movimientos menos precisos. Por último, el alcohol provoca problemas de coordinación, equilibrio y control de movimientos, además de aumentar notablemente el tiempo de reacción.
